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Procedure detail
Alta de instructores para la realización de prácticas básicas de seguridad y navegación de escuelas de enseñanza náutico-deportiva autorizadas
Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
What is
Dar de alta en el registro de escuelas de enseñanza náutico-deportiva instructores para la impartición de prácticas de seguridad, navegación y radiocomunicaciones necesarias para la obtención de titulación para el manejo de embarcaciones de recreo.
Los instructores deberán estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones profesionales marítimas:
- Para impartir formación práctica de las titulaciones de recreo de capitán y patrón de yate: capitán de la Marina Mercante, piloto de 1ª y 2ª clase de la Marina Mercante, patrón mayor de cabotaje, patrón de altura y patrón de pesca de altura.
Y para impartir prácticas de radiocomunicaciones deberán poseer el certificado de Operador General del SMSSM o el título de Oficial Radioelectrónico de primera clase de la Marina Mercante.
- Para impartir formación práctica de las titulaciones de recreo de patrón de embarcaciones de recreo y patrón para la navegación básica: capitán de la Marina Mercante, piloto de 1ª y 2ª clase de la Marina Mercante, patrón mayor de cabotaje, patrón de altura, patrón de pesca de altura, patrón de cabotaje, patrón de litoral y patrón profesional de embarcaciones de recreo.
Y para impartir prácticas de radiocomunicaciones deberán poseer al menos el certificado de Operador restringido del SMSSM o el título de Oficial Radioelectrónico de segunda clase de la Marina Mercante.
- Real Decreto 875/2014 de 10 de octubre del Ministerio de Fomento, BOE de 11 de octubre de 2014 que regula las titulaciones náuticas para el gobierno de embarcaciones de recreo (BOE nº 247, de 11/10/2014).
- Real Decreto 238/2019, de 5 de abril, por el que se establecen habilitaciones anejas a las titulaciones náuticas para el gobierno de las embarcaciones de recreo y se actualizan las medidas de seguridad en la utilización de las motos náuticas (BOE núm.104, de 01-05-2019)
- Resolución de 12 de mayo de 2021, de la Dirección General de la Marina Mercante, por la que se modifica el anexo VII del Real Decreto 875/204 de 10 de octubre, por el que se regulan las titulaciones náuticas de recreo (BOE núm.121, de 21-05-2021)
Who is it addressed to
Toda persona física o jurídica titular de la autorización administrativa de apertura y funcionamiento de una escuela de enseñanza náutico-deportiva en la Comunidad Valenciana.
How to process
Una vez revisada la solicitud y documentación correspondiente, se comunicará el alta del instructor en el Registro de la Dirección General de Puertos, Aeropuertos y Costas y se realizará la anotación correspondiente.
46018 - València/Valencia
Collaborating certification entities
Forms
Request
15 días antes de iniciar la impartición de prácticas de seguridad, navegación o radiocomunicaciones por el nuevo instructor en una escuela autorizada.
- Impreso de solicitud normalizado (modelo general)
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante, salvo manifestación en contra, a que la Conselleria obtenga directamente los datos relativos de identificación personal, según lo previsto en el artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En caso de no autorizarse, se deberá aportar:
**DNI o documento equivalente en caso de extranjeros
- Copia del DNI/NIE del instructor
- Copia de la acreditación de la titulación profesional marítima del instructor.
- Copia de la acreditación del curso de operador general o restringido del Sistema Mundial de Socorro y Seguridad Marítima, o bien, oficial radioelectrónico de primera o segunda clase de la Marina Mercante.
- Justificante del pago de la tasa.
Forms
El importe actual de la tasa es:
- Modificación de la autorización inicial otorgada: 23,84 euros.
FORMAS DE PAGO, IMPORTES Y MODELOS:
Tanto las formas de pago como los importes y los modelos de tasa se pueden descargar desde la dirección de Internet
que se indica a continuación
Pinchando en el icono superior "Tramitar con certificado" de esta misma página. Para ello ha de disponer de certificado electrónico reconocido por la ACCV o DNI electrónico. También puede tramitar utilizando el sistema de CL@VE-PERMANENTE del Estado. Con este sistema de autenticación y firma no...
Si es persona no obligada a relacionarse telemáticamente con la administración.
- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas o a la de alguna de las entidades que forman la Administración local si, en este último caso, se ha suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- También en cualquier oficina de correos. En este caso, se deberá presentar en un sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.
- Y, preferentemente, en:
Enviar la comunicación al número de fax habilitado para este fin en la División de Explotación y Conservación de Puertos. Fax: 965.936.770
Where to go
12003 - Castelló/Castellón
03003 - Alacant/Alicante
46009 - València/Valencia
Resolution
46018 - València/Valencia
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