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Instalaciones de producción de energía eléctrica conectadas en alta tensión a redes de transporte o distribución de energía eléctrica: nueva, ampliación o reforma, cambio de titularidad y cierre o desmantelamiento de la instalación. Energía
Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
What is
Posibilitar la presentación ante el Servicio Territorial competente en materia de energía de la Generalitat Valenciana:
A) De la SOLICITUD:
- De AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA
- O de AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN,
- O de AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y DE CONSTRUCCIÓN CONJUNTAMENTE,
de NUEVAS instalaciones de PRODUCCIÓN de energía eléctrica conectadas en ALTA TENSIÓN a redes de transporte o distribución de energía eléctrica contempladas en el Reglamento sobre Centrales Eléctricas, Subestaciones y Centros de Transformación y en la de cualquier tecnología, salvo las centrales fotovoltaicas que vayan a emplazarse sobre suelo no urbanizable y parques eólicos.
B) De la SOLICITUD:
- De AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA
- O de AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN,
- O de AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y DE CONSTRUCCIÓN CONJUNTAMENTE,
de la MODIFICACIÓN de las instalaciones descritas en el apartado A).
* Nota: Para determinar el tipo de autorización que requiere la modificación, consulte el artículo 115 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de enErgía eléctrica.
C) De la SOLICITUD de AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA de CAMBIO DE TITULARIDAD de las instalaciones referidas en el apartado A).
D) De la SOLICITUD de AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA de CIERRE O DESMANTELAMIENTO de las instalaciones indicadas en el apartado A), sea este TEMPORAL o DEFINITIVO.
..........................................................................
1. La INFORMACIÓN SOBRE EXPEDIENTES EN TRÁMITE y sobre DUDAS o CONSULTAS respecto al CONTENIDO de este procedimiento se ofrece a través del correspondiente SERVICIO TERRITORIAL competente en materia de ENERGÍA, solicitándola en la forma indicada en el apartado "Información y registro" de la página web de la Conselleria competente en esa materia (ver enlace directo en el apartado "Qué necesitas saber > Qué es > Enlaces" de este trámite).
Consulte también la información disponible en el área de ENERGÍA de la página web de la Conselleria competente en esa materia (ver acceso a este área en el apartado "Qué necesitas saber > Qué es > Enlaces").
2. Para incidencias INFORMÁTICAS (solo errores o problemas de carácter informático), en el apartado "Ayuda > Preguntas frecuentes" del presente trámite:
- Dispone de una lista de preguntas frecuentes sobre tramitación telemática en la Generalitat Valenciana.
- Y, si pese a ello sigue necesitando ayuda informática, dispone de un FORMULARIO DE PROBLEMAS TÉCNICOS a través del cual puede enviar su duda, problema o consulta de tipo informático.
- Apartado "Información y registro" de la página web de la Conselleria competente en materia de Energía (para solicitar información específica sobre trámites o estado de los expedientes de Energía)
- Apartado "Presentación y contacto" del área de ENERGÍA de la página web de la Conselleria competente en materia de Energía
- Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico (BOE núm. 310, de 27/12/2013). BOE núm. 310 de 27-12-2013
- Real Decreto 1183/2020, de 29 de diciembre, de acceso y conexión a las redes de transporte y distribución de energía eléctrica (BOE núm. 340, de 30/12/2020). BOE núm. 340 de 30-12-2020
- Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27/12/2000). BOE núm. 310 de 27-12-2000
- Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía renovables, cogeneración y residuos (BOE núm. 140, de 10/06/2014). BOE núm. 140 de 10-06-2014
- Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión (BOE núm. 224, de 18/09/2002). BOE núm. 224 de 18-09-2002
- Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 09/06/2014). BOE núm. 139 de 09-06-2014
- Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19/03/2008). BOE núm. 68 de 19-03-2008
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental (BOE núm. 296, de 11/12/2013). BOE núm. 296 de 11-12-2013
- Acuerdo de 26 de julio de 2001, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el Plan Eólico de la Comunidad Valenciana (DOGV núm. 4054, de 31/07/2001). DOGV núm. 4054 de 31-07-2001
- Decreto 88/2005, de 29 de abril, del Consell de la Generalitat, por el que se establecen los procedimientos de autorización de instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica que son competencia de la Generalitat (DOGV núm. 4999, de 05/05/2005). DOGV núm. 4999 de...
- Decreto Ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica (DOGV núm. 8893, de 28/08/2020). DOGV núm. 8893 de 28-08-2020
- Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se establece la obligatoriedad de comunicaciones y notificaciones por medios electrónicos en determinados trámites y procedimientos en las materias de Industria, Energía...
