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Procedure detail
Solicitud de reclamación de la calificación de las pruebas de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià (JQCV)
What is
- Solicitar la reclamación de la calificación de las pruebas de valenciano de la JQCV.
- AVISO: Cada nivel tiene su plazo de presentación, consulte bien el plazo de presentación del nivel correspondiente.
- El trámite de reclamación de la calificación se ha de solicitar con posterioridad al trámite de revisión de la prueba. Puede consultar el trámite de revisión de la prueba en el apartado "procedimientos relacionados".
Who is it addressed to
Las personas que hayan obtenido la calificación de NO APTO en las pruebas de la JQCV de la convocatoria de 2025.
How to process
- Las reclamaciones serán resueltas por la Comisión Coordinadora en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo para interponer la reclamación, transcurrido el cual se considerarán desestimadas las reclamaciones no resueltas y se considerarán definitivos los resultados no modificados con efecto de la fecha de la resolución por la que se hacía pública la lista provisional.
- La JQCV contestará todas las reclamaciones, por lo que notificará la resolución correspondiente a través de notificación telemática (en caso de que se haya utilizado el trámite electrónico) o de carta certificada en el domicilio de la persona interesada.
- La presentación telemática de la solicitud de reclamación comportará la autorización para que la JQCV notifique la resolución correspondiente por medios electrónicos
46001 - València/Valencia
46015 - València/Valencia
Collaborating certification entities
Request
- La reclamación de la calificación se podrá interponer en el plazo de cinco días, a contar desde el día siguiente de la finalización del plazo de revisión de la prueba, publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
- Publicación del nivel C1 (DOGV núm.10240 de 18.11.2025).
- Publicación de los niveles A2, B1 y B2 (DOGV núm.10253 de 3.12.2025).
- Publicación del nivel C2 (DOGV núm.10253 de 3.12.2025).
- Plazo para presentar la solicitud de reclamación de la calificación de la prueba del nivel C1: del 26 de noviembre al 2 de diciembre de 2025.
- Plazo para presentar la solicitud de reclamación de la calificación de las pruebas de los niveles A2, B1 y B2: del 12 al 18 de diciembre de 2025.
- Plazo para presentar la solicitud de reclamación de la calificación de la prueba de nivel C2: del 12 al 18 de diciembre de 2025.
- Las solicitudes presentadas antes o después del plazo establecido se considerarán fuera de plazo por extemporáneas.
- La solicitud de reclamación de la calificación tiene que estar suficientemente motivada y tiene que ajustarse a alguno de los motivos que se especifican en el formulario de solicitud; en caso contrario, no se tomará en consideración.
- Si lo desea, puede adjuntar al formulario de reclamación cualquier escrito adicional que considere oportuno para argumentar su reclamación.
Para acceder de forma telemática el solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), pudiendo utilizar cualquier sistema de firma electrónica admitido por la sede electrónica de la Generalitat....
- El impreso de solicitud de reclamación, una vez rellenado, se tiene que imprimir, firmar y presentar en el registro de entrada de la Consellería de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, en las direcciones territoriales de València, Alicante o Castellón, en las oficinas de asistencia en materia de registros, o bien mediante cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. A la solicitud de reclamación, se puede adjuntar cualquier otro escrito o documentación adicional que considere oportuna.
- En caso de que se presente en una oficina de correos, debe remitirse por correo certificado y en sobre abierto porque sea sellada por la oficina de Correos, con la fecha de presentación, tal como se establece reglamentariamente. Si no se cumple este requisito, la fecha de presentación que se tendrá en cuenta será la fecha de entrada en el registro del organismo.
- Preferentemente en las oficinas de registro de:
Where to go
46001 - València/Valencia
46009 - València/Valencia
12003 - Castelló/Castellón
03007 - Alacant/Alicante
- Resolución de 10 de noviembre de 2025, de la Presidencia de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, por la que se hacen públicos los resultados provisionales de las pruebas del certificado oficial administrativo de nivel C1 de conocimientos de valenciano. DOGV núm. 10240 de 18-11-2025
- RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2025, de la Presidencia de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, por la que se hacen públicos los resultados provisionales de la prueba de los certificados oficiales administrativos de los niveles A2, B1 y B2 de conocimientos de valenciano. DOGV...
- RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2025, de la Presidencia de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencià, por la que se hacen públicos los resultados provisionales de las pruebas del certificado oficial administrativo de nivel C2 de conocimientos de valenciano. DOGV núm. 10253 de 03-12-2025
Resolution
Las reclamaciones serán resueltas por la Comisión Coordinadora en el plazo de tres meses desde la finalización del plazo para interponer la reclamación, transcurrido el cual se considerarán desestimadas las reclamaciones no resueltas y se considerarán definitivos los resultados no modificados con efecto de la fecha de la resolución por la que se hacía pública la lista provisional de resultados.
- La JQCV notificará la resolución correspondiente con la ratificación o la rectificación de la calificación.
- Contra la resolución de la Comisión Coordinadora, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer un recurso de alzada ante la Dirección General de Ordenación Educativa y Política Lingüística en el plazo de un mes a contar des del día siguiente de la notificación de la resolución, de acuerdo con lo que disponen los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
46001 - València/Valencia
46015 - València/Valencia
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- Complaints and grievances