Subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación para el personal de la Administración Local de la Comunitat Valenciana en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP)

Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública

Code SIA: 1285970
|
Code GVA: 19574
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From 21-04-2026

Until 12-05-2026

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What is

What is it and what is it for

Mediante esta resolución se convocan para el año 2026 las ayudas destinadas a la financiación de planes de formación para el empleo promovidos por las entidades locales de la Comunitat Valenciana, la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, la Federaciones o Asociaciones de entidades locales, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP) y de acuerdo con las bases reguladores aprobadas mediante la Resolución de 12 de febrero de 2026.

Terms
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Observations

ACTIVIDADES OBJETO DE FINANCIACIÓN

Las entidades promotoras contempladas en el apartado tercero de la presente resolución podrán solicitar ayudas para financiar los tipos de planes establecidos en la base reguladora quinta:
1. Planes unitarios: se caracterizan por afectar al personal de una sola administración pública con al menos 200 empleados públicos, independientemente de las unidades u órganos que incluyan. Estos planes podrán tener destinatarios diferentes del promotor dentro de la misma Administración.
2.Planes agrupados: los planes agrupados se caracterizan por afectar al personal de dos o más entidades locales, con un mínimo de 200 empleados públicos, solo se podrá participar en un plan agrupado.
Las entidades podrán dividir su plantilla para solicitar un plan unitario y/o adherirse a un único plan agrupado, de tal manera que la suma de los efectivos imputados a cada uno de los planes nunca podrá ser superior a su plantilla total.
3. Planes interadministrativos: se caracterizan por estar destinados no solo al personal de la administración o entidad promotora, sino también a la formación de personal de otras administraciones públicas. Cualquiera de los promotores mencionados en el apartado 2 de la base tercera podrá promover planes interadministrativos, bien como promotor único, bien en colaboración con otros promotores a través de convenios de colaboración o los instrumentos
jurídicos pertinentes.
Los planes promovidos por la Federación Valenciana de Municipios y Provincias tendrán el carácter de
interadministrativos, destinados a formar a empleados públicos de distintas entidades locales de la Comunitat Valenciana.
4. Las entidades locales con menos de 200 empleados públicos se considerarán adheridas automáticamente al plan agrupado de la diputación provincial a la que pertenezca, sin necesidad de que suscriban documento alguno. Las entidades locales de 200 o más empleados públicos que participen en el plan agrupado deberán adherirse expresamente al mismo.

Who is it addressed to

Administration
Interested people

Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarios los establecidos en la base reguladora tercera aprobada por Resolución de 12 de febrero de 2026, de la Consellería de Economía, Hacienda y Administración Pública, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por las que se articulan los criterios y el procedimiento para la distribución, aplicación y gestión de los fondos destinados a la financiación de planes de formación para el personal de la Administración local de la Comunitat Valenciana en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas (AFEDAP).

How to process

Processing process

La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por la Subdirección General del IVAP de la Dirección General de Función Pública.

 

La Comisión Paritaria de Formación Local de la Comunitat Valenciana, constituida mediante acuerdo de 19 de noviembre de 2013, en adelante COPAFORLO, será la responsable de aprobar los planes de formación que sean presentados por los distintos promotores. Dicha Comisión evaluará las solicitudes según los criterios, baremo y prioridades de valoración establecidos en el articulo 11 de la presente resolución

 

La Comisión será competente para elevar la propuesta de concesión al órgano concedente, a través del órgano instructor, en los términos previstos en el artículo 164 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.

 

La resolución del procedimiento corresponde a la persona titular de la Dirección General de Función Pública, por delegación de competencias de conformidad con la Resolución de 12 de febrero de 2024, de la Conselleria de Hacienda, Economía y Administración Pública, por la que se delegan determinadas competencias en órganos de la Conselleria (DOGV núm. 9792, 20.02.2024). previa propuesta de concesión formulada por la COPAFORLO.

Assessment criteria

a) Se determina el importe que se destina a los distintos tipos de planes: interadministrativos, agrupados y unitarios asignando un 25% del importe al plan interadministrativo presentado por la FVMP y un 75% del importe al resto de los tipos de planes.

b) Como criterio de valoración se tomará como parámetro principal de ponderación el número total de empleados locales que integren la plantilla o suma de plantillas en el caso de planes agrupados o interadministrativos. Este criterio cuantitativo se ponderará con un máximo de un 80%.

c) Se valorarán los planes según el baremo de los siguientes criterios de calidad, con una ponderación máxima de un 20%:

1) El grado de ejecución de ayudas percibidas en el ejercicio anterior, hasta 3 puntos.

2) Los recursos propios destinados a la formación, hasta 4 puntos.

3) Los recursos humanos destinados a la gestión de la formación, hasta 1 punto.

4) La integración del plan en un proyecto de planificación estratégica, hasta 2 puntos.

5) La relación del plan con un estudio de necesidades, hasta 5 puntos.

6) El diseño y contenido de los planes, atendiendo a la inclusión de acciones formativas vinculadas a la promoción profesional y a la carrera administrativa, hasta 4 puntos.

7) La aplicación de técnicas de evaluación de los resultados y, en su caso, del impacto de la formación, hasta 5 puntos.

8)Las previsiones de seguimiento del plan: participación sindical en la elaboración del plan de formación y su seguimiento, hasta 6 puntos.

 

d) Para la aprobación del plan de formación, será necesaria la obtención de una puntuación mínima de 15 puntos en los criterios de calidad indicados.

e) Para aquellas entidades que hayan alcanzado la puntuación mínima de calidad establecida en el apartado anterior, la Comisión determinará la cuantía individualizada de la subvención teniéndose en cuenta el número total de empleados públicos afectados por el plan y en su caso, la puntuación obtenida en calidad.