- Real Decreto 997/2025, de 5 de noviembre, por el que se aprueban medidas urgentes para el refuerzo del sistema eléctrico. BOE núm. 267 de 06-11-2025
Who is it addressed to
La personal titular de la instalación, o su representante*.
* Pueden realizarse trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat Valenciana actuando en representación de otra persona (física o jurídica):
- Bien utilizando un certificado electrónico de representante.
- O bien sin utilizar un certificado electrónico de representante, en cuyo caso la persona representada debe inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV (ver información disponible sobre ese registro en los apartados "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" y "Ayuda > Enlaces de interés" del presente trámite).
Sin esa inscripción previa o sin un certificado electrónico de representante NO puede realizarse el trámite telemático en representación de otra persona. No obstante, en esos casos puede utilizarse la BANDEJA DE FIRMAS, que es una funcionalidad integrada en la Carpeta Ciudadana para posibilitar que la persona en nombre de la cual se quiere realizar el trámite telemático firme el/los formulario/s web, el/los documento/s a anexar (en su caso) y su presentación final en registro. En la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana dispone de ayuda con preguntas frecuentes sobre la Carpeta Ciudadana, que incluye un tutorial de funcionamiento de la Bandeja de Firmas (ver también enlaces en los apartados "Ayuda > Preguntas frecuentes" y "Ayuda > Enlaces de interés" de este trámite) y, además, en el propio trámite telemático se le irán indicando los pasos a seguir.
How to process
A) En caso de NUEVA INSTALACIÓN (ALTA) o de MODIFICACIÓN SUSTANCIAL de una instalación:
Este procedimiento tiene DOS FASES (1ª y 2ª):
* 1ª FASE DEL PROCEDIMIENTO:
1. PRESENTACIÓN obligatoriamente TELEMÁTICA de la SOLICITUD de autorización y de la documentación exigida en cada caso (incluida la acreditativa del pago de la tasa), ANTE el Servicio Territorial competente en materia de energía de la provincia de la Comunitat Valenciana donde vaya a ubicarse o esté ubicada la instalación.
Una vez registrada la solicitud telemática, la persona solicitante recibirá un correo electrónico con el código o número de expediente administrativo abierto (expediente ATREGI).
* Nota: se abrirá expediente ATREGI correspondiente a la instalación de generación de energía eléctrica, en base a la solicitud de este procedimiento, independientemente de los expedientes que corresponda abrir para cada uno de los centros de transformación, subestaciones y líneas de alta tensión anexas a la instalación de generación de energía eléctrica, de conformidad con el procedimiento denominado "Subestaciones y centros de transformación de energía eléctrica anexos a instalaciones de producción de energía eléctrica y líneas eléctricas de alta tensión de titularidad particular".
2. Revisadas la solicitud y la documentación presentadas, pueden ocurrir dos cosas:
a) Comprobado que la solicitud y la documentación presentadas son correctas y completas, el Servicio
Territorial competente realizará la tramitación correspondiente y, una vez completada ésta, emitirá RESOLUCIÓN conjunta o individual de:
- Autorización administrativa previa prevista en la regulación del sector eléctrico.
- Autorización administrativa de construcción.
Esta autorización permite a la solicitante ejecutar la instalación.
b) Si la solicitud y/o la documentación presentadas NO son correctas y completas, el Servicio Territorial
realizará un requerimiento a la solicitante para que la/s subsane.
La subsanación también debe realizarse por vía telemática, utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo a ese trámite en el apartado "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" y también directamente en el botón "SUBSANACIÓN > PRESENTACIÓN AUTENTICADA" destacado en color rojo en el apartado "Tramitación > Subsanación > Forma de presentación").
Tras ello:
- Si la persona interesada aporta la documentación correcta y completa, se procede según se ha descrito en el punto a) anterior.
- Si la persona interesada NO aporta la documentación correcta o es incompleta, transcurrido el plazo correspondiente se resuelve declarándola desistida de su solicitud y se archiva el expediente.
* 2ª FASE DEL PROCEDIMIENTO:
1. Ejecución de la instalación autorizada.
* Nota: en el caso de que se requiera conectar la instalación a la red de transporte o distribución para la realización de pruebas previas a la puesta en servicio de la misma, se solicitará autorización de puesta en servicio para pruebas.
2. PRESENTACIÓN obligatoriamente TELEMÁTICA de la SOLICITUD de EXPLOTACIÓN o PUESTA EN SERVICIO de la instalación y de la documentación exigida en cada caso, ANTE el Servicio Territorial competente en materia de energía de la provincia de la Comunitat Valenciana donde esté ubicada la instalación, que, en consecuencia, será el que habrá tramitado la 1ª fase del procedimiento.
