Evaluación de impacto ambiental de proyectos

Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación

Code SIA: 211464
|
Code GVA: 14984
Download information
Open period

From 04-10-2018 00:00:00h

What is it and what is for
Existen dos procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos: A. Evaluación de impacto ambiental ordinaria (EIAO): proyectos señalados en el artículo 7.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre. B. Evaluación de impacto ambiental simplificada (EIAS): proyectos señalados en el artículo...
More
Who is it addressed to
Companies
Administration
Term
From 04-10-2018 00:00:00h

Plazo máximo de resolución 3 meses desde la recepción del expediente completo a través del órgano sustantivo, salvo que la ley reguladora del procedimiento de autorización o aprobación del proyecto establezca expresamente un plazo menor.

Interested people
El PROMOTOR del proyecto, el cual deberá dirigir su solicitud de Evaluación de Impacto Ambiental (en la modalidad que corresponda) al ÓRGANO SUSTANTIVO, junto con el resto de documentación exigible para la obtención de la autorización sustantiva de que se trate (por ejemplo, en materia de minas,...
More
Requirements
El trámite se inicia siempre ante el ÓRGANO SUSTANTIVO. Por tanto, resulta necesario atender a las prescripciones que para la obtención de autorización o aprobación del proyecto establezca la normativa sectorial sustantiva. Carecerán de validez los actos de aprobación o autorización de proyectos...
More
Complementary information
De acuerdo con la normativa básica estatal y autonómica aplicable en la materia, deben tenerse en cuenta las siguientes definiciones: - "Órgano sustantivo": órgano de la Administración pública que ostenta las competencias para aprobar o autorizar un proyecto, o para controlar la actividad de los...
More
Technical problems
¿Puedo presentar la solicitud de EIA a través de este trámite? NO. Este procedimiento tiene carácter meramente informativo. La solicitud se presenta a través del trámite establecido para la autorización o aprobación del proyecto por el órgano sustantivo. ¿Quién es el órgano sustantivo? Aquel que autoriza o aprueba el proyecto. Sin carácter limitativo: Ayuntamientos, cuando el proyecto esté sujeto a licencia ambiental; Servicio de Prevención y Protección de la Contaminación, cuando el proyecto requiera autorización ambiental integrada; Servicio Territorial de Industria, Energía y Minas, cuando el proyecto requiera autorización administrativa previa por la legislación del sector eléctrico o de hidrocarburos o autorización de explotación minera por la ley de minas; etc. ¿Puedo presentar documentación en papel? La documentación escaneada no tiene el carácter de documento electrónico válido. Destacar que en todo caso, el estudio de impacto ambiental debe contener la firma electrónica válida del técnico competente autor del mismo.