Memoria técnica simplificada para la justificación de pago de las ayudas para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, en el sector residencial con o sin almacenamiento

Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación

Code SIA: 3108424
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Code GVA: 95625
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What is it and what is it for

Este trámite sirve para presentar la memoria técnica simplificada que deberá ser presentada por el técnico proyectista o empresa instaladora previamente a la justificación de pago por módulos de las ayudas para la realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, en el sector residencial con o sin almacenamiento.

Es una vía de justificación más sencilla y simple para aquellas instalaciones de autoconsumo de hasta 10 kWp, con o sin almacenamiento, en el sector residencial cuyo destinatario último de la ayuda es una persona física que no ejerce actividad económica, también están incluidos los autónomos que no sean considerados minimis (es decir, que el lugar de realización de la actividad económica sea diferente al lugar de la instalación).

Quedan excluidos los solicitantes que hayan solicitado ayuda adicional por desmantelamiento de amianto.

 

Es una memoria de actuación justificativa del cumplimiento de las condiciones impuestas en la concesión de la subvención, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, suscrito, fechado y emitido por técnico titulado competente o, en su caso, la empresa instaladora autora de la memoria técnica final de la instalación ejecutada.

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Who is it addressed to

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Interested people

Deberá presentarlo el técnico proyectista o, en su caso, la empresa instaladora autora de la memoria técnica final de la instalación ejecutada

Requirements

El técnico proyectista, o, en su caso, la empresa instaladora autora de la memoria técnica final de la instalación ejecutada deberá estar dado de alta como representante de la persona solicitante en el ACCV para poder acceder al trámite.

 

¿Cómo puedo dar de alta al técnico en el registro de representantes? En el enlace siguiente encontrarás una guía donde se explica paso a paso: https://www.accv.es/fileadmin/Archivos/manuales_ayuda/regreprs.pdf

 

Si no tengo certificado digital, ¿cómo obtengo uno?

En los siguientes enlaces te explicamos cómo obtenerlo:

https://www.accv.es/tu-certificado/ciudadanos-y-autonomos/certificado-ciudadano/

https://www.accv.es/tu-certificado/ciudadanos-y-autonomos/certificado-ciudadano/#faqs

 

Esta tramitación simplificada sólo aplicará en las siguientes actuaciones:
- Instalaciones de 10kWp, con o sin almacenamiento, en el sector residencial, cuyo destinatario último de la ayuda es una persona física sin actividad económica.
- Están incluidos los autónomos que no sean considerados minimis (es decir, que el lugar de realización de la actividad económica sea diferente al lugar de la
instalación).
- Se excluyen solicitantes que hayan solicitado ayuda adicional por desmantelamiento de amianto

 

Esta tramitación no estará disponible para el resto de expedientes que deberán presentar la cuenta justificativa tal y como se detalla en el apartado decimoquinto de la convocatoria.

 

 

How to process

Processing process

Una vez registrado este trámite de la Memoria Técnica simplificada, debe continuar el proceso de Justificación y pago en el siguiente enlace:

https://www.gva.es/es/proc95626

Collaborating certification entities

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Term
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Este documento se presentará previamente a la presentación de la documentación para la justificación por módulos.

Para presentar el resto de la documentación será necesario haber realizado previamente este trámite.

Para las resoluciones de concesión emitidas a partir del 9 de mayo de 2024, el plazo de justificación será de máximo seis meses.

 

Form of presentation
Face-to-face

Por motivos de eficacia y eficiencia se recomienda la realización de este trámite preferentemente por vía telemática.

En caso de presentación telemática, las memorias deben firmarse con el certificado digital de la persona física o jurídica que presenta la solicitud.

Asimismo, los restantes documentos que se adjunten, cuando proceda, deberán ir firmados electrónicamente por quienes sean competentes para ello.

Presencialmente se presentarán preferentemente en los registros de los órganos administrativos a los que se dirijan, pudiéndose presentar también en cualquiera de los registros previstos en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común.

 

Para la presentación de forma presencial el formulario que debe rellenar es:

https://siac-front.gva.es/siac-front/public/descarga/es/F149418

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