Esta presentación también debe realizarse por vía telemática, pero utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo a ese trámite en el apartado "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" y también directamente en el botón "SUBSANACIÓN > PRESENTACIÓN AUTENTICADA" destacado en color rojo en el apartado "Tramitación > Subsanación > Forma de presentación").
3. Efectuados los trámites procedentes, si todo es correcto y completo, el Servicio Territorial competente emitirá RESOLUCIÓN de autorización de explotación o puesta en servicio de la instalación.
Una vez obtenida esta autorización, el titular de la instalación, deberá iniciar el trámite de inscripción en el Registro Autonómico de Instalaciones de Producción de Energía Eléctrica.
...........................................................
B) En caso de MODIFICACIÓN NO SUSTANCIAL de una instalación existente ya autorizada:
- Ver puntos 2 y 3 del apartado 2ª FASE DEL PROCEDIMIENTO anterior. Se deberá incluir la documentación técnica de las modificaciones realizadas.
C) En caso de CAMBIO DE TITULARIDAD de una instalación ya autorizada:
1. PRESENTACIÓN obligatoriamente TELEMÁTICA de la SOLICITUD de autorización y de la documentación exigida en cada caso (incluida la acreditativa del pago de la tasa), ANTE el Servicio Territorial competente en materia de energía de la provincia de la Comunitat Valenciana donde esté ubicada la instalación.
Una vez registrada la solicitud telemática, la persona solicitante recibirá un correo electrónico con el código o número de expediente administrativo abierto (expediente ATREGI).
2. Efectuados los trámites procedentes, si todo es correcto y completo, el Servicio Territorial competente emitirá la RESOLUCIÓN de autorización administrativa para la transmisión de la titularidad de la instalación.
3. Perfeccionada la transmisión, la nueva persona titular presentará la documentación acreditativa de la misma, ante el correspondiente Servicio Territorial competente en materia de energía.
Esta presentación también debe realizarse por vía telemática, pero utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo a ese trámite en el apartado "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" y también directamente en el botón "SUBSANACIÓN > PRESENTACIÓN AUTENTICADA" destacado en color rojo en el apartado "Tramitación > Subsanación > Forma de presentación").
4. Una vez realizado este trámite de cambio de titularidad de la instalación, su titular deberá, realizar el trámite de solicitud de inscripción del cambio de titularidad de la instalación en el registro de instalaciones de producción de energía eléctrica.
D) En caso de CIERRE O DESMANTELAMIENTO (temporal o definitivo) de una instalación:
1. PRESENTACIÓN obligatoriamente TELEMÁTICA de la SOLICITUD de autorización y de la documentación exigida en cada caso (incluida la acreditativa del pago de la tasa), ANTE el Servicio Territorial competente en materia de energía de la provincia de la Comunitat Valenciana donde esté ubicada la instalación. Una vez registrada la solicitud telemática, la persona solicitante recibirá un correo electrónico con el código o número de expediente administrativo abierto (expediente ATREGI).
2. El Servicio Territorial solicitará al gestor de red a la que se conecta informe previo sobre la solicitud de autorización de cierre.
3. Efectuados los trámites procedentes, si todo es correcto y completo, el Servicio Territorial competente emitirá la RESOLUCIÓN de autorización de cierre
4. En caso de cierre definitivo, tras los trabajos de desconexión, y en su caso desmantelamiento, se presentará la documentación acreditativa de los mismos, ante el correspondiente Servicio Territorial competente en materia de energía. Esta presentación también debe realizarse por vía telemática, pero utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).". (Ver enlace directo a ese trámite en el apartado "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" y también directamente en el botón "SUBSANACIÓN > PRESENTACIÓN AUTENTICADA"
destacado en color rojo en el apartado "Tramitación > Subsanación > Forma de presentación")
5. Una vez realizado este trámite de cierre de la instalación, su titular deberá, si procede, realizar el trámite de solicitud de baja de la instalación en el registro de instalaciones de producción de energía eléctrica.
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Related procedures
Collaborating certification entities
Forms
- INPEECAT. INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA CONECTADAS EN ALTA TENSIÓN
- FULRELEC. HOJA RESUMEN DE INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
- CERFENAL. CERTIFICADO FINAL DE OBRA, DE CIERRE Y DESMANTELAMIENTO: INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA CONECTADAS EN ALTA TENSIÓN
- DEREINFA. DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A LA PRESENTACIÓN DE INFORMES FAVORABLES. DECLARACIÓN CONFORMIDAD CONDICIONADO
- DECRESTP. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA PERSONA TÉCNICA COMPETENTE PROYECTISTA
- CERINELE. CERTIFICADO DE INSPECCIÓN - CENTRAL DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LOS TÉCNICOS COMPETENTES PROYECTISTA Y DIRECTOR DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS
Request
Durante todo el año y siempre con carácter previo a realizar la acción que requiere autorización administrativa (alta, modificación, cambio de titularidad, cierre o desmantelamiento).
