Inscripción para la realización de las pruebas de acceso a las enseñanzas elementales de Música y Danza de la Comunitat Valenciana en los conservatorios de titularidad de la Generalitat Valenciana

Conselleria de Educación, Cultura y Universidades

Code SIA: 211616
|
Code GVA: 15946
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From 05-05-2026 08:00:00h

Until 19-05-2026 14:00:59h

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What is

What is it and what is it for

El alumnado que desee iniciar las enseñanzas elementales de Música o  de Danza a través del acceso a primer curso deberá realizar una prueba mediante la cual se valorarán las aptitudes del aspirante para cursar dichas enseñanzas.

Asimismo, podrá accederse a cada curso de las enseñanzas elementales de música o  de danza sin haber cursado los anteriores siempre que, a través de una prueba, el aspirante demuestre poseer los conocimientos teórico-prácticos, y técnico-instrumentales necesarios para seguir con aprovechamiento las enseñanzas correspondientes. A partir de la primera parte de la prueba, el tribunal podrá orientar al aspirante sobre el curso que bajo su criterio puede aspirar, no siendo superior del curso al cual se ha inscrito.

Terms
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From 05-05-2026 08:00:00h until 19-05-2026 14:00:59h
Allegation / ContributionPending deadline
From 27-05-2026 until 29-05-2026
Observations

Los aspirantes que deseen realizar la prueba de acceso a las enseñanzas elementales de Música o de Danza en conservatorios que no sean de titularidad pública de la Generalitat Valenciana o en centros autorizados, efectuarán la inscripción según lo que cada centro haya establecido respecto a la tramitación de la solicitud.

Who is it addressed to

Citizenship
Interested people

Personas aspirantes que soliciten participar en las pruebas de acceso a las enseñanzas elementales de música o de danza 

Requirements

Las enseñanzas elementales de música y danza se cursarán ordinariamente a partir de los 8 años.

  • En las enseñanzas elementales de música y de danza, la edad mínima para presentarse a la prueba de acceso será de ocho años, cumplidos durante el año natural en que se inicie el curso escolar al que se desea acceder.
  • Se podrá autorizar con carácter excepcional la participación en la prueba de acceso a primer curso de enseñanzas elementales a los aspirantes que cumplan siete años durante el mismo año natural en que se inicien las enseñanzas, siempre que acrediten altas capacidades intelectuales o una precocidad extraordinaria en la disciplina artística correspondiente, debidamente justificada según la normativa vigente.
  • No se podrá realizar la prueba de acceso a un curso ya superado con anterioridad en una misma especialidad.
  • La superación de la prueba de acceso en un centro habilitará para acceder a dicho centro y, únicamente en el supuesto de no obtener plaza vacante en el mismo, permitirá el acceso a otros centros, en el mismo curso y especialidad de la prueba superada, conforme a los niveles de prioridad, prelación y criterios de ordenación de acuerdo con la normativa vigente.
  • Los aspirantes que soliciten participar en las pruebas de acceso a las enseñanzas elementales de música o de danza no podrán estar matriculados en las mismas enseñanzas y especialidad en ningún conservatorio o centro autorizado de música o de danza. En caso de estar matriculado en otro conservatorio o centro autorizado, decaerá su derecho de matriculación en el centro en el que participe en el proceso de admisión.
  • En el caso de personas aspirantes que se inscriban en la prueba de acceso a un curso diferente de primero, una vez realizada la parte interpretativa de la prueba, el tribunal podrá reorientar el curso que bajo su criterio pueden aspirar, no siendo superior del curso al cual se han inscrito.
  • Las personas aspirantes con diversidad funcional que necesiten adaptación de las pruebas han de adjuntar la documentación acreditativa y señalar en el apartado de observaciones el tipo de adaptación que se requiere.
  • Las personas aspirantes con bonificación o exención de tasas tendrán que adjuntar la documentación justificativa.
  • La inscripción en la prueba de acceso implica la autorización al centro para la grabación de las pruebas, las cuales podrán registrarse en un soporte que permita su reproducción posterior, exclusivamente como herramienta de evaluación o resolución de reclamaciones por parte del tribunal. Las grabaciones serán destruidas de oficio una vez finalizados los plazos legales de recurso, garantizando el derecho a la propia imagen y la privacidad del alumnado, según la normativa vigente.
  • La falsedad, la falta o la insuficiencia de la información declarada dará lugar, sin perjuicio de las responsabilidades que pudieran derivarse conforme a la normativa vigente, previa comprobación por el órgano competente, a las siguientes consecuencias:

a) En los casos de personas aspirantes menores de la edad establecida como ordinaria, implicará la exclusión del proceso.

b) En el supuesto de solicitud de adaptación de la prueba, comportará la denegación de dicha adaptación.

