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Detalle Departamento
Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa
Ejerce las funciones establecidas en el artículo 70 de la Ley 5/1983, de 30 de diciembre, del Consell, y las demás previstas en el ordenamiento jurídico, en materia de innovación e inclusión educativa, la propuesta de medidas, iniciativas y actuaciones para la mejora de la calidad de la educación y la evaluación general del sistema educativo en cuanto a las enseñanzas no universitarias, así como el análisis de sus resultados. Entre otras, ejercerá las siguientes competencias:
a) Proponer, diseñar, coordinar y ejecutar programas, proyectos y cualquier tipo de actuación que tenga como fin la innovación curricular, metodológica, didáctica y de organización en los centros docentes y que implique a diferentes agentes de la comunidad escolar.
b) Fomentar la aplicación de los principios de equidad y excelencia en el sistema educativo, implementando los sistemas de gestión y otras medidas que contribuyan a su mejora continua.
c) Diseñar y realizar la evaluación general del sistema educativo no universitario, sin perjuicio de las competencias atribuidas a otros órganos directivos.
d) Ordenar y gestionar la orientación educativa y profesional, así como el apoyo a los centros educativos y otros organismos con competencias en esta materia.
e) Promover, diseñar, implementar y coordinar medidas que propicien la mejora del clima escolar y de la educación en igualdad.
f) Promover la elaboración de materiales didácticos y de apoyo en materia de educación inclusiva, tanto para el profesorado como para las familias del alumnado.
g) Ejercer las competencias de propuesta, gestión y ejecución del personal no docente de atención educativa en centros docentes, así como proponer la provisión de puestos de trabajo de personal no docente de atención educativa de los centros y servicios educativos, de acuerdo con la planificación prevista, en concreto, personal educador de educación especial, fisioterapeutas y personal educador de educación infantil, e intérpretes de la lengua de signos destinados al apoyo de la inclusión educativa excepto en aquellos aspectos que estén atribuidos a la conselleria con competencias en materia de función pública.
h) Proponer la creación, modificación y supresión de los puestos de trabajo de personal no docente de atención educativa en centros docentes.
i) Promover, diseñar, implementar y coordinar medidas de prevención e intervención ante los conflictos y la promoción de la convivencia.
j) Elaborar la estadística educativa no universitaria.
k) Cualquier otra que le encomiende la persona titular de la conselleria o le confieran las disposiciones vigentes.