* IMPORTANTE:
A) La documentación debe presentarse a través del trámite telemático al que se accede haciendo click en SOLICITUD > PRESENTACIÓN AUTENTICADA (en color rojo más abajo) o en TRAMITAR (también en color rojo al inicio de este trámite).
B) En el trámite telemático se indica el tamaño máximo permitido de los documentos a anexar y sus posibles formatos o extensiones (pdf, doc, odt, xls, ods, zip, etc.). Compruébelo antes de anexarlos.
Si, en su caso, el tamaño de los documentos que ha de presentar a través del trámite telemático excediera del tamaño máximo admitido por la Plataforma de Teletramitación de la Generalitat Valenciana:
- Presente a través de él todos los documentos que le permita anexar y regístrelo.
- Y, tras haberlo registrado, aporte a continuación los demás documentos requeridos para obtener la autorización que no haya podido presentar, utilizando para ello, tantas veces como sea necesario, el trámite telemático de "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana". (Ver enlace directo a ese trámite en el apartado "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" y también directamente en el botón "SUBSANACIÓN > PRESENTACIÓN AUTENTICADA" destacado en color rojo en el apartado "Tramitación > Subsanación > Forma de presentación").
En él ha de indicarse el número de expediente administrativo que se habrá abierto con la solicitud inicial y que constará, tanto en el correo electrónico recibido tras registrar la solicitud, como en la Carpeta Ciudadana de la solicitante (ver enlaces a ella en los apartados "Ayuda > Enlaces de interés" y "Ayuda > Preguntas frecuentes").
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR en este trámite:
A) En caso de solicitar la AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA de una NUEVA instalación (ALTA), o de la MODIFICACIÓN de una instalación ya existente:
1º - SOLICITUD según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el trámite TELEMÁTICO, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente.
En concreto, este formulario web de solicitud consta, a su vez, de los siguientes FORMULARIOS WEB:
1. FORMULARIO DATOS GENERALES
Es de cumplimentación y firma obligatorias y en él debe seleccionarse el tipo de Autorización que se solicita, según proceda, como tipo de petición.
2º - En el paso 3-Documentar del trámite telemático debe anexarse la siguiente documentación:
1. ANEXO a la solicitud relativa a instalaciones de producción de energía eléctrica conectadas en alta tensión, según modelo normalizado denominado INPEECAT, incluido como formulario pdf de este trámite y también disponible en el trámite telemático.
2. Hoja resumen de la instalación firmada por la persona técnica proyectista y por la persona titular (según modelo normalizado denominado FULLFEPI, disponible en el trámite telemático y también como formulario pdf de este trámite).
3. ANTEPROYECTO de la instalación, que debe contener:
a) Memoria en la que se consignen las especificaciones siguientes:
- Ubicación de la instalación o, cuando se trate de líneas, origen, recorrido y fin de la misma.
- Objeto de la instalación.
- Características principales de la misma.
- Justificación de la necesidad de la instalación y de que no genera incidencias negativas en el sistema.
b) Puntos de conexión de la infraestructura eléctrica.
Ha de indicarse claramente el punto, o puntos si fuera el caso, de la red existente a la que se pretenden conectar las instalaciones de las que se solicita autorización, señalando, para cada uno de ellos, el emplazamiento geográfico, el titular y las características que lo definan.
c) Planos de la instalación a escala mínima 1:50.000.
d) Presupuesto estimado de la misma.
4. Declaración responsable de la persona técnica titulada competente proyectista o de la persona directora de ejecución de las obras, en caso de que el anteproyecto no disponga de visado por colegio profesional. Esta declaración se presentará en el modelo normalizado denominado DECRESTE, disponible en el trámite telemático y también como formulario pdf de este trámite.
5. Listado de los elementos, espacios, servicios e instalaciones públicas afectados por la actuación, así como de la titularidad administrativa de los mismos, con el fin de formular las consultas necesarias para la valoración de las citadas afecciones, durante la fase de consultas, siendo la persona promotora la responsable de su identificación.
6. Separata de la parte de la documentación que sea de interés para las Administraciones Públicas, organismos y, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general, con bienes o servicios a su cargo afectados por la instalación.
7. Informes favorables de las distintas administraciones públicas, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o empresas de interés general, con bienes o derechos a su cargo afectados por la instalación.
* NOTA: estos informes se presentarán solo si se dan esos supuestos e implicará la presentación de la declaración DEREINFA, que se indica a continuación.
