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Ingreso y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de profesores de Enseñanza Secundaria (Filosofía, Latín, Lengua Castellana y Literatura, Geografía e Historia, Matemáticas, Física y Química, Biología y Geología, Dibujo, Inglés, Educación Física, Orientación Educativa, Formación y Orientación Laboral, Organización y Proyectos de Fabricación Mecánica, Sistemas Electrónicos, Asesoría y Procesos de Imagen Personal, Intervención Sociocomunitaria, Procesos y Medios de Comunicación, Informática, Lengua y Literatura Valenciana, Administración de Empresas, Organización y Gestión Comercial, Procesos Diagnóstico Clínico y Productos Ortoprotésicos, Procesos Sanitarios, Sistemas Electrotécnicos y Automáticos, Instalaciones Electrotécnicas, Operaciones y Equipos de Elaboración de Productos Alimentarios, Procedimientos de Diagnóstico Clínico y Ortoprotésico, Procedimientos Sanitarios y Asistenciales, Procesos Comerciales, Procesos de Gestión Administrativa, Servicios a la Comunidad, Sistemas y Aplicaciones Informáticas y Equipos Electrónicos), profesores especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional (Mantenimiento de Vehículos y Mecanizado y Mantenimiento de Máquinas), profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas (Inglés y Valenciano), profesores de Música y Artes Escénicas (Piano) y profesores de Artes Plásticas y Diseño (Diseño Gráfico)
Basic information
Pueden consultarse las titulaciones para cada cuerpo en las siguientes bases de la convocatoria:
- base 2.1.2. A): Cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria y cuerpo de profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
- base 2.1.2. B): Cuerpo de profesores de Música y Artes Escénicas.
- base 2.1.2. C): Cuerpo de profesores de Artes Plásticas y Diseño.
- base 2.1.2. D): Cuerpo de profesores especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
Description of places
Se detalla el número de plazas por cuerpo. El desglose de plazas por especialidades puede consultarse en la base 1.2 de la convocatoria.
CUERPO DE PROFESORES DE ENSEÑANZA SECUNDARIA (código 590):
- acceso libre: 1426 plazas.
- reserva de diversidad funcional: 164 plazas.
PROFESORES DE ESCUELAS OFICIALES DE IDIOMAS (código 592):
- acceso libre: 6 plazas.
PROFESORES DE MÚSICA Y ARTES ESCÉNICAS (código 593):
- acceso libre: 2 plazas.
PROFESORES DE ARTES PLÁSTICAS Y DISEÑO (código 595)
- acceso libre: 2 plazas.
CUERPO DE PROFESORES ESPECIALISTAS EN SECTORES SINGULARES DE LA FORMACIÓN PROFESIONAL (código 598):
- acceso libre: 7 plazas.
Para la admisión en el procedimiento selectivo de ingreso, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Requisitos generales:
a) Tener la nacionalidad española o la nacionalidad de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de algún Estado al que sea de aplicación el Reglamento (UE) 492/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores dentro de la Unión, y el Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
También podrá participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea o de los Estados, en los cuales, en virtud de tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por el Estado español, sea cual sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho.
Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a cargo de sus progenitores.
b) Tener cumplida la edad mínima de acceso a la función pública y no haber llegado a la edad establecida, con carácter general, para la jubilación forzosa, en el momento del nombramiento como personal funcionario de carrera.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas habituales del Cuerpo, y no padecer enfermedad ni limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las funciones correspondientes al cuerpo y a la especialidad a la que se opta.
d) Estar en posesión de alguna de las titulaciones que figuran en el apartado 2.1.2.
Se entiende por “estar en posesión de una titulación” a efectos de esta convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales, haber pagado las tasas correspondientes para la expedición del título al menos el último día de plazo de presentación de la solicitud de participación en el procedimiento selectivo, y por tanto, serán excluidas del proceso aquellas personas que no acrediten el pago de la tasa en dicho plazo.
