Registro de la Comunitat Valenciana de Empresas Acreditadas en el Sector de la Construcción (RCVEAC). Trabajo

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Vivienda, Empleo, Juventud e Igualdad

Code SIA: 211317
|
Code GVA: 13916
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What is

What is it and what is it for

Habilitar a las empresas para intervenir en el proceso de contratación o subcontratación para trabajos de una obra de construcción (artículo 4.2 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción).

Terms
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Observations

1. La inscripción en el Registro es única y tiene validez para todo el territorio nacional.

2. La inscripción tiene un periodo de validez de tres años, renovables por periodos iguales.

A tal efecto, las empresas deberán solicitar la renovación de su inscripción en el Registro, dentro de los seis meses anteriores a la expiración de su validez.

3. Cualquier persona, en nombre propio o en representación de otra persona o entidad, puede solicitar un certificado de inscripción de una empresa en el Registro.

4. Para más información, consultar toda la disponible en el apartado sobre este Registro del área de Trabajo de la página web de la Conselleria competente en esa materia. (Ver enlace directo en el apartado "Enlaces" del presente trámite).

En ella constan, entre otros, los siguientes datos de contacto o atención al usuario:

- REA CV: Teléfono 012 (o +34 96 386 60 00)

Servicio Territorial de Trabajo-Alicante: stta_seg@gva.es

Servicio Territorial de Trabajo-Castellón: sttreball_castello@gva.es

Servicio Territorial de Trabajo-Valencia: sttreball_valencia@gva.es

- Ministerio de Trabajo y Economía Social: rea@mites.gob.es - Teléfono 900 494 069

 

Normative
  • LEY 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción (BOE núm. 250, de 19/10/2006).
  • Real Decreto 1109/2007, de 24 de agosto, por el que se desarrolla la Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción (BOE núm. 204, de 25/08/2007).
  • Orden de 27 de junio de 2008, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se crea el Registro de Empresas Acreditadas, en el sector de la construcción, en el ámbito de la Comunitat Valenciana (DOGV núm. 5802, de 09/07/2008).
  • Corrección de errores de la Orden de 27 de junio de 2008 (DOCV núm. 5810, de 21/07/2008).
  • Orden de 13 de febrero de 2009, de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 27 de junio de 2008 de la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se crea el Registro de la Comunitat Valenciana de Empresas Acreditadas en el Sector de la...

Who is it addressed to

Companies
Interested people

Las empresas que pretendan ser contratadas o subcontratadas para trabajos que se realicen en obras de la construcción cuyo domicilio social radique en cualquiera de las tres provincias de la Comunitat Valenciana, siendo de aplicación igualmente a aquellas empresas que, en las mismas...

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How to process

Processing process

El procedimiento de la inscripción en el Registro de Empresas Acreditadas en el sector de la construcción es el siguiente:

 

1. Las empresas contratistas y subcontratistas solicitarán su inscripción por vía telemática. En todo caso, la solicitud de inscripción deberá contener los datos y documentos -que se adjuntarán en formato electrónico- especificados en el artículo 4 del Real Decreto 1109/2007.

 

2. La Delegación Territorial del Registro que sea competente, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4, examinará la solicitud telemática y documentación adjunta teniendo en cuenta el cumplimiento por

parte de la empresa solicitante de los requisitos formales exigidos al efecto por la normativa de aplicación.

Si la solicitud reuniera los requisitos establecidos en esta orden, se procederá a efectuar la inscripción de la empresa contratista o subcontratista en el Registro de la Comunitat Valenciana de Empresas Acreditadas en el Sector de la Construcción. En tal caso, la Autoridad Laboral competente asignará una clave individualizada de identificación registral, que será única para cada empresa y para todo el territorio nacional.

Collaborating certification entities

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Term
Open term

La solicitud de inscripción ha de ser previa a la intervención de la empresa en el sector de la construcción como contratistas o subcontratistas (artículo 3.1 del Real Decreto 1109/2007).

Documentation

La solicitud de inscripción telemática deberá contener los siguientes datos:

 

a) Nombre de la empresa y, en su caso, de la persona que lo represente, así como la identificación del medio preferente o del lugar que se señale a efectos de notificaciones.

b) Domicilio.

c) Número de identificación fiscal.

d) Código de cuenta de cotización principal de la Seguridad Social.

e) Actividad de la empresa, identificada según la Clasificación Nacional de Actividades Económicas.

f) Firma del solicitante; lugar y fecha.

 

A la solicitud de inscripción se acompañará declaración suscrita por el empresario o su representante legal relativa al cumplimiento de los requisitos previstos en los apartados 1 y 2 a) del artículo 4 de la Ley 32/2006, de 18 de octubre, así como la documentación acreditativa de que la empresa dispone de una organización preventiva adecuada a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, y de que dispone de recursos humanos, en su nivel directivo y productivo, que cuentan con la formación necesaria en prevención de riesgos laborales.

Form of presentation
Telematics

Resolution

Deadline

El plazo máximo para practicar la inscripción o denegar su solicitud por los motivos señalados en el artículo 5.4 del Real Decreto 1109/2007 es de 15 días hábiles contados desde la entrada de la solicitud en la Delegación Territorial del Registro competente para su tramitación, procediéndose a su notificación en los 10 días hábiles siguientes.

Amount and charge

No se abonan tasas.

Appeal proceeding against the resolution
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Recurso de alzada

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Si

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