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Solicitud de subvenciones en materia de impulso a la Compra Pública Innovadora (CPI) (Convocatoria 2026)
From 01-04-2026 00:00:00h
Until 23-04-2026 14:00:59h
What is
La Agencia Valenciana de Innovación (IVACE+i Innovación) lanza el presente procedimiento de ayudas para potenciar el desarrollo de mercados innovadores a través de la contratación pública, incentivar la compra pública innovadora desde el lado de la demanda del gestor público y desde el lado de la oferta, es decir, de las empresas, estimulándolas a participar y presentar ofertas innovadoras en los procesos de CPI.
Se configuran dos líneas:
Línea 1. Fomento de los proyectos de I+D+i destinados a la Compra Pública de Innovación, con el objeto de apoyar el coste de I+D+i requerido en una licitación pública de innovación, de manera que se facilite la presencia de empresas valencianas en licitaciones públicas de productos y servicios innovadores.
Línea 2. Impulso de la demanda de licitaciones de productos y servicios innovadores, con el objeto de dinamizar la CPI en la Comunitat, a través de iniciativas de apoyo a la compra pública de innovación, financiando actividades dirigidas a la puesta en marcha de compra públicas innovadoras y acciones de promoción.
- Resolución de 28 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Agencia Valenciana de la Innovación (AVI) (IVACE+i Innovación) en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del modelo...
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones BOE núm. 276 de 18-11-2003
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones BOE núm. 176 de 25-07-2006
- Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones. BOE núm. 7464 de 12-02-2015
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236 de 02-10-2015
- Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, y el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento de administración electrónica de la...
- Ley 1/2022, de 13 de abril, de Transparencia y Buen Gobierno de la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 9323 de 22-04-2022
- Reglamento (UE) 2021/1060 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 por el cual se establecen las disposiciones comunes relativas en el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo Plus, al Fondo de Cohesión, al Fondo de Transición Justa y al Fondo Europeo...
- Reglamento (UE) 2021/1058 del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio de 2021 relativo al Fondo Europeo de Desarrollo Regional y al Fondo de Cohesión. DOUE núm. 231 de 30-06-2021
- Reglamento (UE) N.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DOUE L187, de 26.06.2014), modificado por el Reglamento (UE) 2023/1315, de 23 de...
- Reglamento (UE) 2023/2831 de la Comisión, de 13 de diciembre de 2023, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis (DOUE L 2831 de 15.12.2023). DOUE núm. 2831 de 15-12-2023
- Cualquier otra derivada de la normativa estatal y de la Unión Europea que sea directamente de aplicación.
Who is it addressed to
Línea 1. Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las empresas y organismos de investigación, con capacidad de proveer de soluciones tecnológicas a las administraciones, que vayan a presentarse a licitaciones de CPI de la Administración Pública, con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana.
Línea 2. Podrán tener la condición de entidades beneficiarias las entidades locales de la Comunitat Valenciana, admitiéndose a sus entidades dependientes, entendiendo como tales aquellas organizaciones o entidades, con personalidad jurídica propia creadas bajo la dependencia o vinculación de las entidades locales para cumplir funciones concretas de servicio público o intervención administrativa, pudiendo ser: organismos autónomos, entidades públicas empresariales, sociedades mercantiles (íntegra o mayoritariamente participadas o controladas por una entidad local), fundaciones y otras instituciones sin fin de lucro constituidas para la realización de fines de interés general; y consorcios.
Todas estas entidades con capacidad de compra regulada por la Ley de Contratos del Sector Público y proclives a comprar servicios o productos con alto contenido innovador, y las entidades sin ánimo de lucro –públicas o privadas- con personalidad jurídica propia y sede en la Comunitat Valenciana, que en sus estatutos tengan entre sus fines prestar servicios de asesoramiento en materia de innovación.
How to process
La tramitación del procedimiento será electrónica y se deberá ajustar a lo establecido en el artículo 8 de las bases reguladoras (Resolución de 28 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por la Agencia Valenciana de la Innovación (AVI) (IVACE+i Innovación) y al resuelvo cuarto de la Resolución de convocatoria de las citadas ayudas para 2026 a 2028.