8. En su caso, declaración responsable relativa a la presentación de informes favorables de administraciones públicas, organismos o empresas de servicio público o de interés general, así como, en su caso, conformidad con el condicionado. Esta declaración se presentará en el modelo normalizado denominado DEREINFA, disponible en el trámite telemático y también como formulario pdf de este trámite.
9. Resguardo acreditativo de haber depositado la garantía económica establecida para la solicitud de los permisos de acceso y conexión a las redes de transporte o distribución, en su caso, necesario para la admisión a trámite de la solicitud, en su caso.
10. Documento justificativo de haber obtenido los derechos de acceso y conexión a las redes de transporte o distribución a favor de la persona titular de la autorización solicitada, en su caso, necesario para otorgar la autorización administrativa previa, en su caso.
11. Documentos acreditativos de la capacidad legal, técnica y económico-financiera de la persona promotora para llevar a cabo el proyecto, sin perjuicio de la documentación exigible sobre la acreditación de recursos económicos y financieros para materializar el proyecto antes de otorgar las autorizaciones administrativas.
12. MEMORIA, en la que ha de justificarse el cumplimiento de los criterios generales y específicos establecidos en los artículos 8 a 11 del Decreto Ley 14/2020, así como también de los criterios del Plan Eólico de la Comunitat Valenciana en caso de parques eólicos, acompañada de los planos y del resto de información o documentos necesarios.
13. Autorización ambiental integrada o licencia ambiental, en su caso.
14. Pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales, en su caso.
15. Estudio de Integración Paisajística, en su caso.
16. Estudio de impacto ambiental, incluyendo su documento de síntesis, en caso de que el proyecto esté sometido a evaluación ambiental ordinaria.
En el supuesto de estar sometido a evaluación ambiental simplificada ha de presentarse Documento ambiental.
17. Justificación de la solicitud de Declaración de Utilidad Pública en concreto y Relación de bienes y derechos afectados, en su caso.
3º - Justificante del pago de la TASA correspondiente.
En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe anexarse el justificante del pago de la tasa que corresponda.
B) En caso de solicitar la AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA DE CONSTRUCCIÓN de una NUEVA instalación (ALTA), o de la MODIFICACIÓN de una instalación ya existente:
1º - SOLICITUD según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el trámite TELEMÁTICO, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente.
En concreto, este formulario web de solicitud consta, a su vez, de los siguientes FORMULARIOS WEB:
1. FORMULARIO DATOS GENERALES
Es de cumplimentación y firma obligatorias y en él debe seleccionarse "Autorización administrativa de
construcción - Nueva" o "Autorización administrativa de construcción - Modificación", según proceda, como tipo de petición.
2º - En el paso 3-Documentar del trámite telemático debe anexarse la siguiente documentación:
1. ANEXO a la solicitud relativa a instalaciones de producción de energía eléctrica conectadas en alta tensión, según modelo normalizado denominado INPEECAT, incluido como formulario pdf de este trámite y también disponible en el trámite telemático.
2. Hoja resumen de la instalación firmada por la persona técnica proyectista y por la persona titular (según modelo normalizado denominado FULLFEPI, disponible en el trámite telemático y también como formulario pdf de este trámite).
3. PROYECTO de la instalación, firmado por persona técnica titulada competente.
El proyecto debe incluir los PLANOS de emplazamiento de la instalación y de localización de las instalaciones y equipos, inclusive del sistema de evacuación.
4. Declaración responsable de la persona técnica titulada competente proyectista o de la persona directora de ejecución de las obras, en caso de que el anteproyecto no disponga de visado por colegio profesional. Esta declaración se presentará en el modelo normalizado denominado DECRESTE, disponible en el trámite telemático y también como formulario pdf de este trámite.
5. Declaración responsable de la persona técnica competente proyectista, según modelo normalizado denominado DECRESTP, disponible en el trámite telemático y también como formulario pdf de este trámite.
6. Listado de los elementos, espacios, servicios e instalaciones públicas afectados por la actuación, así como de la titularidad administrativa de los mismos, con el fin de formular las consultas necesarias para la valoración de las citadas afecciones, durante la fase de consultas, siendo la persona promotora la responsable de su identificación.
7. Separata de la parte de la documentación que sea de interés para las Administraciones Públicas, organismos y, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general, con bienes o servicios a su cargo afectados por la instalación.
8. Informes favorables de las distintas administraciones públicas, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o empresas de interés general, con bienes o derechos a su cargo afectados por la instalación.
* NOTA: estos informes se presentarán solo si se dan esos supuestos e implicará la presentación de la declaración DEREINFA, que se indica a continuación.
9. En su caso, declaración responsable relativa a la presentación de informes favorables de administraciones públicas, organismos o empresas de servicio público o de interés general, así como, en su caso, conformidad con el condicionado. Esta declaración se presentará en el modelo normalizado denominado DEREINFA, disponible en el trámite telemático y también como formulario pdf de este trámite.
