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Procedure detail
Aportación de escritos y documentos en procedimientos sancionadores por infracción urbanística
Agència Valenciana de Protecció del Territori AVPT
What is
Presentar todo tipo de escritos y documentos en los distintos trámites del procedimiento sancionador incoado por infracciones urbanísticas tipificadas en el TRLOTUP, tales como:
- Escrito de otorgamiento de representación en el procedimiento.
- Aportación de documento en el que manifieste expresamente el desistimiento y renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción, en caso de considerar oportuno realizar el pago de la sanción por importe reducido del 50% y justificante de dicho pago.
- Alegaciones a la Resolución de incoación del procedimiento sancionador por infracción urbanística grave o muy grave, así como documentos que considere oportunos.
- Alegaciones a la propuesta de Resolución del Instructor del Expediente, así como documentos que quieran aportarse.
Interposición de recurso de reposición frente a la Resolución finalizadora del expediente de la Presidencia del Consejo de Dirección de la AVPT.
Desde el apartado "Enlaces de interés" se puede consultar el acceso a Clave, carpeta ciudadana, pago telemático, registro de representantes, y los sistemas de identificación y firma aceptados.
Lea atentamente la Resolución de incoación, la Propuesta de Resolución o la Resolución finalizadora del expediente y las distintas resoluciones que se le notifiquen.
Recuerde que si considera conveniente realizar el pago de la liquidación por importe reducido del 50% deberá comunicar dicho pago a través del TRAMITE 103916 Tramitación de pago voluntario de sanciones en materia de urbanismo y aportar mediante el presente trámite el documento en el que manifieste expresamente el desistimiento y renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. En caso de no aportarse el desistimiento y renuncia de acciones el pronto pago no tendrá efectos.
El número de expediente es el que figura como tal en el acuerdo de incoación Propuesta de medidas o Resolución finalizadora del expediente. Es el que debe utilizarse en sus comunicaciones con esta Administración.
- • Decreto legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje DOGV núm. 9129 de 16-07-2021
- • Decreto 52/2021, de 9 de abril, del Consell, de aprobación de los estatutos de la Agència Valenciana de Protecció del Territori. DOGV núm. 9070 de 27-04-2021
- • Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas BOE núm. 236 de 02-10-2015
- • Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. BOE núm. 236 de 02-10-2015
Who is it addressed to
Las personas físicas o jurídicas que tengan la condición de interesadas en el expediente sancionador por infracción urbanística y que hayan sido señaladas en el mismo como presuntas responsables de la ejecución de la infracción urbanística (propietario-promotor, promotor-ejecutante, constructor, persona o entidad directora de las obras), o, en su caso, representante acreditado de las mismas en los términos del artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Escrito de otorgamiento de representación en el procedimiento: en cualquier momento del procedimiento.
- Comunicación del desistimiento y renuncia de acciones o recurso en vía administrativa, en cualquier momento anterior a la resolución finalizadora del procedimiento sancionador (recordemos que, según determina el artículo 85 de la Ley 39/2015, debe aportarse dicha renuncia, pues no es suficiente con realizar el pago del importe reducido de la sanción, cuyo justificante se aportará al procedimiento a través del trámite correspondiente TRAMITE 103916 Tramitación de pago voluntario de sanciones en materia de urbanismo).
- En el caso de alegaciones al acuerdo de incoación/iniciación, dentro de los 15 días siguientes a la notificación del acuerdo de incoación del expediente sancionador.
- En el caso de alegaciones a la propuesta de resolución, dentro de los 15 días siguientes a la notificación de la referida propuesta.
- En el periodo de prueba, en su caso, dentro del plazo que se señale al efecto.
- Justificante del pago reducido de la sanción propuesta, en cualquier momento anterior a la propuesta de Resolución finalizadora del expediente sancionador.
- En el caso de que se recurra la resolución finalizadora, los plazos serán los siguientes:
-
- Recurso de reposición: Un mes.
- Recurso extraordinario de revisión: Cuatro años si al dictarlos se hubiera incurrido en un error de hecho, o tres meses, según la normativa reguladora (artículo 125.1 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas)
How to process
Tras la incoación del expediente sancionador por infracción urbanística podrá formular alegaciones en las distintas fases o interponer recursos, así como, -si lo considera conveniente- desistir y renunciar a acciones o recursos en vía administrativa y efectuar el pago de la sanción reducida en el 50%.
A. Tramitación presencial: (sólo válida para personas físicas no obligadas a relacionarse por medios electrónicos)
- Presentar a través de los registros correspondientes o preferentemente a través de este trámite, escrito de alegaciones firmado por la persona presuntamente responsable o por su representante legal, adjuntando aquella documentación que se estime pertinente al procedimiento.
B. Tramitación telemática:
- Iniciar el trámite de aportación a través del icono superior "tramitar con certificado", el cual será firmado electrónicamente y en el que se hará constar los datos identificativos del procedimiento facilitados en el acuerdo de iniciación.
En ambos casos (tramitación presencial o telemática) deberá hacer constar el núm. de expediente -SANURB/AÑO/NºEXPTE-, que se le habrá indicado en el acuerdo de iniciación.
3202 - Alacant/Alicante
Collaborating certification entities
Request
Plazo abierto
-Formulario de aportación de escritos y documentos en procedimientos sancionadores por infracción urbanística.
-Desistimiento y renuncia de acciones o recurso en vía administrativa contra la sanción.
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la...
Si la persona no está obligada a relacionarse telemáticamente con la Administración, puede presentar la documentación:
En los registros de los órganos administrativos a los que se dirijan
En los Registros de cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración local, en este último caso, si se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero
En cualquier oficina de Correos. En este caso, se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el formulario y en la copia.
En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Where to go
3202 - Alacant/Alicante
Resolution
El procedimiento habrá de resolverse y notificarse a la persona interesada en el plazo máximo de 6 meses.
Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera notificado resolución expresa se resolverá la caducidad del procedimiento.
Lea atentamente la Resolución de incoación, la Propuesta de Resolución o la Resolución finalizadora del expediente y las distintas resoluciones que se le notifiquen.
Recuerde que si considera conveniente realizar el pago de la liquidación por importe reducido del 50% deberá comunicar dicho pago a través del TRAMITE 103916 Tramitación de pago voluntario de sanciones en materia de urbanismo y aportar mediante el presente trámite el documento en el que manifieste expresamente el desistimiento y renuncia de cualquier acción o recurso en vía administrativa contra la sanción. En caso de no aportarse el desistimiento y renuncia de acciones el pronto pago no tendrá efectos.
El número de expediente es el que figura como tal en el acuerdo de incoación Propuesta de medidas o Resolución finalizadora del expediente. Es el que debe utilizarse en sus comunicaciones con esta Administración.
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