 

Tendrán la consideración de empleados públicos locales, a la hora de obtener el número total de efectivos de la entidad promotora, los funcionarios, el personal eventual y los contratados en régimen de derecho laboral, con excepción en este último caso, de aquellos que integren las plantillas de empresas locales que adopten la forma de sociedades mercantiles.

 

2. Con el fin de agilizar la tramitación de los expedientes, los solicitantes presentarán un cuadro resumen de los criterios de valoración de sus planes de formación en relación con cada uno de los criterios evaluables del presente artículo.

Collaborating certification entities

Request

Term
From 21-04-2026 until 12-05-2026

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el DOGV Nº 10345 de 20 de abril 2026

Documentation

1. Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán de forma electrónica a través de la página web del IVAP https://ivap.gva.es a través del icono "Promotores de formación Administración Local", para lo cual es preciso que el promotor esté previamente registrado en dicho portal.

2. Las solicitudes deberán ir firmadas electrónicamente por la persona designada como representante del promotor para el plan presentado.

3. Las solicitudes se presentarán ajustándose a los formatos electrónicos establecidos en el Portal, que deberán ser cumplimentados por los solicitantes con las normas y controles establecidos en la propia aplicación. Los datos requeridos al cumplimentar la solicitud hacen referencia a la siguiente información:

a) Datos administrativos de la entidad promotora, incluyendo el número de efectivos.

b) Datos del representante que firma el plan, datos de la persona de contacto designada y, en su caso, los datos bancarios.

c) Declaración responsable exigida en los artículos 25 y 26 del Reglamento de desarrollo de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, referente a no estar incurso en las prohibiciones que para obtener la condición de beneficiario establece el artículo 13 de la citada ley.

d) Datos de las entidades adheridas a planes agrupados, que tengan 200 o más empleados públicos.

e) Datos relativos al plan del 2026:

1) Datos descriptivos de las actividades formativas con el detalle individualizado de estas, número de ediciones, alumnos y horas por edición, presupuesto económico y destinatarios.

2) Memoria de las acciones formativas que, al menos, contendrá los siguientes datos: objetivos generales y finalidad del plan, diseño, criterios de seguimiento y evaluación, implantación del plan.

f) Datos relativos a anteriores convocatorias:

1) Datos relativos a la anterior convocatoria en la que promovió un plan de formación: destinatarios, recursos propios dedicados, fondos subvencionados, recursos humanos dedicados.

2) Datos económicos del plan, con desglose por conceptos de gasto.

 

5. Las solicitudes se acompañarán de los siguientes documentos generados en formato electrónico:

a) Tarjeta de identificación de personas jurídicas y entidades en general (CIF).

b) Cuando se trate de Asociaciones o Federaciones de Entidades Locales, la documentación que acredite, conforme a la legislación vigente, las facultades de representación del firmante del plan para actuar en nombre de la persona jurídica solicitante o de la agrupación, en su caso

c) Cuando se trate de un plan agrupado, se acompañarán los documentos de adhesión a dicho plan, de las entidades públicas con número igual o superior a 200 empleados públicos.

d) Informe de la representación sindical, en todas las solicitudes.

6. Los documentos a los que hace referencia el apartado 5.a), b) y c), se incorporarán al expediente a través del Portal FEDAP mediante copias digitalizadas de los documentos, cuya fidelidad con el original garantizarán mediante la utilización de firma electrónica.

No será precisa la aportación de los documentos previstos en el apartado 5.a) y b) cuando estos documentos ya hubieran sido presentados en convocatorias anteriores y no se hubieran producido cambios posteriores que les afecten.

7. El documento previsto en el apartado 5.d) será firmado manualmente por los responsables sindicales e incorporado al expediente mediante copia digitalizada.

8. La presentación de la solicitud para la obtención de la ayuda implicará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social a través de certificados electrónicos, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente dicho consentimiento; en este caso, deberá aportar las certificaciones junto con la solicitud o cuando sean requeridas por el órgano instructor.

En el caso de las entidades locales dichas acreditaciones podrán sustituirse por la aportación junto con la solicitud de una declaración responsable emitida por una persona física facultada para ello, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el artículo 24 de su Reglamento aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Form of presentation
Telematics

Las solicitudes se cumplimentarán y presentarán de forma electrónica a través de la página web del IVAP https://ivap.gva.es a través del icono "Promotores de formación Administración Local", para lo cual es preciso que el promotor esté previamente registrado en dicho portal.

Resolution

Deadline

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria. El vencimiento de este plazo sin haberse notificado la resolución legitimará a los interesados para entender...

More
Appeal proceeding against the resolution
Optional replacement / contentious-administrative
Observations

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien directamente un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la resolución, de acuerdo con los artículos 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa. 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Silence effect
Dismissal
Exhausts administrative life
Si
Sanctions

El incumplimiento de los requisitos establecidos en esta resolución y en las demás normas aplicables dará lugar, previo el oportuno procedimiento de reintegro, a la obligación de devolver total o parcialmente la subvención percibida y los intereses de demora correspondientes, conforme a lo dispuesto en el artículo 172 de la Ley 1/2015, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones,

 

 

Frequent questions

Doubts about telematic processing
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TOPICS

  • Administrations
    • Financial aids and subsidies
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SUBJECT

  • Public administration
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    • Education professionals
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  • Work

PROFILES

  • Administration and other entities

TYPE

  • Aid, grants and subsidies