Detalle Departamento

Subdirección General de Recaudación ATV

DIR3: A10025586
46009 - València - València/Valencia
Telephone: 961271099

Fax: 961271163

Range: Subdirección General
Depends on:
Functions:

El ejercicio de las funciones administrativas en que consiste la recaudación se atribuye, respecto a todo el territorio de la Comunitat Valenciana, a la Subdirección General de Recaudación. En particular, le corresponden las siguientes funciones y atribuciones:

          a) La iniciación de procedimientos sancionadores y la imposición de sanciones derivadas de actuaciones de gestión recaudatoria.

          b) La resolución de las tercerías que puedan promoverse en el procedimiento de apremio.

          c) El dictado del acto de derivación de responsabilidad solidaria o subsidiaria, y la gestión recaudatoria frente a sucesores.

          d) La resolución de los recursos de reposición interpuestos contra sus actos administrativos.

          e) La expedición de certificados acreditativos de estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias con la hacienda pública autonómica y de justificantes de pagos realizados por deudas a favor de la Generalitat.

          f) La elaboración del Plan de actuaciones en materia de recaudación para su elevación a la superior aprobación de la Dirección General, así como el control de su ejecución.

          g) La fijación de directrices, supervisión y, en su caso, formulación de propuestas de resolución, en relación con el ejercicio de las competencias en materia de recaudación.

          h) La coordinación, impulso y control del funcionamiento de las distintas unidades administrativas adscritas a la Subdirección General, así como la asistencia y tutela de otras unidades administrativas de la Administración de la Generalitat con funciones en materia recaudatoria.

          i) La defensa de los derechos de cobro de la hacienda pública valenciana que se hallen sujetos a proceso concursal y correspondan al ámbito competencial propio de la Agencia Tributaria Valenciana. En particular, ejercicio del derecho de abstención, suscripción de acuerdos por los que se establezcan condiciones singulares de pago o de convenios, así como compensación de créditos de la hacienda pública.

          j) La interposición de los recursos que correspondan en la vía económico-administrativa contra las resoluciones de los órganos económico-administrativos correspondientes a su ámbito funcional.

          k) La comunicación al Servicio de Régimen Jurídico, de las resoluciones de los Tribunales Económico-administrativos susceptibles de ser impugnadas en vía judicial relativas al ámbito funcional de la Subdirección General.

          l) La resolución de los expedientes de reembolso del coste de las garantías constituidas para suspender la ejecución de un acto o para aplazar o fraccionar el pago de una deuda, si dicho acto o deuda es declarado improcedente por sentencia o resolución administrativa firme.

          m) La determinación de los criterios a seguir para la selección de los expedientes que deban ser objeto de control masivo en el ámbito de la subdirección general.

          n) En su ámbito de competencias y funciones, velar por la integridad, veracidad y actualización de la información que se suministra al interesado a través de los diferentes medios e instrumentos.

          o) La realización de las actuaciones de estudio, informe y asesoramiento en cuestiones de su competencia.

          p) Las funciones atribuidas a otros órganos y unidades de recaudación cuando no existan y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad de la persona titular.

          q) En su caso, las que la normativa en vigor atribuye, en el ámbito estatal, al Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el marco de las competencias atribuidas a la Agencia Tributaria Valenciana en el ámbito de la Administración de la Generalitat.

          r) Cualquier otra función que se le atribuya mediante disposición legal o reglamentaria, las que se le encomienden por la Dirección General, así como aquellas que, dentro de su ámbito de actuación, no estén asignadas expresamente a ningún otro órgano o unidad administrativa.