How to process

Processing process

 ÚNICAMENTE DE FORMA TELEMÁTICA.

Una vez cumplimentada y registrada la solicitud telemática, mediante el portal web ADMINOVA
habilitado a tal efecto por la Conselleria competente en materia de educación ésta quedará archivada en el conservatorio o conservatorios seleccionados, como documentación necesaria para la realización de las correspondientes pruebas de acceso.

La inscripción para las pruebas de acceso implica el consentimiento o autorización al centro para la grabación de las pruebas, las cuales podrán registrarse en un soporte que permita su reproducción posterior, exclusivamente como herramienta de evaluación o resolución de reclamaciones por parte del tribunal. Las grabaciones serán destruidas de oficio una vez finalizados los plazos legales de recurso, garantizando el derecho a la propia imagen y la privacidad del alumnado, según la normativa vigente.

Las personas aspirantes, o sus representantes legales en caso de ser menores de edad, deberán presentar un documento acreditativo de su identidad, a efectos de su verificación por el tribunal, en el momento de realización de la prueba.

Los conservatorios que impartan enseñanzas elementales de Música o Danza facilitarán a las personas interesadas en participar en estas pruebas la información y la orientación necesarias para la realización de éstas.

Processing bodies

Collaborating certification entities

Request

Term
From 05-05-2026 08:00:00h until 19-05-2026 14:00:59h

CONVOCATORIA ORDINARIA

Inscripción a las pruebas: desde las 08:00 horas del 5 de mayo de 2026 hasta las 14:00  horas del 19 de mayo de 2026

  • LISTAS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS EN LAS PRUEBAS: 26 de mayo de 2026
  • PERIODO DE RECLAMACIONES: 27, 28 y 29 de mayo de 2026
  • LISTAS DEFINITIVAS DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS EN LAS PRUEBAS: 9 de junio de 2026

En el supuesto de autorizarse una convocatoria extraordinaria el calendario que seguirá será el siguiente:

CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA

Inscripción a las pruebas: desde las 08:00 horas del 16 de julio de 2026 hasta las 14:00  horas del 20 de julio de 2026

  • LISTAS PROVISIONALES DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS EN LAS PRUEBAS: 23 de julio de 2026
  • PERIODO DE RECLAMACIONES: Del 24 al 28 de julio de 2026
  • LISTAS DEFINITIVAS DE ADMITIDOS Y EXCLUIDOS EN LAS PRUEBAS: 31 de julio de 2026

 

 RESOLUCIÓN DE 30 DE ABRIL DE 2026 (DOGV nº10355, 05.05.2026)

Documentation

La inscripción se realizará exclusivamente de manera telemática mediante el portal web ADMINOVA habilitado a tal efecto por la Conselleria competente en materia de educación

El pago de la tasa de derechos de examen  se realizará dentro del propio trámite telemático.

a)Las personas aspirantes que no reúnan el requisito de edad para acceder al primer curso de las enseñanzas elementales de Música o de Danza deberán aportar, en el momento de realizar la inscripción a la prueba de acceso, la documentación acreditativa que corresponda, en los términos previstos en el Anexo IX de la Orden 8/2026, de 24 de abril, de la Conselleria de Educación, Cultura y Universidades.

b)Las personas aspirantes que soliciten algún tipo de adaptación procedimental de la prueba de acceso deberán aportar, en el momento de realizar la inscripción, la documentación acreditativa
que corresponda, en los términos previstos en el capítulo VII de la Orden 8/2026, de 24 de abril, de la
Conselleria de Educación, Cultura y Universidades. Ver Anexo X

 

  • En el caso de familias en las que los progenitores no convivan por motivos de separación, divorcio o situación análoga, no será necesaria la firma de ambos para la inscripción telemática ni para la realización de la prueba. No obstante, en el momento de la formalización de la matrícula, además de la documentación prevista en la normativa vigente en materia de admisión, deberán aportarse los datos y la firma de ambos progenitores o tutores legales.

 

  • Una vez cumplimentada y registrada la solicitud telemática, ésta quedará archivada en el conservatorio o conservatorios seleccionados, como documentación necesaria para la realización de las correspondientes pruebas de acceso.

 

Fee or payment

Las personas aspirantes que hayan sido admitidas en las listas provisionales, así como las que habiendo
presentado una reclamación reciban la notificación por parte del centro de la validación de la solicitud después de haber sido revisada y estimada, deberán realizar el pago de las correspondientes tasas mediante la pasarela habilitada en la Secretaría Digital hasta el día 5 de junio de 2026.

El pago se generará dentro del trámite que se realiza en la plataforma de ADMINOVA.

