Detail
Detalle Departamento
Delegación de la Agencia Tributaria Valenciana - Alicante ATV
- Servicio de Valoración - Alicante ATV
- Servicio de Coordinación y Soporte Técnico a la Secretaría General Alicante ATV
- Información y Asistencia Tributaria - Alicante ATV
- Sección de Sucesiones y Donaciones - Alicante ATV
- Sección de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados - Alicante ATV
- Sección de Recaudación - Alicante ATV
En cada una de las provincias de Alicante y Castellón se establecen, como órganos territoriales, bajo la dependencia orgánica de la Dirección General y con rango de subdirección general, una Delegación de la Agencia Tributaria Valenciana.
La persona titular de la Delegación, en su correspondiente ámbito territorial, ejercerá las siguientes funciones:
a) Las relaciones ordinarias con otros órganos de la Administración autonómica y con otras administraciones públicas o entidades públicas o privadas en su ámbito territorial.
b) La coordinación y control de las funciones atribuidas a las distintas unidades administrativas de la Agencia Tributaria Valenciana, en cuanto cuenten con personal en el correspondiente ámbito provincial
c) El ejercicio, en su ámbito territorial, de las siguientes funciones en materia de protección de datos de carácter personal:
1º. Asegurar que sus unidades dependientes participan en el cumplimiento de los principios de protección de datos, la gestión del deber de informar, el mantenimiento del Registro de Actividades de Tratamiento, el ejercicio de derechos de la ciudadanía y en la gestión de las violaciones de la seguridad de los datos de carácter personal.
2º. Coordinar el cumplimiento de las medidas técnicas y organizativas que se establezcan en la política de protección de datos de la organización, o que se determinen como consecuencia de los análisis de riesgos o, en su caso, de las evaluaciones de impacto de los tratamientos de datos de carácter personal.
d) Cualquier otra función que se le atribuya mediante disposición, que se le encomiende por la Dirección General, así como aquellas que, dentro de su ámbito de actuación, no estén asignadas expresamente a ningún otro órgano o unidad administrativa.
En el supuesto de que las funciones encomendadas por la Dirección General correspondan a funciones propias de las unidades administrativas en las que se estructura una subdirección general, las personas titulares de la Delegación, en el ejercicio de esas funciones, dependerán funcionalmente de las personas titulares de la correspondiente subdirección general.