Solicitud de ayudas de material escolar no curricular en centros sostenidos con fondos públicos para el curso 2023-2024

Conselleria de Educación, Cultura y Universidades

Code SIA: 3016463
|
Code GVA: 25427
Download information
Close application period

From 08-06-2023

Until 25-07-2023

  • What you need to know
  • What is
  • Who is it addressed to
  • How to process
  • Forms
  • Processing
  • Request
  • Resolution
  • Help
  • Frequent questions
  • Related topics
  • Links of interest

What is

What is it and what is it for

Convocar ayudas para la adquisición de material escolar no curricular.

Terms
RequestClosed term
From 08-06-2023 until 25-07-2023
Observations

1. Podrá ser objeto de financiación cualquier material escolar no curricular de uso directo para el alumnado que pueda resultar necesario para el desarrollo de las actividades educativas diseñadas por los centros, para el curso 2023-2024, y que no esté incluido en el Programa de reutilización, reposición y renovación de libros de texto y material curricular de

la Generalitat (Programa de Banco de Libros de Texto), siempre que este material haya sido adquirido por la persona solicitante de la ayuda, entre el 22 de junio y el 30 de septiembre de 2023.

2. No será subvencionable, en ningún caso, la adquisición de material informático.

Who is it addressed to

Citizenship
Interested people

a) Alumnado escolarizado en centros educativos no universitarios de titularidad de la Generalitat, dependientes de la conselleria con competencias en materia de educación, y al alumnado escolarizado en centros privados concertados o centros de titularidad pública distinta a la Generalitat, que dispongan del servicio de comedor escolar, en niveles de segundo

ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria y en Educación Especial.

b) Alumnado de los centros específicos de Educación Especial, privados concertados y de titularidad de corporaciones locales convenidos.

c) Alumnado escolarizado en el tercer nivel del primer ciclo de Educación Infantil en centros de Educación Infantil y Primaria de titularidad de la Generalitat.

Requirements

a) En el caso del alumnado previsto en el apartado segundo, a) y c) de esta resolución, haber obtenido la puntuación necesaria para ser beneficiario de la ayuda completa de comedor escolar, de acuerdo con la primera resolución, dictada por la persona titular de la dirección general con competencias en materia de centros docentes, que resuelva la concesión

de ayudas de comedor escolar, según el baremo aplicable en función de la renta disponible per capita y de las circunstancias sociofamiliares, que vienen detalladas en la correspondiente convocatoria anual de ayudas de comedor escolar, o bien por encontrarse en alguna de las situaciones para ser personas beneficiarias directas, de acuerdo a lo que disponen las bases reguladoras para la concesión de ayudas de comedor escolar en los centros educativos no

universitarios de la Comunitat Valenciana. O en su caso, resulte persona beneficiaria de la ayuda completa de comedor, tras la presentación de un recurso de reposición contra dicha resolución, ante la persona titular de la conselleria competente en materia de educación, en el plazo legalmente establecido para ello.

b) En el caso del alumnado previsto en el apartado segundo, b) de esta resolución, reunir las condiciones necesarias para ser beneficiario de la ayuda del servicio complementario de comedor escolar.

c) No encontrarse incurso en alguna de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Las personas beneficiarias de estas ayudas quedan exoneradas de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, de conformidad con lo establecido en

la normativa vigente en materia de subvenciones con cargo a los presupuestos de la Generalitat.

How to process

Processing process

1. Para su tramitación, las solicitudes se incorporarán en la aplicación informática ITACA.

2. Las solicitudes y la documentación aportadas por las personas interesadas quedarán archivadas en el centro educativo a disposición de la Inspección de Educación, las direcciones territoriales con competencias en materia de educación y la dirección general con competencias en materia de centros docentes.

3. La instrucción del procedimiento corresponderá a las direcciones territoriales competentes en materia de educación según el ámbito territorial del centro educativo del alumnado solicitante.

 

Processing bodies
DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, CULTURA I DEPORTE- ALICANTE DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, CULTURA I DEPORTE- VALÈNCIA DIRECCIÓN TERRITORIAL DE EDUCACIÓN, CULTURA I DEPORTE-CASTELLÓN

Collaborating certification entities

Request

Term
From 08-06-2023 until 25-07-2023

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el DOGV, hasta la finalización del periodo de formalización de la matrícula del curso escolar 2023- 2024

Documentation

1. El modelo de solicitud está incluido como Anexo en la presente convocatoria.

2. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el DOGV, hasta la finalización del periodo de formalización de la matrícula del curso escolar 2023-2024.

3. La forma de presentación de la solicitud, será la siguiente:

a) Las personas que hayan solicitado la ayuda de comedor escolar para el curso 2023-24, a través del borrador de solicitud elaborado por la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, deberán marcar la casilla correspondiente a la ayuda de material escolar en dicho borrador y presentarlo en el centro docente donde estarán matriculadas durante el curso 2023- 2024, sin necesidad de presentar más documentación.

b) Las personas que no dispongan de borrador de solicitud de ayuda de comedor escolar, bien porque sea la primera vez que solicitan la ayuda de comedor, o bien porque se trate de alumnado escolarizado en los centros contemplados en el Apartado segundo b) de esta Resolución, deberán cumplimentar y presentar la solicitud que figura en el Anexo, en el

centro docente donde estarán matriculadas durante el curso 2023-24.