En el caso de que dichas titulaciones se hayan obtenido en el extranjero, deberá haberse concedido la correspondiente homologación por el Estado español, de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 889/2022, de 18 de octubre, por el que se establecen las condiciones y los procedimientos de homologación, declaración de equivalencia y convalidación de enseñanzas universitarias de sistemas educativos extranjeros y por el que se regula el procedimiento para establecer la correspondencia al nivel del Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior de los títulos universitarios oficiales pertenecientes a ordenaciones académicas anteriores.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala del funcionariado, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, las personas aspirantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además, no hallarse inhabilitadas o en situación equivalente ni haber sido sometidas a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
f) No tener la condición de personal funcionario de carrera, en prácticas o estar pendiente del correspondiente nombramiento del mismo Cuerpo al que se pretende ingresar.
g) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexuales, conforme a lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
Las personas participantes cuya nacionalidad sea distinta de la española, deberán acreditar, además de la certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales referidos al Estado español, la certificación negativa de condenas penales expedida por las autoridades de su país de origen o de donde sean nacionales, respecto de los delitos relacionados en el apartado 1 del artículo 3 del Real Decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales y de Trata de Seres Humanos. Si este certificado no se encontrara redactado en lengua castellana, deberá acompañarse de su traducción oficial o jurada realizada por traductor jurado o validada por el consulado u oficina diplomática correspondiente.
h) Acreditar el conocimiento de los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana.
Las personas que participen en este procedimiento deberán acreditar los conocimientos, tanto en expresión oral como escrita, de los dos idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana, de conformidad con lo que establece el Decreto 62/2002, de 25 de abril, del Consell, por el que se regula la acreditación de los conocimientos lingüísticos para el acceso y la provisión de plazas en la función pública docente no universitaria en la Comunitat Valenciana, y con la Orden 3/2020, de 6 de febrero, de la Conselleria de Educación, Cultura y Deporte, por la que se determina la competencia lingüística necesaria para el acceso y el ejercicio de la función docente en el sistema educativo valenciano, modificada por Orden 4/2021, de 4 de febrero.
De conformidad con el artículo 17 de la Ley 1/2024, de 27 de junio, por la que se regula la libertad educativa, se exceptúan del requisito del conocimiento de valenciano las especialidades indicadas en el anexo IV. En estos casos, la acreditación del certificado de nivel C1 indicado en el apartado 2.1.1.h, 1) de esta resolución será valorado como mérito.
Todos los requisitos enumerados anteriormente deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como personal funcionario de carrera.
Pueden consultarse los requisitos específicos para cada cuerpo en las siguientes bases de la convocatoria:
- base 2.1.2. A): Cuerpo de profesores de Enseñanza Secundaria y cuerpo de profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas.
- base 2.1.2. B): Cuerpo de profesores de Música y Artes Escénicas.
- base 2.1.2. C): Cuerpo de profesores de Artes Plásticas y Diseño.
- base 2.1.2. D): Cuerpo de profesores especialistas en Sectores Singulares de Formación Profesional.
RESERVA DE PLAZAS PARA PERSONAS CON DIVERSIDAD FUNCIONAL O DISCAPACIDAD
Podrán participar por esta reserva aquellas personas que, además de reunir el resto de los requisitos generales y específicos, tengan reconocida por los órganos competentes de la Generalitat, del Estado o del resto de las comunidades autónomas, una diversidad funcional o discapacidad cuyo grado sea igual o superior al 33 %, siempre que ello no sea incompatible con el ejercicio de la docencia en el cuerpo y la especialidad a la que se opte.
La opción por esta reserva deberá formularse en la solicitud de participación; en el caso de obtener plaza, se acreditará la compatibilidad con el puesto mediante certificación expedida por los órganos competentes (conselleria competente en materia de Servicios Sociales).
No obstante, si durante la realización de las pruebas se suscitaran dudas al tribunal respecto de la capacidad de la persona aspirante para el ejercicio de las actividades habitualmente desarrolladas por el personal funcionario del cuerpo por el que se participa, este podrá solicitar a la persona opositora el informe de adecuación al puesto de trabajo emitido por la conselleria competente en materia de Servicios Sociales.
