Ayudas a la certificación de la producción ecológica en la Comunitat Valenciana

Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca

Code SIA: 287811
|
Code GVA: 18688
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From 25-05-2026

Until 12-06-2026

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What is

What is it and what is it for

El objeto de las ayudas es el de fomentar la producción ecológica en el ámbito de la Comunitat Valenciana en el programa de la calidad de los alimentos regulado en el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 834/2007 del Consejo, a través del apoyo a las actividades subvencionables indicadas en el apartado "Observaciones".

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia. La concesión de estas se realizará a todas las personas solicitantes que formulen su solicitud en plazo y acrediten el debido cumplimiento de todos los requisitos, con el límite fijado en cada caso por el crédito disponible.

 

Terms
RequestOpen term
From 25-05-2026 until 12-06-2026
Allegation / ContributionOpen term
From 25-05-2026 00:00:00h
Observations

Son gastos subvencionables las cuotas de mantenimiento anual por control y certificación abonadas por los beneficiarios al Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad Valenciana en el ejercicio correspondiente a la convocatoria.

No se considerarán subvencionables las cuotas de concesión de la certificación, ampliación, reducción del periodo de conversión u otro tipo de gastos abonados al CAECV.

 

 

 

Who is it addressed to

Citizenship
Companies
Interested people

Pueden ser personas beneficiarias de la ayuda las personas físicas o jurídicas inscritas en Registro de operadores titulares de explotaciones agropecuarias (Registro de productores) o en el Registro de operadores titulares de empresas de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación y/o comercialización de productos ecológicos (Registro de empresas), de acuerdo con el artículo 4 de la Orden 30/2010, de 3 de agosto de 2010, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la cual se aprueba el texto del Reglamento sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos, y del Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad Valenciana.

Requirements

- Estar inscritos y no tener retirada definitivamente la certificación en el Registro de operadores titulares de
explotaciones agropecuarias (Registro de productores) o en el Registro de operadores titulares de empresas
de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación o comercialización de productos ecológicos (Registro de empresas) de acuerdo con el artículo 4 y el artículo 34 de la Orden 30/2010, de 3 de agosto de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el texto del Reglamento sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y del Comité d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana (CAECV).
- Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No concurrir ninguna de las circunstancias previstas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003,
General de Subvenciones.
- Haber abonado las cuotas de mantenimiento anual por control y certificación en el ejercicio correspondiente
a la convocatoria, antes de finalizar el plazo de presentación de solicitudes.

How to process

Processing process

- Las solicitudes de subvención se tienen que dirigir a la dirección general competente en materia de
producción ecológica. El plazo de presentación de solicitudes y la manera de presentación se determinará en cada convocatoria.

- Una vez presentada la solicitud con la documentación correspondiente, la instrucción del procedimiento de tramitación de los expedientes se llevará a cabo por el Servicio de Producción ecológica e innovación.

- El órgano instructor puede requerir al solicitante información más ampliada y hacer las actuaciones que considere necesarias para la determinación y la comprobación de datos, todo esto a efectos de una tramitación adecuada del procedimiento hasta la resolución de este.

- El órgano instructor, una vez comprobado que las solicitudes tienen los requisitos, elaborará la propuesta de resolución al órgano competente para la resolución de este procedimiento.

- Las solicitudes de ayudas las resolverá la persona titular de la dirección general con competencias en materia de producción ecológica, con la propuesta previa del órgano instructor.


- Contra la resolución mencionada se podrán interponer los recursos pertinentes, que se tienen que indicar en esta.

Collaborating certification entities

Request

Term
From 25-05-2026 until 12-06-2026

El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas para el apoyo a la certificación de la producción ecológica en la Comunidad Valenciana, será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 10368, de 22.05.2026)

Documentation

La acreditación de la documentación relacionada se efectuará sin perjuicio de lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuando la Administración actuante consulte o recabe datos o documentos en el ámbito de los fines de la convocatoria que estén en su poder o que hayan sido elaborados por cualquier otra Administración, el régimen aplicable será el siguiente:

a) El órgano gestor del procedimiento deberá estar autorizado por la persona interesada para poder consultar los datos de estar al corriente de los pagos con la Agencia Tributaria, estatal y autonómica, y los datos de identidad fiscal ante la Agencia Estatal de la Administración Tributaria. En caso contrario, la persona interesada deberá aportar los documentos acreditativos correspondientes.