3º - Justificante del pago de la TASA correspondiente.
En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe anexarse el justificante del pago de la tasa que corresponda.
C) En caso de solicitar la AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA Y DE CONSTRUCCIÓN CONJUNTAMENTE de una NUEVA instalación (ALTA), o de la MODIFICACIÓN de una instalación ya existente:
1º - SOLICITUD según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el trámite TELEMÁTICO, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente.
En concreto, este formulario web de solicitud consta, a su vez, de los siguientes FORMULARIOS WEB:
1. FORMULARIO DATOS GENERALES
Es de cumplimentación y firma obligatorias y en él debe seleccionarse "Autorización administrativa previa y de construcción - Nueva" o "Autorización administrativa previa y de construcción - Modificación", según proceda, como tipo de petición.
2º - En el paso 3-Documentar del trámite telemático debe anexarse la siguiente documentación:
1. ANEXO a la solicitud relativa a instalaciones de producción de energía eléctrica conectadas en alta tensión, según modelo normalizado denominado INPEECAT, incluido como formulario pdf de este trámite y también disponible en el trámite telemático.
2. Hoja resumen de la instalación firmada por la persona técnica proyectista y por la persona titular (según modelo normalizado denominado FULLFEPI, disponible en el trámite telemático y también como formulario pdf de este trámite).
3. PROYECTO de la instalación, firmado por persona técnica titulada competente.
Contendrá la justificación de la necesidad de la instalación y de que no genera incidencias negativas en el sistema, así como el punto de conexión a la red existente señalando su emplazamiento geográfico, titular y las características que lo definan.
El proyecto debe incluir los PLANOS de emplazamiento de la instalación y de localización de las instalaciones y equipos, inclusive del sistema de evacuación.
4. Declaración responsable de la persona técnica titulada competente proyectista o de la persona directora de ejecución de las obras, en caso de que el anteproyecto no disponga de visado por colegio profesional. Esta declaración se presentará en el modelo normalizado denominado DECRESTE, disponible en el trámite telemático y también como formulario pdf de este trámite.
5. Listado de los elementos, espacios, servicios e instalaciones públicas afectados por la actuación, así como de la titularidad administrativa de los mismos, con el fin de formular las consultas necesarias para la valoración de las citadas afecciones, durante la fase de consultas, siendo la persona promotora la responsable de su identificación.
6. Separata de la parte de la documentación que sea de interés para las Administraciones Públicas, organismos y, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general, con bienes o servicios a su cargo afectados por la instalación.
7. Informes favorables de las distintas administraciones públicas, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o empresas de interés general, con bienes o derechos a su cargo afectados por la instalación.
* NOTA: estos informes se presentarán solo si se dan esos supuestos e implicará la presentación de la declaración DEREINFA, que se indica a continuación.
8. En su caso, declaración responsable relativa a la presentación de informes favorables de administraciones públicas, organismos o empresas de servicio público o de interés general, así como, en su caso, conformidad con el condicionado. Esta declaración se presentará en el modelo normalizado denominado DEREINFA, disponible en el trámite telemático y también como formulario pdf de este trámite.
9. Resguardo acreditativo de haber depositado la garantía económica establecida para la solicitud de los permisos de acceso y conexión a las redes de transporte o distribución, en su caso, necesario para la admisión a trámite de la solicitud, en su caso.
10. Documento justificativo de haber obtenido los derechos de acceso y conexión a las redes de transporte o distribución a favor de la persona titular de la autorización solicitada, en su caso, necesario para otorgar la autorización administrativa previa, en su caso.
11. Documentos acreditativos de la capacidad legal, técnica y económico-financiera de la persona promotora para llevar a cabo el proyecto, sin perjuicio de la documentación exigible sobre la acreditación de recursos económicos y financieros para materializar el proyecto antes de otorgar las autorizaciones administrativas.
12. MEMORIA, en la que ha de justificarse el cumplimiento de los criterios generales y específicos establecidos en los artículos 8 a 11 del Decreto Ley 14/2020, así como también de los criterios del Plan Eólico de la Comunitat Valenciana en caso de parques eólicos, acompañada de los planos y del resto de información o documentos necesarios.
13. Autorización ambiental integrada o licencia ambiental, en su caso.
14. Pliego general de normas de seguridad en prevención de incendios forestales, en su caso.
15. Estudio de Integración Paisajística, en su caso.
16. Estudio de impacto ambiental, incluyendo su documento de síntesis, en caso de que el proyecto esté sometido a evaluación ambiental ordinaria.
En el supuesto de estar sometido a evaluación ambiental simplificada ha de presentarse Documento ambiental.