En este caso, y hasta que se emita el dictamen, la persona aspirante podrá continuar participando condicionalmente en el proceso selectivo, y quedará en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso hasta la recepción de este.
El proceso selectivo se realizará en condiciones de igualdad con las personas aspirantes de ingreso libre, sin perjuicio de las adaptaciones previstas en la base 3.1 de esta convocatoria.
Las personas que participen por la reserva de diversidad funcional o discapacidad no podrán concurrir a la misma especialidad por el turno de acceso libre o por otro tipo de diversidad.
Los requisitos para la adquisición de nuevas especialidades se pueden consultar en la base 17 de la orden.
Way to pay:
El ingreso del importe correspondiente a cada solicitud se realizará mediante bizum, tarjeta bancaria o cargo en cuenta dentro del plazo de presentación de solicitudes a través de la pasarela de pago.
La falta del pago o el adeudo fuera de plazo determinará la exclusión de la persona aspirante.
Inscripción cuerpo docente, grupo A1/A2: 35,95 €.
El simple pago electrónico de las tasas dentro del plazo no equivale a la inscripción en el proceso selectivo, ya que deberán efectuarse todos los pasos hasta finalizar el registro electrónico. El pago de las tasas por sí solo no da derecho a la participación en el proceso de selección si no se registra la solicitud.
Waiver / Fee Reduction:
Las personas aspirantes que estén exentas del pago de la tasa o tengan derecho a su reducción, deberán acreditar dicha circunstancia con la documentación pertinente o no oponerse a la consulta telemática de los datos por parte de la Administración, tal y como se detalla en el punto 3.5.
REDUCCIÓN
- Familias numerosas y monoparentales de carácter general: 17,97 €.
- Personas con grado de diversidad funcional igual o superior al 33 %: 1,92 €.
EXENCIÓN
- Familias numerosas y monoparentales de carácter especial: exenta.
- Personas víctimas de actos de violencia sobre la mujer: exenta.
- Adquisición de nuevas especialidades: exenta.
Current stage: Nombramiento personal funcionario en prácticas
Adjudicación y nombramiento
El plazo para interponer un recurso de reposición ante la Dirección General de Personal Docente será del 4 de septiembre de 2025 al 3 de octubre de 2025.
RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Personal Docente, por la cual es nombra personal funcionario en prácticas a las personas aspirantes seleccionadas en el marco del procedimiento selectivo de ingreso a los cuerpos de profesores de Enseñanza Secundaria, profesores especialistas en Sectores Singulares de la Formación Profesional, profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, profesores de Música y Artes Escénicas y profesores de Artes Plásticas y Diseño convocado por la Orden 1/2025, de 28 de enero, de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse con carácter potestativo recurso de reposición ante la Dirección General de Personal Docente de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a su publicación.
Optional resource for replacement
List of stages
Current stage: Nombramiento personal funcionario en prácticas
Publication date: 03-09-2025
Closed term
Presentación de documentación y convocatoria de adjudicación
Publication date: 22-07-2025
Closed term
Lista de personas aspirantes seleccionadas. Plazo de recurso
Publication date: 21-07-2025
Closed term
Puntuación definitiva de la fase de concurso. Plazo de recurso
Publication date: 16-07-2025
Closed term
Lista definitiva de aprobados (fase de oposición)
Publication date: 09-07-2025
Closed term
Resolucion y listado de asignacion provisional de número de plazas para cada tribunal
Publication date: 01-07-2025
Nota informativa
Publication date: 20-06-2025
Entrega de material 2.ª prueba
Publication date: 30-05-2025
Closed term
Entrega documentación acreditativa de méritos
Publication date: 30-05-2025
Closed term
Corrección de errores lista definitiva personas aspirantes admitidas y excluidas
Publication date: 22-05-2025
Nota informativa
Publication date: 12-05-2025
Lista definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas. Plazo de recurso
Publication date: 05-05-2025
Closed term
Resultado prueba valenciano
Publication date: 24-04-2025
Nombramiento del tribunal. Abstención y recusación
Publication date: 03-04-2025
Closed term
Nota informativa
Publication date: 28-03-2025
Nombramiento de la comisión de selección
Publication date: 28-03-2025
Closed term
Convocatoria realización prueba de conocimiento de los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana
Publication date: 27-03-2025
Nota informativa
Publication date: 27-03-2025
Listado provisional admitidos/excluidos.Plazo de subsanación
Publication date: 25-03-2025
Closed term
Consulta telemática de admitidos y excluidos.