b) El órgano gestor del procedimiento tiene potestad para consultar los datos de estar al corriente con la Tesorería de la Seguridad Social y estar inscritos en el Registro de operadores titulares de explotaciones agropecuarias (Registro de productores), en el Registro de operadores titulares de empresas de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación y/o comercialización de productos ecológicos (Registro de empresas) del Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad Valenciana (*), y la obtención de la certificación emitida por el Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad Valenciana, con la indicación de los importes abonados y no devueltos.

En caso de que el solicitante se oponga al hecho que el órgano gestor obtenga directamente esta información, lo tiene que indicar expresamente en el formulario, de forma que quedará obligado a aportar los documentos acreditativos correspondientes.

c) El órgano gestor podrá verificar la exactitud de los datos declarados por la persona interesada, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, en el artículo 4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

 

Documentación

- Acreditar, mediante una declaración responsable, la no concurrencia de ninguna de las circunstancias previstas en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, incluida la inexistencia de obligaciones de reintegro de otras subvenciones o ayudas, o, en su caso, el fiel cumplimiento de sus obligaciones de reintegro de otras subvenciones o ayudas, conforme a los términos establecidos en el artículo 21 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, aprobado por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, y comprometerse a cumplir con este requisito durante el tiempo inherente al ejercicio del derecho de cobro de la subvención.

- Presentar, si procede, la declaración responsable de las ayudas de minimis concedidas al solicitante durante los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, con la indicación del importe, el organismo, la fecha de concesión y el régimen de ayudas en que se ampara, o si procede, la declaración de no haber recibido ninguno.

- Presentar la factura o las facturas de mantenimiento de la certificación correspondiente en 2026, emitidas por el Comité d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana, junto con los correspondientes justificantes bancarios de su pago. No se considerarán subvencionables las facturas de concesión de la certificación, ampliación, reducción del periodo de conversión u otro tipo de gastos abonados al CAECV.

-El trámite para dar de alta una nueva cuenta bancaria, modificarlo o darlo de baja se puede realizar de manera telemática (sede.gva.es/proc22648). Las personas no obligadas a realizar el trámite telemático pueden optar para hacerlo de manera no automatizada (sede.gva.es/proc15996), y en este caso tendrán que aportar el correspondiente modelo de domiciliación bancaria, debidamente rellenado y firmado.

 

(*) Las acreditaciones de estar inscritos en los mencionados registros son competencia del Comité de Agricultura Ecológica de la Comunidad Valenciana.

 

Centro Tecnológico Hortofrutícola

C/ Tramontana, 16, 46240 Carlet

Centro Tecnológico Hortofrutícola

T. 96 253 82 41

F. 96 255 80 23

caecv@caecv.com

Form of presentation
Telematics

Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 4 del Decreto 54/2025, de 15 de abril, del Consell, de simplificación administrativa...

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Face-to-face

a) En las oficinas de asistencia en materia de registros (https://www.gva.es/es/inicio/atencion_ciudadano/buscadores/registros).

b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Y, preferentemente, en los registros que se indica a continuación.

No obstante, los solicitantes que sean personas jurídicas, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, están obligados a relacionarse con ellas a través de medios electrónicos, por lo que la presentación de solicitudes debe realizarse electrónicamente. 

Where to go

Allegation / Contribution

Term
From 25-05-2026 00:00:00h
Form of presentation
Telematics

Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, y del artículo 4 del Decreto 54/2025, de 15 de abril, del Consell, de simplificación administrativa...

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Resolution

Deadline

El plazo de máximo de resolución y notificación se establece en 6 meses, a contar desde la fecha del inicio del plazo de presentación de solicitudes.

Amount and charge

- La intensidad de la ayuda será el porcentaje máximo de los gastos subvencionables que sea permitido
por la reglamentación europea de aplicación.


- La cuantía de la ayuda que se otorgará al beneficiario no podrá superar el importe de 2.000 euros anuales.


- El importe total de las ayudas minimis concedidas a una única empresa dedicada a la producción primaria
de productos agrícolas, no excederá 50.000 euros durante cualquier periodo de tres años inmediatamente
anteriores a la presentación de la solicitud.


