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Procedure detail
Comunicación de la condición de poseedor de residuos
Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
What is
Permitir el cumplimiento de las obligaciones que la normativa vigente en materia de residuos establece para las personas físicas o jurídicas que estén en posesión de residuos.
·En el caso de los poseedores de residuos de construcción y demolición a que se refiere el artículo 2.f) del Real Decreto 105/2008, citado anteriormente, deberán realizar una comunicación por cada una de las obras de construcción o demolición que ejecuten. En el formulario a cumplimentar, en el apartado de datos de la ubicación de los residuos, se deberá especificar la dirección de la obra.
· En el caso de particulares que no ejerzan ninguna actividad económica pero que tengan la necesidad de gestionar residuos que se encuentren en su poder, podrán realizar la comunicación de la condición de poseedor de residuos indicando sus datos de identificación y los de la ubicación de los residuos. Entre los datos requeridos como obligatorios en el formulario de comunicación, está el código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas), código que se asigna por la actividad económica desarrollada por la empresa. En el caso de los particulares, para cumplimentar este campo, pueden elegir el código 9810. Actividades de los hogares como productores de bienes para uso propio.
- Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. BOE núm. 85 de 09-04-2022
- Ley 5/2022, de 29 de noviembre, de la Generalitat, de residuos y suelos contaminados para el fomento de la economía circular en la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 9482 de 01-12-2022
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236 de 02-10-2015
Who is it addressed to
Las personas físicas o jurídicas que no ostenten la condición de productor ni la de gestor de residuos, pero estén en posesión de residuos.
Sin que tenga carácter limitativo, se consideran poseedores de residuos los siguientes:
- Los poseedores de residuos de construcción y demolición a que se refiere el artículo 2.f) del Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición.
- Los puntos de recogida selectiva, públicos o privados, que se limiten a recibir en sus establecimientos las pilas, acumuladores o baterías usados -tales como los contenedores de recogida de pilas situados en espacios urbanos, establecimientos comerciales y puntos limpios- conforme a la definición dada en el artículo 3.v) del Real Decreto 106/2008, de 1 de febrero, sobre pilas y acumuladores y la gestión ambiental de sus residuos.
- Los distribuidores de aparatos eléctricos y electrónicos (AEE), definidos en el artículo 3.k) del Real Decreto 110/2015, de 20 de febrero, sobre residuos de aparatos eléctricos y electrónicos, que reciben en sus establecimientos los AEE usados con motivo de la compra de un nuevo AEE por parte del usuario.
Se excluyen las siguientes personas físicas o jurídicas por estar sometidas al régimen de autorización o comunicación regulados en los artículos 33 y 35 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular:
- Las entidades o las empresas que, en el ejercicio de su actividad económica, produzcan residuos peligrosos o no peligrosos.
- Los gestores de residuos que, habiendo obtenido autorización para el tratamiento de residuos, produzcan residuos como consecuencia de su actividad.
Quedan asimismo excluidos de este trámite los poseedores de residuos domésticos (consumidores y usuarios domésticos) cuya recogida, transporte y tratamiento competa a las Entidades Locales.
Este trámite está previsto para aquellas personas físicas o jurídicas que, estando en posesión de residuos, precisen disponer de un número de identificación medioambiental (NIMA) para formalizar su entrega a un gestor que asegure el tratamiento adecuado de los mismos.
How to process
La comunicación se tramitará en los siguientes pasos:
- Presentación de la comunicación de la condición de poseedor de residuos.
Rellenar los formularios web.
Firmar y enviar electrónicamente.
- Inscripción de la comunicación previa en el Registro de producción y gestión de residuos.
La autoridad competente de la comunidad autónoma procederá a la asignación del número de identificación medioambiental (NIMA) y a la inscripción correspondiente, con el fin de posibilitar la adecuada gestión de los residuos cuya posesión haya sido declarada.
En el plazo de 24-48 horas las personas físicas o jurídicas poseedoras de residuos podrán comprobar la citada inscripción en la página web de la Conselleria. (Enlace al buscador de productores y gestores de residuos en la sección “Enlaces”)
46018 - València/Valencia
Collaborating certification entities
Request
Durante todo el año.
- Formulario telemático de datos generales.
- Formulario telemático de datos relativos a la posesión de los residuos.
No hay tasa asociada a este trámite.
Subsanation
De acuerdo con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, el plazo para subsanar la falta o acompañar los documentos documentos preceptivos es de diez días desde la notificación del requerimiento.
Atender al requerimiento practicado por el órgano tramitador del expediente, aportando la documentación requerida.
Allegation / Contribution
En cualquier momento del procedimiento.
Este trámite permite la aportación de documentos a iniciativa del propio interesado en cualquier momento del procedimiento de comunicación previa al inicio de actividades de producción de residuos.
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