4. El incumplimiento del plazo de presentación de la solicitud determinará la exclusión de la convocatoria.

5. Los centros docentes comprobarán que la solicitud esté correctamente cumplimentada

y que la persona solicitante de la ayuda de material escolar coincide con la persona solicitante de la ayuda de comedor escolar.

6. Una vez cumplimentada y presentada la solicitud, la persona firmante autoriza a la conselleria competente en materia de educación a la inclusión de sus datos personales, recogidos a lo largo del procedimiento en un fichero informatizado, en los términos y las condiciones que se establecen en la normativa vigente en materia de protección de datos de

carácter personal según lo dispuesto en el artículo 14 de esta Resolución y de acuerdo también con el Decreto 220/2014, del Consell, por el cual se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana

Form of presentation
Face-to-face

1. Para su tramitación, las solicitudes se incorporarán en la aplicación informática ITACA.

2. Las solicitudes y la documentación aportadas por las personas interesadas quedarán archivadas en el centro educativo a disposición de la Inspección de Educación, las direcciones territoriales con competencias en materia de educación y la dirección general con competencias en materia de centros docentes.

3. La instrucción del procedimiento corresponderá a las direcciones territoriales competentes en materia de educación según el ámbito territorial del centro educativo del alumnado solicitante.

 

Resolution

Deadline

El plazo máximo para resolver y publicar las resoluciones será de seis meses desde la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes. El efecto que producirá el silencio administrativo, si transcurre el plazo sin que se dicte ni se publique la resolución correspondiente, será desestimatorio de la solicitud de ayuda, de acuerdo con el artículo 25.5

de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, sin perjuicio de la obligación legal de la Administración de resolver, de conformidad con la normativa reguladora del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas

Amount and charge

1. El abono de las ayudas se realizará, a través de los centros educativos, en un único pago, una vez comprobada la documentación justificativa presentada de acuerdo con lo previsto en el apartado anterior. En ningún caso el importe abonado podrá ser superior al importe justificado con la documentación presentada por la persona solicitante.

2. El centro educativo, una vez recibida la transferencia del importe de las ayudas, deberá efectuar el abono a las personas beneficiarias. En ese momento, el padre, madre o tutor o tutora legal del alumnado beneficiario deberá firmar el listado remitido a través de la aplicación ITACA, indicando su DNI/NIE o pasaporte, en señal de conformidad y como

justificación de su percepción.

El importe total de las ayudas se distribuirá proporcionalmente entre todas las personas solicitantes que cumplan con las obligaciones y los requisitos para ser beneficiarias de la ayuda, con un importe máximo individualizado de 30 euros.

La cuantía de la ayuda, resultante del cálculo indicado en el párrafo anterior, será la misma para todas las personas beneficiarias.

30,00
Appeal proceeding against the resolution
Optional replacement
Obligations

1. La justificación de la ayuda se realizará mediante la presentación en el centro docente, de factura/s a nombre de la persona solicitante, en la que se identifique claramente el material adquirido. La/s factura/s deberá/n reunir todos los requisitos exigibles según la normativa vigente.

2. La documentación justificativa prevista en el apartado anterior, deberá presentarse en el plazo máximo de diez días hábiles contados a partir de la publicación de la resolución de concesión de las ayudas en el tablón de anuncios del centro educativo.

 

Observations

Las resoluciones que resuelvan este procedimiento pondrán fin a la vía administrativa, y podrán ser impugnadas de acuerdo con la legislación vigente, mediante la interposición de un recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o se podrá interponer directamente recurso contencioso– administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, en el plazo de dos meses, contados desde el día

siguiente al de la publicación de la misma, de conformidad con lo establecido en los artículos 10.1.a y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa.

 

Silence effect
Dismissal
Exhausts administrative life
No
Sanctions

1. Procederá el reintegro de la ayuda si concurren alguna de las causas previstas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

2. El régimen regulador de los posibles reintegros, sanciones y responsabilidades aplicable a las personas perceptoras de las ayudas, será el establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y la Ley 1/2015, de Hacienda Pública del Sector Público Instrumental y de Subvenciones y, concretamente, en el caso de incumplimiento de

cualquiera de las condiciones y obligaciones impuestas a las personas participantes en cada convocatoria, de acuerdo con lo establecido en esta orden.

3. Toda alteración de los requisitos que se han tenido en cuenta para la concesión de la subvención y, en todo caso, la obtención concurrente de subvenciones o ayudas otorgadas por parte de otras administraciones o entes públicos o privados la suma de las cuales supere el coste de la actividad subvencionable, dará lugar a la modificación de la resolución de concesión.

Frequent questions

Doubts about telematic processing
Where to consult questions about the procedure:

Related topics

TOPICS

  • Citizens
    • Financial aids, grants and subsidies
      • Grants of the Generalitat

SUBJECT

  • Public administration
  • Society, citizenship and families
    • Children and families
    • Equality
  • Social services
  • Education and training
    • Secondary education
    • Primary education
    • Educational training
    • Education professionals
    • Teaching centers and educational infrastructures
    • Special education
    • Early childhood, primary and secondary education
  • Culture

PROFILES

  • Citizenship
    • Unemployed people
    • People at risk of exclusion
    • Pensioners
    • Youth
    • Researchers
    • Children and families
    • Immigrants
    • Older people
    • Students
    • Women
    • Teachers
    • People with disabilities

TYPE

  • Aid, grants and subsidies