- El importe total de las ayudas de minimis concedidas a una única empresa no dedicada a la producción
primaria de productos agrícolas, no excederá 300.000 euros durante cualquier periodo de tres años
inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud.

Appeal proceeding against the resolution
Optional replacement / contentious-administrative
Obligations

a) Estar inscritos y no tener retirada definitivamente la certificación en el Registro de operadores titulares de
explotaciones agropecuarias (Registro de productores) o en el Registro de operadores titulares de empresas
de elaboración, manipulación, envasado, almacenamiento, exportación o comercialización de productos ecológicos (Registro de empresas) de acuerdo con el artículo 4 y el artículo 34 de la Orden 30/2010, de 3 de agosto, de la Conselleria de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueba el texto del Reglamento sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y del Comité d'Agricultura Ecològica de la Comunitat Valenciana (CAECV).


b) Acreditar, con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión, hallarse al corriente en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. De acuerdo con lo dispuesto en el
artículo 28 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, la presentación de la solicitud de la ayuda conlleva la
autorización al órgano gestor del procedimiento para obtener directamente los datos de identidad del
solicitante o, en su caso, de su representante legal y de estar al corriente con el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En caso de que el solicitante se oponga a que el órgano
gestor obtenga directamente esta información, deberá indicarlo expresamente en el formulario, quedando
obligado a aportar los documentos acreditativos correspondientes.


c) Someterse a las actuaciones de comprobación, a efectuar por el órgano concedente, así como cualesquiera otras de comprobación y control financiero que corresponden a la Intervención General en relación con las subvenciones y ayudas concedidas y a las previstas en la legislación del Tribunal de Cuentas, aportando cuanta información le sea requerida en el ejercicio de dichas actuaciones. Asimismo deberán someterse a los controles sobre el terreno y a posteriori a realizar por el órgano competente.


d) Acreditar, mediante declaración responsable, la no concurrencia de ninguna de las circunstancias previstas
en los puntos 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, general de subvenciones.


e) Comunicar al órgano concedente, en la solicitud de subvención, así como en cualquier momento de la
vigencia del expediente, la solicitud u obtención de otras ayudas para la misma finalidad por otras
administraciones o entes públicos, así como la modificación de las circunstancias que hubieran fundamentado
la concesión de la subvención en los términos de esta orden. En el caso de que la solicitud o concesión de
otras ayudas, o la modificación de las circunstancias que hubieran motivado la concesión de la ayuda, se
efectúen durante la tramitación del expediente, esta comunicación deberá efectuarse tan pronto como se
conozca y, en todo caso, con anterioridad a la justificación de la aplicación dada a los fondos percibidos.


f) Presentar, en su caso, declaración responsable de las ayudas de minimis concedidas al solicitante durante
los dos ejercicios fiscales anteriores y durante el ejercicio fiscal en curso, con indicación del importe,
organismo, fecha de concesión y régimen de ayudas en que se ampara, o en su caso, declaración de no haber
recibido ninguna.


g) Proceder al reintegro de los fondos percibidos cuando proceda conforme a lo establecido en los artículos 36, 37 y 40 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.


h) Cualquier otra que legalmente corresponda como beneficiario de subvenciones públicas.

Observations

Podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el conseller competente en materia de producción ecológica en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, o impugnarse directamente ante el orden jurisdiccional mediante la interposición de recurso...

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Silence effect
Dismissal
Exhausts administrative life
Si
Sanctions

El régimen sancionador en la materia regulada será el establecido en el título IV de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en sus preceptos básicos así como en el titulo X capítulo IV de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector...

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Frequent questions

Doubts about telematic processing
Where to consult questions about the procedure:

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TOPICS

  • Citizens
    • Financial aids, grants and subsidies
  • Companies
    • Agriculture, stockbreeding and fisheries
      • Financial aids, grants and subsidies

SUBJECT

  • Agriculture, livestock and fishing
    • Agriculture

PROFILES

  • Citizenship
  • Company

SECTOR

  • Agriculture, food, livestock, fisheries and forestry activities
    • Agriculture

SUBJECT

  • Sustainability

TYPE

  • Aid, grants and subsidies