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Procedure detail
Trámite de Comprobación Previa para la Renovación Automática de Licencias de Comunicación Audiovisual (Radio y TDT)
Consell del Audiovisual de la Comunitat Valenciana CACV
What is
Acreditación del cumplimiento de los requisitos para la renovación automática de las licencias de comunicación audiovisual (radiofónicas y televisivas), en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 29 de la Ley 13/2022, de 7 de julio, General de Comunicación Audiovisual. BOE núm. 163 de 08-07-2022
- Articulo 18 del DECRETO 4/2017, de 20 de enero, del Consell, por el que se regulan los servicios y el Registro de Prestadores de Comunicación Audiovisual de la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 7967 de 27-01-2017
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. BOE núm. 236 de 02-10-2015
- LEY 10/2018, de 18 de mayo, de la Generalitat, de creación del Consell del Audiovisual de la Comunitat Valenciana (CACV) DOGV núm. 8301 de 23-05-2018
- LEY 1/2006, de 19 de abril, de la Generalitat, del Sector Audiovisual. DOGV núm. 5243 de 21-04-2006
Who is it addressed to
Titulares de las Licencias de Comunicación Audiovisual, concedidas en el ámbito de la Comunitat Valenciana.
- Que se satisfagan las mismas condiciones exigidas para ser titular de la licencia y se hayan cumplido las establecidas para la prestación del servicio.
- Que no existan obstáculos técnicos sobrevenidos e insalvables en relación con el espectro de las licencias afectadas.
- Que el titular de la licencia se encuentre al corriente en el pago de las tasas correspondientes.
How to process
A efectos de verificar el cumplimiento de las obligaciones vinculadas a la licencia y con carácter previo a su renovación automática, deberá: 1. Manifestar su voluntad de continuar en la prestación del servicio. 2. Presentar declaraciones responsables relativas al cumplimiento de los requisitos...
12003 - Castelló/Castellón
Collaborating certification entities
Forms
Request
Este trámite deberá completarse en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la notificación del requerimiento de acreditación realizado al interesado.
La entidad o persona solicitante deberá presentar la solicitud debidamente cumplimentada para la acreditación de requisitos en el procedimiento de renovación de las licencias de comunicación audiovisual, acompañada de la documentación y anexos que correspondan.
El Anexo II únicamente deberá presentarse en el caso de solicitudes relativas a servicios de comunicación audiovisual televisivos (TDT).
Resolution
Una vez efectuada la comprobación administrativa, se le remitirán las instrucciones oportunas para la liquidación de la tasa correspondiente a la renovación de la licencia y la remisión del justificante del pago de la misma al CACV.
Tras la recepción del justificante de pago, el CACV expedirá un certificado administrativo acreditativo de la renovación automática de la licencia.
Aparte de la necesidad de que concurran las condiciones señaladas en el apartado requisitos, atendiendo a lo previsto en el artículo 18.4 del Decreto 4/2017, no se producirá la renovación automática en los siguientes supuestos:
a) Cuando no quede acreditado el cumplimiento de las condiciones exigidas.
b) Cuando el procedimiento de verificación se vea paralizado por causa imputable al titular, incluida la falta de presentación de la documentación requerida a través de este trámite telemático dentro del plazo otorgado al efecto.
c) Cuando no se haya efectuado el pago de la tasa correspondiente dentro del plazo establecido.
En cualquiera de estos supuestos se procederá a la incoación de un expediente contradictorio, que podrá dar lugar a la no renovación de la licencia.
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