JUEGO. Comunicación de transmisión de titularidad y/o cambio de denominación en establecimientos autorizados para el juego

Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública

Code SIA: 210479
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What is

What is it and what is it for

Comunicar la transmisión de titularidad y/o cambio de denominación del establecimiento autorizado para el juego, para su comprobación y posterior inscripción en el registro de establecimientos.

Terms
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Observations

Si durante la tramitación de este procedimiento, necesita hacer una consulta o tiene algún problema informático puede contactar a través de las siguientes direcciones de correo electrónico:

 

1. Problemas en materia de Juego:

 

- Provincia Alicante: juegoadmvo_alicante@gva.es

 

- Provincia Castellón: juegoadm_castellon@gva.es

 

- Provincia Valencia: dtjuego_valencia@gva.es

 

 

 

Who is it addressed to

Companies
Interested people

Los titulares de los establecimientos autorizados para el juego. En el caso de transmisión de titularidad del local, la comunicación debe hacerla el nuevo titular.

 

PLAZO

 

a) El cambio de titularidad del establecimiento ha de ser comunicado por el nuevo titular a la dirección territorial correspondiente en el plazo máximo de tres meses desde que se produjo la transmisión.

En el caso de locales de hostelería y similares, el plazo comienza en el momento en que se firma el documento de cambio de titularidad suscrito entre el transmitente y el adquirente.

En el caso de bingos, salones de juego, salones recreativos y locales específicos de apuestas, el plazo comienza en el momento en que se firma la resolución de la dirección general de Tributos y Juego por la que se autoriza el cambio de titularidad.

 

b) La comunicación de cambio de denominación no está sujeta a plazo alguno.

 

How to process

Processing process

Recibida la comunicación, la dirección territorial de la provincia donde esté el local verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos y, en caso de ser correcta, se enviará al interesado acuse de recibo comunicándole que se ha anotado la modificación en el Registro de Establecimientos Autorizados para la Instalación de Máquinas Recreativas y de Azar de la Comunitat Valenciana. El escrito de acuse de recibo deberá quedar expuesto en el establecimiento.

 

En caso de ser incorrecta, se comunicará al interesado y, cuando proceda, se dictará resolución. Contra la resolución, que no agota la vía administrativa, cabrá recurso de alzada ante el Secretario Autonómico de Hacienda y Financiación.

 

Collaborating certification entities

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Term
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CUMPLIMENTACIÓN DE LA SOLICITUD

 

a) Para el cambio de titularidad, en la solicitud figurarán los datos del nuevo titular.

 

b) Para el cambio de denominación del establecimiento, en el campo “nombre comercial” de la solicitud se consignará únicamente la nueva denominación.

 

c) En el campo Nº Registro debe figurar el número con que el local está inscrito en el Registro de Establecimientos Autorizados para la Instalación de Máquinas Recreativas y de Azar.

 

Documentation

a. Para la transmisión de titularidad:

- Impreso de solicitud normalizado J04 firmado por la persona interesada.

- Copia del DNI, permiso de residencia o NIF de la persona adquiriente.

- Certificado emitido por la administración tributaria de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio en curso y comprensivo de las actividades del artículo 33 o documento de alta o el correspondiente justificante de ingreso, en su caso, de la persona adquiriente.

- Documentación acreditativa de la disponibilidad del local o establecimiento donde se desarrolle la actividad. Esta documentación no será necesario en el caso de bingos, salones de juego, salones recreativos y locales específicos de apuestas, en los que la transmisión ya habrá sido autorizada por la Dirección General de Tributos y Juego.

 

b. Para cambio de denominación:

- Solo el impreso de solicitud normalizado J04 firmado por la persona interesada. No es necesario adjuntar documentación.

Fee or payment

CUANTÍA

 

La comunicación objeto de este procedimiento conlleva el pago de una tasa cuya cuantía asciende a 25,48 euros.

 

PROCEDIMIENTO

 

1.-Si dispone de certificado electrónico el asistente de tramitación le guiará en la cumplimentación del modelo de la tasa, la realización del pago y la presentación de toda la documentación.

 

2.- Si no dispone de certificado electrónico deberá seguir los siguientes pasos:

 

A). Cumplimentar el modelo 046-9770 Ver enlace en “apartado Enlaces”: Confección en línea y descarga de modelo.

Paso 1: Rellenar el formulario correspondiente con los datos que se le solicita. Y pulse el botón Aceptar.

Paso 2: Pulsar el botón Imprimir para obtener el documento.

Paso 3: Comprobar que los ejemplares que el ordenador le proporciona llevan impresos en el apartado Número de liquidación un código de barras y una numeración.

Solo con esa información, las entidades colaboradoras en la recaudación de tributos de la Generalitat aceptarán los ejemplares para efectuar el pago.