Publication date: 25-03-2025
Closed term
Nota informativa
Publication date: 21-03-2025
Modificación de las bases y apertura de plazo
Publication date: 20-02-2025
Closed term
Tribunales. Participación voluntaria
Publication date: 07-02-2025
Closed term
Solicitud de inscripción
Publication date: 30-01-2025
Closed term
Trámite datos sensibles
Publication date: 30-01-2025
Closed term
Bases y apertura de plazo
Publication date: 30-01-2025
Closed term
Publicación de la OPE
Publication date: 25-07-2024
Bases y apertura de plazo
Convocatoria
El plazo de presentación de solicitudes será desde el día 31 de enero de 2025 a las 00:00 horas hasta el día 13 de febrero de 2025 a las 23:59 horas. La no presentación de la solicitud y el pago de tasas, en el tiempo y forma establecidos, supondrá la inadmisión o exclusión de la persona aspirante.
Plazo extendido del 21 de febrero al 6 de marzo de 2025, ambos incluidos.
Para inscribirse en el procedimiento selectivo es necesario realizar y finalizar el trámite telemático de inscripción. Se recomienda leer previamente la guía de usuario donde se explica paso a paso todos los apartados de los que consta el trámite telemático de inscripción.
Es importante tener en cuenta lo siguiente:
• TRÁMITE DE INSCRIPCIÓN: Cumplimentación, acreditación de requisitos, pago de tasas y registro de la solicitud de participación.
Quienes deseen participar en el presente proceso selectivo deberán cumplimentar el modelo oficial de solicitud, que estará disponible en el portal web de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo (http://www.ceice.gva.es/es/web/rrhh-educacion/oposiciones).
Las solicitudes deberán cumplimentarse, obligatoriamente, en el portal web utilizando cualquiera de los sistemas de identificación o firma electrónica admitidos en la propia sede electrónica, y en la misma se podrá manifestar la oposición a consultar por medios telemáticos los datos de identidad, de titulaciones, de condena por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, de diversidad funcional o discapacidad, de familia numerosa y de familia monoparental.
La no presentación de la solicitud y el pago de tasas en el tiempo y forma establecidos supondrá la inadmisión o exclusión de la persona aspirante, que perderá cualquier derecho de participación en este procedimiento selectivo. La solicitud únicamente se considerará presentada y registrada en el momento en que sea completado todo el proceso telemático de solicitud, pago de tasas y presentación del registro telemático. Las personas aspirantes deberán guardar el justificante del pago de la tasa y el justificante de registro como confirmación de la presentación telemática.
En la solicitud se hará constar el cuerpo, el código, el nombre de la especialidad y el turno por el que se participa. Asimismo, se indicará la provincia en que preferentemente se quiera llevar a cabo las pruebas.
Todas las personas aspirantes deberán indicar la titulación alegada para el ingreso en el cuerpo que se solicita. Igualmente, deberán indicar la titulación que declaran para el cumplimiento del requisito lingüístico de los idiomas oficiales de la Comunitat Valenciana, de acuerdo con la base 2.1.1. h).
No será válida la presentación de la solicitud ni de los documentos por medios diferentes a los establecidos en esta convocatoria, excepto cuando la Administración lo requiera específicamente. El personal participante se responsabilizará de la veracidad de los documentos que presentan.
El uso de los medios telemáticos establecidos para participar en el procedimiento comporta el consentimiento de la persona solicitante al tratamiento de sus datos de carácter personal que sean necesarios para la tramitación del proceso y los procesos derivados de este, de acuerdo con la normativa vigente.