Conforme a la normativa reguladora vigente, se devolverán las tasas siempre que se renuncie a la prestación o servicio dentro del periodo de matriculación o inscripción establecido en la convocatoria, o dentro del periodo de enmienda a las listas de admitidos. Fuera de estos plazos, deberá acreditarse causa de fuerza mayor. En todo caso, no deberá haberse hecho uso del servicio o prestación. El procedimiento para la devolución de las tasas será el que se indica en la Resolución de 30 de abril de 2026, de la Dirección General de Ordenación Educativa.

Podrán disponer de una bonificación del 50%, debiendo aportar la documentación justificativa, los siguientes casos:

a) Personas con una discapacidad igual o superior al 33%.

b) Miembros de familias monoparentales de categoría general.

c) Beneficiarios de familia numerosa de categoría general.

Podrán disponer de exención total del pago de tasas, debiendo aportar la documentación justificativa, los siguientes casos:

a) Beneficiarios de familia numerosa de categoría especial.

b) Miembros de familias monoparentales de categoría especial.

c) Las personas a que hayan sido víctimas de violencia de género (al amparo de la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre) y víctimas de actos contra la mujer (Ley 7/2012, de 23 de noviembre, de la Generalitat).

d) Las personas, o hijos, que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de actos terroristas (conforme al artículo 38 de la Ley 29/2011 de 22 de septiembre).

Form of presentation
Telematics

La inscripción a la prueba se realizará exclusivamente de manera telemática mediante el portal web ADMINOVA habilitado a tal efecto por la Conselleria competente en materia de educación. Únicamente de forma TELEMÁTICA en la Secretaría Digital de la plataforma ADMINOVA. Una vez rellenada y...

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Links
  • Procedimiento de autorización a primer curso de enseñanzas elementales de música y danza para aspirantes de 7 años
  • Tipos de adaptaciones y documentación a aportar.
  • Calendario proceso admisión 2026-2027

Allegation / Contribution

Term
From 27-05-2026 until 29-05-2026

Los candidatos excluidos dispondrán de tres días hábiles, que corresponderán a los días 27, 28 y 29 de mayo de 2026, para poder enmendar la causa que haya motivado su exclusión. Las reclamaciones, en su caso, se realizarán por vía telemática a partir de la solicitud de inscripción realizada a las pruebas de acceso, presentando, en su caso, la documentación acreditativa de subsanación en el propio centro. 

Asimismo, las personas aspirantes que hayan detectado errores en sus datos deberán comunicarlo a la secretaría del centro por escrito en el mismo plazo, para que sean enmendados.Los centros dispondrán del 27 de mayo al 2 de junio de 2026 para resolver y validar, en su caso, las reclamaciones recibidas.

Description

Una vez finalizado el plazo de inscripción, los conservatorios y centros autorizados deberán proceder a la revisión y validación, cuando proceda, de las solicitudes presentadas, en el período comprendido entre las 15:00 horas del día 19 de mayo y el día 25 de mayo de 2026, ambos inclusive. 

Concluido dicho proceso, el día 26 de mayo de 2026 se harán públicas las listas provisionales de personas admitidas y excluidas para la realización de las pruebas de acceso

Resolution

Appeal proceeding against the resolution
Elevation
Observations

Contra el acto administrativo de publicación del listado definitivo, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante la dirección territorial competente en materia de educación en el plazo que se establece en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer un recurso de alzada ante la Secretaría Autonómica de Educación, en el plazo de un mes a contar a partir del día siguiente de ser publicada en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Resolution bodies
Silence effect
Dismissal
Exhausts administrative life
No
Documentation

CALENDARIO DE REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS Y PUBLICACIÓN DE LISTADOS

Convocatoria ordinaria

1-. Los centros establecerán la fechas de realización de las pruebas desde el 15  hasta el 22 de junio de 2026, ambos incluidos.

2-. Los resultados provisionales de las pruebas de acceso se publicarán el día 25 de junio de 2026.

3-. Los resultados definitivos de las pruebas de acceso se publicarán el día 1 de julio de 2026.

 

Convocatoria extraordinaria

1-. Realización de las pruebas de acceso de la convocatoria extraordinaria: entre el 2 y el 4 de septiembre de 2026.

2-. Publicación de resultados provisionales de las pruebas de acceso de la convocatoria extraordinaria: 7 de septiembre de 2026.

3-. Publicación de resultados definitivos de las pruebas de acceso de la convocatoria extraordinaria: 14 de septiembre de 2026.

Frequent questions

Doubts about telematic processing
Where to consult questions about the procedure:

Related topics

SUBJECT

  • Education and training
    • Art, language and sports education

PROFILES

  • Citizenship

TYPE

  • Courses, training and programmes
  • Entrance exams, pre