 

B). Pagar la tasa en las entidades colaboradoras en la recaudación de tributos de la Generalitat, bien de forma telemática o presencial.

 

C). Presentación presencial de la solicitud con la documentación requerida y el justificante del pago de la tasa, en los lugares indicados en el apartado siguiente.

 

PAGO DE LA TASA

 

1. DE FORMA TELEMÁTICA

 

A) A TRAVÉS DEL PAGO TELEMÁTICO GENÉRICO

 

MÉTODOS DE PAGO aceptados:

- Cargo en cuenta (Acceso con certificado). Si posee certificado digital, podrá pagar a través de su cuenta bancaria si es de las entidades colaboradoras que allí se indican. Para más información sobre el uso de certificado digitales ver en el apartado ENLACES "información sobre firma electrónica avanzada".

- Pago con tarjeta (Acceso sin certificado). Podrá pagar mediante tarjeta de crédito o débito, Visa, MasterCard o 6000 de cualquier entidad.

- BIZUM

 

MECANISMO DE ACCESO AL PAGO TELEMÁTICO:

1. A través del proceso de confección en línea, una vez cumplimentado y generado el número de liquidación, le permitirá realizar el pago telemático pulsando el botón Pagar. Este proceso enlaza con el Pago Telemático Genérico con la ventaja de disponer ya de todas las casillas cumplimentadas.

 

2. A través del pago telemático genérico.

- Para aquellas personas que hayan generado el documento de la tasa a través del proceso de confección en línea, pero no hayan realizado el pago en ese momento.

Podrán realizar el pago telemático con posterioridad, a través del Pago Telemático Genérico.

 

Ver en el apartado ENLACES "Pago Telemático Genérico".

 

B) A TRAVÉS DE BANCA ELECTRÓNICA, banca telefónica, adeudo on-line, de las entidades financieras colaboradoras:

Los medios a través de los que se pueden efectuar los ingresos a favor de la Generalitat son varios, pero no todas las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos tienen habilitados cada uno de ellos.

Ver en el apartado ENLACES "Entidades colaboradoras y formas de pago".

 

2. DE FORMA PRESENCIAL

A través de oficinas y cajeros de las entidades financieras colaboradoras:

Los medios a través de los que se pueden efectuar los ingresos a favor de la Generalitat son varios, pero no todas las entidades financieras colaboradoras en la recaudación de tributos tienen habilitados cada uno de ellos.

Ver en el apartado ENLACES "Entidades colaboradoras y formas de pago".

 

Instrucciones para la correcta obtención de los modelos:

 

Form of presentation
Telematics

La presentación por internet es el medio obligatorio para personas jurídicas; entidades sin personalidad jurídica; para quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en...

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Face-to-face

Solo permitido para personas físicas no obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas.

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

 

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

 

d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.

 

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

 

 

Y preferentemente en:

Where to go

Resolution

Deadline

El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de las solicitudes.

 

Transcurridos seis meses sin que se dicte una resolución, las solicitudes se entenderán desestimadas de acuerdo con lo previsto en la Disposición Adicional Sexta de la Ley 1/2020, de 11 de junio, de la Generalitat, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana.

Appeal proceeding against the resolution
Elevation
Observations

RECURSOS QUE PROCEDEN CONTRA LA RESOLUCIÓN

El órgano directivo competente para la resolución de las solicitudes es la Dirección General de Tributos y Juego. Dicha Resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella cabe recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Hacienda y Financiación, en el plazo de un mes, conforme a los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 12.1 y 2 b) del Reglamento Orgánico y Funcional de la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico, aprobado por Decreto 171/2020, de 30 de octubre, del Consell.

Resolution bodies
- Dirección General de Tributos y Juego.
Silence effect
Dismissal
Exhausts administrative life
No
Sanctions

INFRACCIONES Y SANCIONES

No comunicar la transmisión de la titularidad de los establecimientos autorizados para el juego supone infracción administrativa en materia de juego prevista en la Ley 1/2020, de 11 de junio, de la Generalitat, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana.

Raised Appeal

Term
Open term

Form of presentation
Face-to-face

Interested persons who are not required to interact electronically with Public Administrations may submit the documentation:

  • a) At the assistance offices for registry matters
  • b) At post offices, in the manner established by regulation.
  • c) At Spanish diplomatic representations or consular offices abroad.
  • d) At any other place established by current regulations.

Where to go

Frequent questions

Doubts about telematic processing
Where to consult questions about the procedure:

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      • Gambling (Authorizations and control)
        • Establishments
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SUBJECT

  • Public administration

PROFILES

  • Company
    • Establishments
    • Small and medium

SECTOR

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    • Forestry activities
    • Agriculture
    • Plant and food health
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