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Procedure detail
Notification for the marketing of electricity. Energy
Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
What is
Comunicación de la actividad de comercialización de energía eléctrica en el ámbito de la Comunitat Valenciana, contemplada en el artículo 72 del Real Decreto 1955/2000, por el que se regula las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización...
- Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico (BOE número 285, de 28/11/97). Modificado por Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico (BOE 13/07/2013).
- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE nº 310, de 27/12/00).
- Real Decreto 198/2010, de 26 de febrero por el que se adaptan determinadas disposiciones relativas al sector eléctrico a lo dispuesto en la Ley 25/2009, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (BOE de 13 de...
- Ley 2/2012, de 14 de junio, de la Generalitat, de medidas urgentes de apoyo a la iniciativa empresarial y a los emprendedores, microempresas y pequeñas y medianas empresas (pyme) de la Comunitat Valenciana (DOCV núm. 6800, de 20/06/12).
- Real Decreto-ley 9/2013, de 12 de julio, por el que se adoptan medidas urgentes para garantizar la estabilidad financiera del sistema eléctrico (BOE núm. 167, de 13/07/13).
- Ver corrección de errores del Real Decreto 198/2010, de 26 de febrero
Who is it addressed to
La persona interesada que pretenda ser comercializador/a de energía eléctrica en el ámbito de actuación de la Comunitat Valenciana.
How to process
Para la certificación:
- Presentación de la Comunicación de inicio y de la Declaración responsable, ante el correspondiente Servicio Territorial competente en materia de Energía (de forma presencial o telemática, según corresponda).
- El órgano competente de la Comunitat Autónoma en materia de energía, remitirá en el plazo de UN MES desde su presentación la Comunicación de inicio y la Declaración responsable a la Dirección General de Política Energética y Minas del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio.
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
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Collaborating certification entities
Request
Durante todo el año.
- Comunicación de inicio de actividad de empresa comercializadora de energía eléctrica, según modelo indicado en el apartado 6.1 del Anexo al Real Decreto 198/2010.
- Declaración responsable de empresa comercializadora de energía eléctrica, según modelo indicado en el apartado 6.2 del Anexo al Real Decreto 198/2010.
1.- La presentación telemática de la solicitud y de la documentación requerida se realizará MEDIANTE EL CORRESPONDIENTE TRÁMITE TELEMÁTICO, cuyo enlace directo acaba de indicarse. Para ello deberán disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada...
Esta opción solo es válida para personas físicas:
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la
de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones
Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la
Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:
La Atención Presencial para Información General y REGISTRO DE DOCUMENTACIÓN (solo para Personas físicas) Será Únicamente MEDIANTE CITA PREVIA, consulte la información en el siguiente enlace : http://www.indi.gva.es/es/cita-previa
La INFORMACIÓN SOBRE EXPEDIENTES EN TRAMITE se ofrecerá Únicamente mediante CITA PREVIA CON el PERSONAL TÉCNICO O ADMINISTRATIVO, consulte la información en el siguiente enlace: http://www.indi.gva.es/es/cita-previa
Where to go
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Resolution
El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de la documentación.
Transcurridos seis meses sin que se dicte resolución, los expedientes se entenderán desestimatorios.
Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
46018 - València/Valencia
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Las que se establecen en la legislación aplicable en materia de energía.
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- Professionals and self
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- Energy
- Electrical energy
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