Detail
Detalle Departamento
DIRECCIÓN GENERAL DEL INSTITUTO VALENCIANO DE SERVICIOS SOCIALES IVASS
- Servicio de Atención a Personas con Medidas Judiciales de Apoyo IVASS
- ÁREA DE SECRETARÍA DE DIRECCIÓN IVASS
- ÁREA ECONÓMICO-FINANCIERA IVASS
- ÁREA DE CONTRATACIÓN Y ASUNTOS GENERALES IVASS
- ÁREA DE PERSONAL Y PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES IVASS
- ÁREA DE PRESTACIÓN Y EVALUACIÓN DEL SERVICIO IVASS
- DIRECCIÓN ADJUNTA DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS IVASS
- DIRECCIÓN ADJUNTA ADMINISTRATIVA IVASS
- SUBDIRECCIÓN GENERAL DEL IVASS
1. Con plena adecuación a lo previsto en el artículo 19 del Decreto Ley 1/2011, de 30 de septiembre, del Consell, de Medidas Urgentes de Régimen Económico-Financiero del Sector Público Empresarial y Fundacional, la entidad contará con un/a director/a General, que se contratará, previo acuerdo del Consejo de Dirección, a propuesta del/a presidente/a.
2. Corresponde a la Dirección General el ejercicio de las siguientes atribuciones:
a) La dirección y gestión ordinaria de las actividades de la entidad.
b) La ejecución de los acuerdos del Consejo de Dirección.
c) La elaboración del Plan Anual de Actividades de la entidad, el anteproyecto de presupuesto para cada ejercicio y las modificaciones de este, así como los estados de ejecución del presupuesto, memoria y cuentas anuales, a fin de elevarlos al Consejo de Dirección para su aprobación.
d) Proponer al Consejo de Dirección los criterios que han de regir el desarrollo de los procesos selectivos derivados de la oferta de empleo público, de conformidad con la Ley 10/2010, de 9 de julio, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
e) La ejecución de los procesos selectivos derivados de la oferta de empleo público, la contratación y despido del personal laboral propio de entidad, todo ello sin perjuicio de lo establecido en el apartado j) del artículo 6.
f) La jefatura del personal de la entidad, así como la elaboración de la relación de puestos de trabajo del personal, para su aprobación por el Consejo de Dirección.
g) La gestión económica y financiera y el control técnico y administrativo de los servicios. Así como la llevanza de los eventuales cobros que tenga pendiente la entidad.
h) Cualesquiera otras atribuciones que le sean conferidas o delegadas por la Presidencia o el Consejo de Dirección.
3. El/La director/a General actuará como Secretario/a de la Comisión Asesora con derecho a voz y voto.
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