- Pinchando en el enlace del apartado "Tramitar con certificado electrónico" o bien en el enlace "Tramitar con certificado" (que figura en color rojo al inicio de este trámite de la Guía Prop), accederá al trámite telemático de aportación documental que le permitirá cumplimentar el formulario web de solicitud que, una vez validado, le permitirá a su vez anexar la documentación que desee aportar y realizar la presentación telemática de todo ello, obteniendo el correspondiente justificante de registro, que también estará disponible en el Área Personal del solicitante, a la que puede accederse desde la web de la Generalitat (Web de la Generalitat > Área personal) o desde su Sede Electrónica (Web de la Generalitat> Sede Electrónica > Acceso al área personal).
- Finalmente, una vez realizado el envío, se registrará de entrada por medio del registro telemático y podrá imprimir una copia del mismo.
Puede descargar la documentación y el manual de instrucciones para la Solicitud de Ayuda en el portal https://innoavi.es/es/convocatorias-de-proyectos/
Los criterios de evaluación están establecidos en el artículo 11 de la Resolución de 28 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria de ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación y desarrollados en el apartado correspondiente a criterios de evaluación de solicitudes de cada uno de los anexos de la Resolución de convocatoria de las citadas ayudas para 2026 a 2028.
46002 - València/Valencia
Collaborating certification entities
Request
El plazo de presentación de solicitudes de este procedimiento, en el que la concesión es en régimen de concurrencia competitiva, será de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación del Extracto de la resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Sólo serán admitidas las solicitudes que hayan sido grabadas en la sede electrónica de la Generalitat antes de las 14:00 horas del último día de plazo de presentación. (DOGV núm. 10333 / 31.03.2026)
Se debe presentar la documentación reseñada en la Resolución de convocatoria de ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del modelo productivo para los ejercicios 2026 a 2028 y generada a través de tramitación telemática.
Para realizar la tramitación electrónica, el solicitante podrá utilizar cualquier de los sistemas de firma electrónica admitidos en la sede electrónica de la Generalitat: https://sede.gva.es/va/sede_certificados; entre estos, el certificado electrónico emitido por la Agencia Valenciana de...
- (BDNS: 895059) Extracto de la Resolución de 24 de marzo de 2026 de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Agencia Valenciana de la Innovación (AVI) (IVACE+i Innovación) por la que se convocan ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del...
- (BDNS: 895061) Extracto de la Resolución de 24 de marzo de 2026 de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Agencia Valenciana de la Innovación (AVI) (IVACE+i Innovación) por la que se convocan ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del...
- (BDNS: 895060) Extracto de la Resolución de 24 de marzo de 2026 de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Agencia Valenciana de la Innovación (AVI) (IVACE+i Innovación) por la que se convocan ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del...
- Resolución de 24 de marzo de 2026, de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Agencia Valenciana de la Innovación (AVI) (IVACE+i Innovación), por la que se convocan subvenciones en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del modelo productivo para...
Resolution
El plazo máximo para dictar y notificar la resolución del procedimiento de concesión de las ayudas será de seis meses a partir de la fecha de la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
Línea 1. La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido de un porcentaje de los gastos subvencionables según las intensidades que se indican en la Resolución de 28 de mayo de 2025 por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación para la mejora del modelo productivo.
Línea 2. La ayuda consistirá en una subvención del 100% de los gastos subvencionables del proyecto.
La Agencia Valenciana de la Innovación (IVACE+i Innovación) procederá al pago de la ayuda una vez se
haya ejecutado el proyecto al que estaba destinada, y siempre que haya verificado el cumplimiento de las
obligaciones exigibles al beneficiario.
En ambas líneas de actuación el importe máximo de ayuda será 100.000 euros por anualidad.
Las obligaciones de los beneficiarios vienen especificadas en el artículo 5 de la Resolución de 28 de mayo de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en materia de fortalecimiento y desarrollo del Sistema Valenciano de Innovación, sin perjuicio de las previstas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
46002 - València/Valencia
Las establecidas en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuyo título IV regula las infracciones y sanciones en materia de subvenciones.
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