Aquellas personas que no deseen formar parte de las listas de personal docente que ha de ocupar los puestos vacantes y atender las sustituciones en los centros públicos docentes no universitarios dependientes de la Conselleria, ambos casos en régimen de interinidad, deberán hacerlo constar en la solicitud de participación en el proceso selectivo en el momento de su presentación.
Aquellas personas que necesiten adjuntar documentación catalogada como sensible según la LOPD necesitarán también realizar un trámite adicional al de inscripción. Los casos en los que hay que rellenar este segundo trámite se detallan en el apartado INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA. Este segundo trámite, por sí solo, NO SUPONE la inscripción en el procedimiento selectivo.
- Portal de la Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo - Secundaria y otros cuerpos
- Listado de preguntas frecuentes
- Guía de usuario para cumplimentar el trámite de inscripción
- Certificado de servicios docentes prestados en enseñanzas regladas en centros docentes de titularidad diferente de la Generalitat Valenciana
La solicitud únicamente se considerará presentada y registrada en el momento en que sea completado todo el proceso telemático de solicitud, pago de tasas y presentación del registro telemático. Las personas aspirantes deberán guardar el justificante del pago de la tasa y el justificante de registro como confirmación de la presentación telemática.
Las solicitudes vincularán a las personas participantes en los términos en ellas expresados.
No se admitirá ninguna solicitud que no se haya cumplimentado a través de este procedimiento, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Actuación y Funcionamiento del Sector Público por medios electrónicos, salvo que excepcionalmente se autorice por la Direcció General de Personal Docente para aspirantes extranjeros que no disponen de NIE.
No podrá presentarse más de una solicitud, salvo que se opte a más de una especialidad. En este caso, se deberá presentar tantas solicitudes como número de especialidades a las que se opte. No obstante, la opción de participar por más de una especialidad no implica que se pueda asistir a las pruebas de todos los tribunales donde ha sido asignado.
En caso de que se presente más de una solicitud por especialidad, será válida la última registrada.
• TRÁMITE DE APORTACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA DE LA REDUCCIÓN DE TASA Y DE DOCUMENTACIÓN SENSIBLE:
Las personas que soliciten plazas por el turno de diversidad funcional o discapacidad o quieran obtener una reducción en la tasa, deberán acreditar que poseen un grado de diversidad funcional o discapacidad igual o superior al 33 % aportando el certificado del grado de discapacidad y el dictamen técnico facultativo expedidos por la conselleria competente en materia de servicios sociales, o por los órganos competentes en el Estado o en otras comunidades autónomas, tal y como se indica en el punto 3.5.
Para acceder por el turno de diversidad funcional o discapacidad, además de presentar la documentación acreditativa de tal condición, deberá marcarse en la solicitud la opción de acceso por esta vía.
Además, las personas con diversidad funcional o discapacidad igual o superior al 33 % reconocida, participantes tanto por turno libre como por turno de diversidad funcional o discapacidad, que necesiten adaptaciones de tiempo o medios para la realización de las pruebas selectivas deberán aportar, en el trámite adicional previsto en el apartado 3.5., la certificación expedida por los órganos competentes en la que se especifique la adaptación requerida. El plazo de petición de adaptaciones comenzará el mismo día que el plazo de presentación de solicitudes y finalizará el 30 de abril de 2025.
También deberán cumplimentar el trámite adicional previsto en el apartado 3.5 las personas aspirantes que se acojan a las situaciones que se detallan a continuación:
— Las personas declarantes víctimas de actos de violencia de género que deseen ser tratadas durante el proceso selectivo con una identidad ficticia para proteger su intimidad, de acuerdo con el artículo 63 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.
— Las personas declarantes víctimas de actos de violencia de género que deseen acogerse a la exención de la tasa.
— Las personas declarantes que deseen ser tratadas durante el proceso selectivo con la identidad que figura en su tarjeta de reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género, de acuerdo con la Ley 8/2017, de 7 de abril, de la Generalitat, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y a la expresión de género en la Comunitat Valenciana.