17. Justificación de la solicitud de Declaración de Utilidad Pública en concreto y Relación de bienes y derechos afectados, en su caso.
3º - Justificante del pago de la TASA correspondiente.
En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe anexarse el justificante del pago de la tasa que corresponda.
D) En caso de solicitar la AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA de CAMBIO DE TITULARIDAD de la instalación
1º - SOLICITUD según modelo normalizado en FORMULARIO WEB disponible en el trámite TELEMÁTICO, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente.
En él debe seleccionarse "Cambio de titularidad", como tipo de petición.
2º - En el paso 3-Documentar del trámite telemático debe anexarse la siguiente documentación:
1. ANEXO a la solicitud relativa a instalaciones de producción de energía eléctrica conectadas en alta tensión, según modelo normalizado denominado INPEECAT, incluido como formulario pdf de este trámite y también disponible en el trámite telemático.
2. Documentos acreditativos de la capacidad legal, técnica y económica de la persona que solicita la transmisión de la titularidad.
3. Declaración de la persona titular de la instalación en la que manifieste su voluntad de transmitir dicha titularidad.
4. Certificado de la última revisión periódica en vigor, emitido por persona técnica titulada competente, visado por el colegio oficial correspondiente (o, en defecto de ese visado, acompañado de la declaración responsable de dicha persona técnica que se indica a continuación).
5. Si el certificado de la última revisión periódica en vigor no dispone de visado por el colegio oficial correspondiente, debe presentarse adicionalmente una declaración responsable de la persona técnica titulada competente en el modelo normalizado denominado DECRESTE (incluido como formulario pdf de este trámite y también disponible en el trámite telemático).
6. Certificado acreditativo de la existencia de contrato de mantenimiento a nombre de la nueva persona titular, en caso de que la instalación lo requiera.
3º - Justificante del pago de la TASA correspondiente.
En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe anexarse el justificante del pago de la tasa que corresponda.
E) En caso de solicitar la AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA de CIERRE O DESMANTELAMIENTO de la instalación
1º - SOLICITUD según modelo normalizado en FORMULARIO WEB específico disponible en el trámite TELEMÁTICO, debidamente cumplimentada y firmada digitalmente.
Es de cumplimentación y firma obligatorias y en él debe seleccionarse "Autorización administrativa de cierre definitivo" o "Autorización administrativa previa de cierre temporal", según proceda, como tipo de petición.
2º - En el paso 3-Documentar del trámite telemático debe anexarse la siguiente documentación, según se trate de un cierre temporal o definitivo de la instalación:
a) Para la autorización de cierre definitivo:
1. ANEXO a la solicitud relativa a instalaciones de producción de energía eléctrica conectadas en alta tensión, según modelo normalizado denominado INPEECAT, incluido como formulario pdf de este trámite y también disponible en el trámite telemático.
2. PROYECTO de cierre de la instalación, que incluirá su desmantelamiento y en su caso, restitución o restauración de los terrenos y medio ambiente afectados, firmado por persona técnica titulada competente, visado por el colegio oficial correspondiente (o, en defecto de ese visado, acompañado de la declaración responsable de dicha persona que se indica a continuación).
Este proyecto deberá contener, como mínimo, una memoria, en la que se detallen las circunstancias técnicas, económicas, ambientales o de cualquier otro orden, por las que se pretende el cierre, plan de desmantelamiento, así como los planos actualizados de la instalación a escala adecuada.
En caso de solicitar no desmantelar la instalación, se justificarán los motivos.
3. Declaración responsable de la persona técnica titulada competente proyectista, o de la persona directora de ejecución de las obras, en caso de que el proyecto no disponga de visado por colegio profesional. Esta declaración se presentará en el modelo normalizado denominado DECRESTE, disponible en el trámite telemático y también como formulario de este trámite.
b) Para la autorización de cierre temporal:
1. ANEXO a la solicitud relativa a instalaciones de producción de energía eléctrica conectadas en alta tensión, según modelo normalizado denominado INPEECAT, incluido como formulario pdf de este trámite y también disponible en el trámite telemático.
2. Memoria justificativa de la solicitud de cierre temporal de la instalación, firmada por el titular de la misma, indicando los datos técnicos de la instalación, así como las causas y el período estimado de cierre.
3. Declaración responsable de la persona titular, en la que se compromete a que la instalación permanezca en condiciones de seguridad durante todo el periodo en que esté cerrada, cumpliendo además la normativa en materia de prevención de riesgos laborales de aplicación.
3º - Justificante del pago de la TASA correspondiente.
En el paso 4-Pagar del trámite telemático debe anexarse el justificante del pago de la tasa que corresponda.
