ECEAPO - UNIDADES DE APOYO

LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación

Code SIA: 3031057
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Code GVA: 25845
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From 06-10-2023

Until 23-10-2023

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What is

What is it and what is it for

La subvención tiene como objeto la concesión de ayudas a los centros especiales de empleo que contraten equipos multiprofesionales enmarcados dentro de los servicios de ajuste personal y social de estos centros, cuya finalidad es subvencionar los costes salariales y de Seguridad Social de los equipos, al objeto de ayudar a superar las barreras, obstáculos o dificultades que el personal con diversidad funcional o discapacidad severa de dichos centros tiene en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como la permanencia y progresión del mismo, incluyendo su incorporación a enclaves laborales y al mercado de trabajo, sin descuidar los aspectos culturales, físicos o de rehabilitación.

 

 

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From 06-10-2023 until 23-10-2023

Who is it addressed to

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Interested people

Los centros especiales de empleo calificados e inscritos en el registro de CEE de la Comunitat Valenciana que, teniendo contratadas personas trabajadoras con diversidad funcional o discapacidad severa, contraten equipos multiprofesionales enmarcados dentro de los servicios de ajuste personal y...

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Requirements

Requisitos generales

 

Las entidades beneficiarias deberán reunir los requisitos establecidos en el art. 3 de la Orden 13/2018 de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la creación o mantenimiento de las unidades de apoyo a la actividad profesional, como medida de fomento del empleo para la inserción de personas con diversidad funcional o discapacidad en Centros Especiales de Empleo.

 

Requisitos específicos

 

a) Personas destinatarias finales: Las personas destinatarias finales del presente programa, serán las personas trabajadoras con diversidad funcional o discapacidad severa de los centros especiales de empleo que se encuentren en alguno de los supuestos que se describen a continuación:

 

- Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado reconocido igual o superior al 33%.

 

- Personas con diversidad funcional o discapacidad física o sensorial con un grado reconocido igual o superior al 65%.

 

b) El personal integrante de las unidades de apoyo a la actividad profesional cuyos costes salariales y de Seguridad Social se financian, deberán ser personas trabajadoras con contrato indefinido en el Centro Especial de Empleo.

How to process

Processing process

1. Las solicitudes deberán acompañarse, de la documentación general y de la documentación específica establecida, firmada electrónicamente, que deberá anexarse por medios telemáticos.

 

2. Cuando la solicitud no reúna los requisitos o no se acompañe la documentación necesaria, se requerirá a la persona solicitante para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistida de su petición, previa resolución expresa y su notificación.

 

3. Si el órgano administrativo instructor del procedimiento lo estima necesario para resolver, el centro especial de empleo deberá aportar la documentación adicional que le sea requerida.

 

4. Una vez instruidos los expedientes, se remitirán a la comisión de valoración, que procederá a evaluar las solicitudes, emitiendo informe en el que se concretará el resultado de dicha evaluación.

 

5. El órgano instructor, a la vista del expediente y del informe del órgano colegiado, formulará propuesta de resolución.

 

6. El procedimiento de concesión de subvenciones reguladas en la Orden 13/2018 será, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, el de concurrencia competitiva mediante el sistema de “prorrateo” entre las entidades beneficiarias del mismo, del importe global máximo destinado al programa.

 

Para efectuar la concesión de las ayudas mediante el sistema de prorrateo, y una vez comprobada la constitución de la unidad de apoyo de acuerdo a los módulos establecidos en el artículo 12 de la Orden 13/2018, se tendrá en cuenta el número de personas trabajadoras con diversidad funcional o discapacidad severa, destinatarias finales de la ayuda, la duración de sus contratos y la jornada de los mismos.

 

A dicho fin, se evaluarán las ayudas correspondientes por cada persona trabajadora con diversidad funcional o discapacidad severa, aplicándose la reducción proporcional a todas las entidades beneficiarias, según el presupuesto existente.

 

7. La competencia para resolver sobre las solicitudes formuladas corresponde a la persona titular de la Dirección General de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación u órgano en quien delegue.

 

8. La resolución de concesión de las ayudas fijará expresamente su cuantía e incorporará, en su caso, las condiciones, obligaciones y determinaciones accesorias a que debe sujetarse la entidad beneficiaria.

 

 

Assessment criteria

 

 

Observations

La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a la Subdirección General de LABORA con competencias en materia de empleo. 2. Examinadas las solicitudes, el órgano instructor emitirá informe donde hará constar que las entidades beneficiarias cumplen todos los...

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Processing bodies
1. La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponderá a la subdirección general de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación con competencias en materia de empleo. 2. Examinadas las solicitudes, el órgano instructor emitirá informe donde hará constar que las...
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Term
From 06-10-2023 until 23-10-2023

 

Las solicitudes de ayudas deberán presentarse en el plazo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución de convocatoria en el DOGV.

 

DOGV. núm. 9698 de 5 de octubre de 2023

 

 

Form of presentation
Telematics

Las solicitudes se presentarán de forma telemática, bien a través de la sede electrónica de la Generalitat Valenciana (https://sede.gva.es), a través del procedimiento habilitado al efecto, o bien a través de la web de LABORA Servicio Valenciano de Empleo y Formación...

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Resolution

Deadline

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución procedente será de cuatro meses, a contar desde el día siguiente a la entrada de la solicitud en el registro telemático de la Generalitat.

 

Transcurrido el plazo anterior sin que se haya dictado y notificado resolución expresa, se entenderá desestimada la pretensión por silencio administrativo, de conformidad con lo previsto en la legislación de Procedimiento Administrativo Común.

 

 

Amount and charge

La cuantía de la subvención se establece como máximo en 1.200,00 euros anuales por cada persona trabajadora con el tipo y grado de diversidad funcional o discapacidad severa indicados en el artículo 11.1 de la Orden 13/2018 de bases reguladoras, contratadas por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses, y a jornada completa.

 

Dicha subvención se reducirá de forma proporcional en función de la jornada y de la duración de los contratos del personal con diversidad funcional o discapacidad severa, siempre que la jornada suponga, como mínimo, la mitad de la jornada habitual de la empresa.

 

Una vez concedida la subvención podrán realizarse pagos anticipados del 80% del total de la ayuda concedida, de acuerdo con los porcentajes establecidos en el artículo 44.4.b) de la Ley 9/2022, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat para el ejercicio 2023.

 

 

Appeal proceeding against the resolution
Optional replacement
Obligations

Si se detectara alguna de las infracciones tipificadas en el título IV de la Ley General de Subvenciones, se seguirá el procedimiento de acuerdo con los artículos 52 y siguientes de la Ley General de Subvenciones, y los artículos 173 y siguientes de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la...

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Silence effect
Dismissal
Exhausts administrative life
Si
Sanctions

 

De conformidad con el artículo 35 de la Ley 2/2015, de 2 de abril , de la Generalitat, Ley de Transparencia y Buen Gobierno y Participación Ciudadana de la Comunitat Valenciana, el incumplimiento de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 6 podrá conllevar el reintegro total o parcial de la subvención concedida, previo procedimiento sancionador que se someterá a lo dispuesto en el Título III de la Ley 2/2015.

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