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Procedure detail
Convocatoria de los premios de la 39ª edición del Festival Internacional de Cine de València - Cinema Jove y el premio de distribución del largometraje ganador del Festival en 2023
What is
La presente resolución tiene como objeto convocar los premios correspondientes a la 39ª edición del Festival Internacional de Cine de València – Cinema Jove (en adelante Cinema Jove) y el premio de distribución del largometraje ganador de la 38ª edición del Festival (2023).
Who is it addressed to
Serán beneficiarios de los premios en metálico de Cinema Jove contemplados en esta resolución:
a) En el caso de los premios Luna de València a mejor largometraje de ficción y mejor serie, premio Òrbites, Premio del Público a mejor largometraje y Premio del Público a la mejor serie, las empresas productoras.
b) En el caso del premio Luna de València a mejor cortometraje, el 50% de la dotación del premio será otorgada al director o directora del cortometraje y un 50% a la empresa productora del mismo.
c) En el caso del premio a la distribución del largometraje ganador del premio Luna de València en la edición anterior, la empresa distribuidora del largometraje en España.
1.Sólo podrán participar obras producidas a partir del 1 de enero de 2023.
2.Las producciones no podrán haber participado en ediciones anteriores de Cinema Jove.
3.Los directores y las directoras de las obras deberán ser mayores de edad y haber nacido a partir del 1 de enero de 1984.
4.Las empresas titulares de las obras deberán acreditar las exigencias relativas a la promoción de igualdad y a los planes de igualdad que recoge el capítulo III, del título IV de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
5.En ningún caso podrán presentarse más de dos obras del mismo director.
6.Las series deberán constar de un mínimo de tres episodios de duración igual o inferior a 40 minutos.
How to process
1.El director general del Institut Valencià de Cultura nombrará un comité de expertos integrado por tres especialistas en el sector audiovisual con experiencia acreditada. Para la selección cada comité tendrá en cuenta los criterios contenidos en el resuelvo octavo de la presente resolución.
2.En el plazo máximo de 20 días desde que finalice el plazo de presentación de solicitudes se hará pública en la web de Cinema Jove una relación de las obras seleccionadas. El resultado de esta selección no admitirá recurso. Junto a dicha relación se indicarán sus calidades técnicas y demás material complementario que deben de aportar sus respectivos titulares a quienes, sin perjuicio de lo anterior, les será notificada la selección y el material a presentar, estableciendo un plazo máximo de 10 días hábiles para su aportación.
1.El jurado valorará las obras participantes según criterios artísticos y técnicos, considerando su calidad, desarrollo, consistencia, originalidad y valores que transmitan, hasta un máximo de 10 puntos, lo que motivará su propuesta de resolución y adjudicándose los premios a las obras con mayor puntuación en cada categoría.
a) La calidad artística de la obra y originalidad del guion se valorará con un máximo de 7 puntos.
b) La calidad técnica de la obra se valorará con un máximo de 3 puntos.
En caso de empate podrá adjudicarse el premio ex aequo y repartiéndose el importe entre las películas empatadas en puntuación.
2. En el caso del premio a la distribución se valorará la experiencia en distribución de la empresa y el plan de distribución de la obra, hasta un máximo de 20 puntos:
a)La antigüedad de la empresa distribuidora se valorará hasta un máximo de 5 puntos, asignando 1 punto por cada año de antigüedad.
b) El plan de distribución se valorará con un máximo de 15 puntos, asignando un punto por cada municipio en el que se estrene la película, hasta un máximo de 10 puntos y 1 punto por cada provincia en la que estrene la película hasta un máximo de 5 puntos.
En cualquier caso, será obligatorio el estreno en al menos cinco ciudades y en tres provincias diferentes. Si el plan de distribución no contempla estos mínimos requisitos la solicitud será desestimada.
3.En ningún caso se podrán premiar trabajos que ensalcen valores contrarios a los derechos fundamentales.
46001 - València/Valencia
Collaborating certification entities
Request
1.Las solicitudes de participación de obras audiovisuales en Cinema Jove podrán presentarse hasta el 7 de junio de 2024.
La presentación de solicitudes se realizará exclusivamente a través del siguiente enlace: Valenciano: https://www.cinemajove.com/va/inscripcio/ Castellano: https://www.cinemajove.com/inscripcion/ Inglés: https://www.cinemajove.com/en/submissions/ Se puede consultar la política completa de...
- Extracto de la Resolución de 28 de mayo de 2024, del director general del Institut Valencià de Cultura, por la que se convocan los premios de la trigesimonovena edición del Festival Internacional de Cine de València - Cinema Jove y el premio de distribución del largometraje ganador del Festival...
- RESOLUCIÓN de 28 de mayo de 2024, del director general del Institut Valencià de Cultura, por la que se convocan los premios de la trigesimonovena edición del Festival Internacional de Cine de València - Cinema Jove y el premio de distribución del largometraje ganador del Festival en 2023 DOGV...
Resolution
1.La resolución del presidente del Institut Valencià de Cultura por la que se conceden los premios se ajustará a lo dispuesto en el artículo 10 de la Orden bases reguladoras y se publicará en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y en la página web del Institut Valencià de Cultura y en la página web de Cinema Jove. Las ayudas concedidas se publicarán igualmente en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
2.El plazo máximo para dictar y publicar la resolución será de seis meses, a contar desde la fecha de publicación de la convocatoria.
En el caso de que la convocatoria no sea resuelta en dicho plazo, se entenderán desestimadas todas las solicitudes, sin perjuicio de la obligación de la Administración de resolver expresamente contenida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
1. En cumplimiento de lo establecido por el artículo 165.2, letra i de la Ley 1/2015 LHIS y de acuerdo con el artículo 12 de la Orden bases reguladoras, la resolución de concesión del premio conllevará la justificación de la subvención recibida.
2. El importe de los premios se realizará en un único pago, en el plazo máximo de un año desde la concesión, mediante ingreso en la cuenta bancaria indicada por la persona beneficiaria.
1. Son obligaciones de los beneficiarios las contempladas en el artículo 11 de la Orden bases reguladoras.
2 .Las personas beneficiarias deberán facilitar los datos bancarios donde deseen recibir el importe de la ayuda, cumplimentando el modelo de domiciliación bancaria que se adjunta a la presente convocatoria como anexo II.
3. Las personas beneficiarias deberán cumplir las obligaciones de transparencia a que se refiere el artículo 14 de la Orden bases reguladoras cuando se den las circunstancias contempladas en dicho artículo.
46001 - València/Valencia
En caso de no presentar la aceptación, se le declarará decaído en su derecho al importe del premio concedido.
Sin perjuicio de lo anterior, la presentación de la aceptación fuera del plazo establecido constituye una infracción administrativa, tal como recoge el artículo 56 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, por lo que conllevará la aplicación de las sanciones que correspondan.
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- Financial aids, grants and subsidies
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SUBJECT
- Culture
- Cinema and audiovisuals
PROFILES
- Citizenship
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- People at risk of exclusion
TYPE
- Awards, competitions and distinctions