Forms
- INPEECAT. INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA CONECTADAS EN ALTA TENSIÓN
- FULRELEC. HOJA RESUMEN DE INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
- CERFENAL. CERTIFICADO FINAL DE OBRA, DE CIERRE Y DESMANTELAMIENTO: INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA CONECTADAS EN ALTA TENSIÓN
- DEREINFA. DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A LA PRESENTACIÓN DE INFORMES FAVORABLES. DECLARACIÓN CONFORMIDAD CONDICIONADO
- DECRESTP. DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LA PERSONA TÉCNICA COMPETENTE PROYECTISTA
- CERINELE. CERTIFICADO DE INSPECCIÓN - CENTRAL DE PRODUCCIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA
- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LOS TÉCNICOS COMPETENTES PROYECTISTA Y DIRECTOR DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS
Tasas 2025:
Por AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA y DE CONSTRUCCIÓN:
A) En caso de autorización de NUEVA INSTALACIÓN (ALTA) o de MODIFICACIÓN:
1.1 - Se aplica la cantidad fija de 109,54 euros.
A la que adicionalmente hay que sumar otra u otras cantidades en función del presupuesto que figure en la preceptiva documentación técnica a presentar en el correspondiente procedimiento administrativo, cuyos importes son los siguientes:
1.2.1 - Por los primeros 6.600 euros de presupuesto: 45,55 euros.
1.2.2 - Por cada 6.600 euros más o fracción adicional del presupuesto: 12,02 euros.
B) En caso de autorización de PRÓRROGA de la autorización concedida:
1.1 - Se aplica la cantidad fija de 109,54 euros por cada una de las prórrogas que se soliciten.
C) En caso de autorización de CAMBIO DE TITULARIDAD:
1.1 - Se aplica la cantidad fija de 109,54 euros.
D) En caso de autorización de CIERRE O DESMANTELAMIENTO:
1.1 - Se aplica la cantidad fija de 109,54 euros.
- INFORMACIÓN PARA LA AUTOLIQUIDACIÓN Y PAGO DE LAS TASAS:
1) En el enlace que figura al final de este apartado:
1º. Debe dirigirse, a su vez, al apartado "9800 - Tasa por actividades industriales", pulsar sobre "Confección en línea y descarga del modelo" y, en la pantalla siguiente, seleccionar el tipo de tasa y la tasa que correspondan en cada caso.
En concreto:
- En caso de autorización de NUEVA INSTALACIÓN (ALTA) o de MODIFICACIÓN, serán:
. En Tipo tasa: 1.- AUTORIZACIÓN DE INSTALACIONES
. En Tasa: AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA (CON PROYECTO)
A continuación ha de indicarse el importe del proyecto a autorizar. La cumplimentación de este campo es necesaria para calcular las cantidades adicionales a sumar a la cantidad fija de la tasa.
- En el resto de casos, serán:
. En Tipo tasa: 1.- AUTORIZACIÓN DE INSTALACIONES
. En Tasa: AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA PREVIA (SIN PROYECTO)
2º. Dispone allí de información sobre la generación de la autoliquidación (modelo 046) y el pago (telemático o presencial) de las tasas de la Generalitat Valenciana. Le recomendamos que consulte, en concreto, la información relativa a los "Pasos para la correcta obtención de los modelos 046 FAQs" (verla en la parte superior derecha de la página web).
2) Primero ha de pagar la tasa correspondiente y después anexar el justificante de su pago a través del paso 4 - "Pagar" del trámite telemático.
1. De conformidad con la Orden 14/2022, de 5 de diciembre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio i Trabajo y la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la solicitud y la restante...
Subsanation
La subsanación o cualquier otra aportación de documentación (como en el caso de la correspondiente a la 2ª fase del procedimiento), también debe realizarse por vía telemática utilizando el trámite de esta Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados).", cuyo enlace directo está disponible:
- En el apartado "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" de este trámite.
- Y también directamente en el botón "SUBSANACIÓN > PRESENTACIÓN AUTENTICADA" (destacado más abajo en color rojo) de este apartado "Tramitación > Subsanación".
En ese trámite telemático ha de indicarse el número de expediente administrativo que se habrá abierto con la solicitud inicial y que constará, tanto en el correo electrónico recibido tras registrar la solicitud, como en la Carpeta Ciudadana de la solicitante (ver enlaces a ella en los apartados "Ayuda > Enlaces de interés" y "Ayuda > Preguntas frecuentes" de este trámite).
Resolution
Ver lo indicado para cada supuesto en el apartado "Qué necesitas saber > Cómo se tramita" de este trámite de la Guía Prop.
La resolución NO pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso DE ALZADA ante la Dirección General competente en materia de energía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, si el acto fuera expreso, o en cualquier momento a partir del día siguiente a aquel en que se produzcan los efectos del silencio administrativo, de conformidad con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
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