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Procedure detail
Inscripción en la bolsa de profesorado colaborador, experto en áreas y materias relativas a la Seguridad Pública en el Instituto Valenciano de Seguridad Pública y Emergencias (IVASPE).
What is
El objeto de la convocatoria es crear una bolsa de profesorado especialista en Seguridad en cada una de las especialidades en áreas y materias de seguridad pública y que tendrá carácter autonómico y provincial. La elección provincial se hará efectiva en el momento en el que quede implementada la...
* FUNCIONES A DESARROLLAR POR EL PROFESORADO DEL IVASPE
El personal que ejerza las labores de docencia en el IVASPE para este curso desarrollará las siguientes funciones:
a) Programación y planificación de la docencia de la especialidad.
b) Desarrollo e impartición directa de los contenidos de la especialidad.
c) Tutorización y seguimiento personal del alumnado durante el desarrollo del curso.
d) Evaluación de los alumnos.
* DURACIÓN, EXTINCIÓN Y RENOVACIÓN DE LA PERTENENCIA A LA BOLSA
La duración de la bolsa estará supeditada a las necesidades formativas del IVASPE en futuras ediciones de cualquier curso, en todo caso el IVASPE se reserva el derecho de convocar una nueva bolsa.
La extinción de la condición de formador se puede producir por renuncia del interesado/da o por revocación del IVASPE, por motivos debidamente justificados, vinculados con las funciones o competencias como profesor/a colaborador/a.
* CONDICIONES ADMINISTRATIVAS Y ECONÓMICAS
El IVASPE solicitará la participación del profesorado en las ediciones del curso, mediante contacto telefónico y/ o correo electrónico, debiendo recibirse contestación en el plazo de 48 horas.
Para determinadas especialidades de contenido eminentemente práctico, la comisión de valoración podrá seleccionar equipos de profesorado sobre la base de su experiencia formativa conjunta, siempre que se trate de personal incluido en la bolsa.
Las actividades formativas de este profesorado se retribuyen de acuerdo con el tipo de curso y la categoría del alumnado al que se dirige, siendo aprobadas las retribuciones por la Dirección de la Agencia de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.
El profesorado que tenga la condición de empleado público está sujeto al límite de impartición de 75 horas docentes al año, de acuerdo con lo que establece la normativa de incompatibilidades del Estado.
El personal al servicio de la Administración local está sujeto a lo que establece el artículo 33 del Real decreto 462/2002 de 24 de mayo. Si se superan estos límites, deberá solicitar la compatibilidad con la actividad habitual.
- Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de la Generalitat, de Coordinación de policías locales de la Comunidad Valenciana.
- Decreto 122/2017 de 15 de septiembre del Consell, por el que aprueba el Reglamento Orgánico y Funcional de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.
- RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2021, de la Dirección de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, por la que se amplía la Base de datos de profesorado colaborador, experto en áreas y materias relativas a la seguridad pública en el Instituto Valenciano. de Seguridad Pública...
Who is it addressed to
How to process
1. Tras la presentación de solicitudes una comisión de valoración será la encargada de realizar la baremación de los méritos de las personas solicitantes para la constitución de las bolsas provinciales por especialidades. No obstante la comisión podrá solicitar, en cualquier momento, el asesoramiento de expertos en alguna de las especialidades indicadas en la resolución. Asimismo, decidirá que miembro/s de la misma realizarán las entrevistas.
2. El proceso de baremación constará de dos fases: la valoración de los méritos alegados por las personas aspirantes (autobaremación) y la realización de una entrevista.
3. La comisión de valoración se reunirá dentro de los quince días siguientes a la terminación del plazo de presentación de solicitudes con el fin de valorar los méritos de acuerdo con la información de la autobaremación que se obtendrá al cumplimentar la solicitud.
4. Posteriormente, la comisión de valoración realizará una entrevista en que se valorará la motivación y las expectativas y las capacidades de trabajo en equipo, flexibilidad, de adaptación al cambio y de tolerancia a la presión, con un máximo de 5 puntos. El resultado se sumará a la puntuación obtenida por cada aspirante en los apartados anteriores de este baremo, a fin de obtener, como resultado, la puntuación final del proceso.
5. Para superar la entrevista personal será necesario obtener, como mínimo, dos puntos y será la Comisión de Valoración la que establezca los criterios de ponderación para determinar el otorgamiento de la puntuación de la entrevista correspondiente a cada aspirante.
Aquellos solicitantes que no superen la entrevista quedarán excluidos de la bolsa.
6. La puntuación final obtenida en la baremación tendrá un máximo de 55 puntos y servirá para ordenar a los solicitantes en la Bolsa. En caso de empate, primará la pertenencia a los Cuerpos de la Policía Local y la antigüedad en el mismo.
La puntuación obtenida se publicará en listas independientes para cada especialidad y provincia.
7. En el plazo de 10 días desde esta publicación, los interesados podrán solicitar de forma argumentada a la Comisión que revise su baremación.
8. Tras las revisiones solicitadas se publicarán las listas definitivas.
46010 - València/Valencia
Collaborating certification entities
Request
Las personas interesadas podrán presentar la solicitud de inscripción para participar en este proceso en el plazo de 1 mes desde la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana.
La formalización y presentación de solicitudes se realizará por medio del formulario normalizado.
Los solicitantes deberán presentar la documentación para la baremación en aquellas especialidades en las que quieran adscribirse, indicando asimismo las provincias donde pueden ejercer la labor docente. Las especialidades son las especificadas en la Resolución publicada.
Las personas solicitantes son responsables de la veracidad de los datos que hagan constar en la solicitud, sin perjuicio de las comprobaciones que la comisión de valoración pueda realizar.
a) En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan.
b) En los registros de cualquier órgano administrativo, que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier Administración de las Comunidades Autónomas, a la de cualquier Administración de las Diputaciones Provinciales, Cabildos y Consejos Insulares, a los Ayuntamientos de los Municipios a que se refiere el artículo 121 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, o a la del resto de las entidades que integran la Administración Local si, en este último caso, se hubiese suscrito el oportuno convenio.
c) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
d) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Y, preferentemente, en:
Registro General de la Conselleria de Justicia, Interior y Administración Pública o en Registro Electrónico de la misma Conselleria.
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- Emergencies. Citizen security
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