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Procedure detail
Solicitud de ocupación temporal de terrenos. Minería
Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
What is
Ocupación temporal de los terrenos necesarios para la realización de los trabajos y servicios correspondientes.
- Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas (BOE nº 176, de 24/07/1973). BOE núm. 176 de 24-07-1973
- Real Decreto 2857/1978, de 25 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento General para el Régimen de la Minería (BOE nº 295, de 11/12/1978). BOE núm. 295 de 11-12-1978
- Orden 14/2011, de 31 de marzo, de la Consellería de Industria, Comercio e Innovación, por la que se establecen los órganos competentes para el ejercicio de determinadas funciones en materia de derechos mineros (DOCV nº 6499, de 11/04/2004). DOGV núm. 6499 de 11-04-2004
- Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones pro medios electrónicos en determinados trámites y procedimientos en las materias de Industria,...
Who is it addressed to
La persona titular interesada y su representante legal.
Quienes realicen el aprovechamiento de recursos de la Sección A podrán acogerse a los beneficios de la Ley de Expropiación Forzosa para la ocupación de los terrenos necesarios al emplazamiento de las labores, instalaciones y servicios correspondientes, previa la oportuna declaración de utilidad pública, que señalará la forma de ocupación.
El titular de un permiso de exploración o el adjudicatario de la fase exploratoria en una reserva provisional tendrán derecho a la ocupación temporal de los terrenos registrables que sean necesarios para poder realizar las operaciones definidas en los artículos 40 de la Ley y 59 del Reglamento.
El titular de un permiso de investigación y el adjudicatario de la investigación de una zona de reserva provisional a favor del Estado tendrán derecho a la ocupación temporal de los terrenos necesarios para el emplazamiento de los trabajos de investigación y servicios correspondientes.
El titular legal de una concesión de explotación, así como el adjudicatario de una zona de reserva definitiva, tendrán derecho a la expropiación forzosa u ocupación temporal de los terrenos necesarios para el emplazamiento de los trabajos, instalaciones y servicios.
El titular de una autorización de aprovechamiento de recurso de la Sección B tendrá derecho a la ocupación temporal o expropiación forzosa de los terrenos necesarios para la ubicación de los trabajos, instalaciones y servicios.
How to process
- Presentación de la solicitud y de la documentación requerida por la normativa, telemáticamente en el Servicio Territorial de Energía.
- Prorrogada la vigencia de un permiso de investigación o de una zona de reserva provisional, quedará automáticamente prorrogado el derecho a la ocupación temporal de los terrenos necesarios para los trabajos y servicios, sin perjuicio de la nueva indemnización que pudiera corresponder con motivo de la mayor duración de la ocupación.
- El titular legal de una concesión de explotación, así como el adjudicatario de una zona de reserva definitiva, tendrán derecho a la expropiación forzosa u ocupación temporal de los terrenos que sean necesarios para el emplazamiento de los trabajos, instalaciones y servicios.
- La tramitación de los expedientes de ocupación temporal y otros daños, y los de expropiación forzosa, a los que se refiere este trámite, se llevarán a cabo conforme a las disposiciones de la Ley de Expropiación Forzosa en todo lo no previsto en la Ley de Minas y en el Reglamento.
La necesidad de ocupación se resolverá por la delegación provincial correspondiente del Ministerio de Industria y Energía. Contra esta resolución cabrá un recurso de alzada en el plazo de quince días ante la Dirección General de Minas e Industrias de la Construcción, con los efectos previstos en el artículo 22 de la Ley de Expropiación Forzosa.
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
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Forms
Request
Durante todo el año
- Impreso de solicitud general (SOLGENEC).
- Documentación requerida por la normativa.
Forms
Tasas 2025:
5.1 - Expropiación forzosa. c/ parcela: 33,93 euros.
5.1.1 - Expropiación forzosa. Mínimo: 384,57 euros.
1. La PRESENTACIÓN de la solicitud y de la documentación anexa requerida SÓLO puede realizarse MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO DE SOLICITUD de este trámite. 2. Para esa presentación telemática, la persona solicitante (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica...
Subsanation
La subsanación o aportación de documentación debe realizarse directamente en el botón "SUBSANACIÓN > PRESENTACIÓN AUTENTICADA" (destacado más abajo en color rojo) de este apartado "Tramitación > Subsanación".
También podrá hacerse MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO de la Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados)", cuyo enlace directo está disponible en el apartado "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" de este trámite.
Resolution
El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la documentación.
Transcurridos seis meses sin que se dicte resolución, los expedientes se entenderán desestimados.
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las que establecen la Ley de Minas (Ley 22/1973) y los reglamentos correspondientes.
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