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Detalle Departamento
SERVICIO ECONÓMICO-FINANCIERO AGENCIA VALENCIANA DE FOMENTO Y GARANTÍA AGRARIA AVFGA
1º. Gestión presupuestaria, financiera, contable y patrimonial de la Agencia.
2º. La preparación y elaboración del proyecto de su presupuesto, así como el seguimiento y control de su ejecución.
3º. La liquidación y propuesta de rendición de la cuenta de la Agencia.
4º. La actualización permanente de su patrimonio.
5º. Realización de todas las operaciones y los procedimientos financieros y contables relacionados con las competencias asignadas por la normativa por la condición de la Agencia de Organismo Pagador de las ayudas financiadas por el FEOGA-Garantía, o fondo que lo sustituya, así como las derivadas del Convenio de prefinanciación de dichas ayudas suscrito por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Generalitat.
6º. Contabilidad y pagos del Organismo Pagador, asegurándose de que la contabilidad del Organismo Pagador se realice con exactitud, integridad y en el período adecuado, y que los pagos se realicen a los beneficiarios de las ayudas en el plazo previsto y en la cuenta designada para ello, así como de que los procedimientos protegen debidamente los intereses financieros de la Comunitat Valenciana.
7º. Verificar la realización de los controles administrativos y físicos preceptivos, realizados por el órgano encargado de la gestión de ayudas, su contenido y las medidas adoptadas a la vista de sus resultados, que están establecidos en la normativa comunitaria, previamente a la ejecución de dichos pagos.
8º. Efectuar las declaraciones mensuales de gastos, así como la elaboración de la cuenta anual, que contendrá una declaración de fiabilidad firmada por el Subdirector del Organismo Pagador y un informe de certificación del Organismo correspondiente, respecto de la veracidad, integridad y exactitud de la misma.
9º. Coordinar cuantos asuntos afecten a las relaciones del Organismo Pagador con otros departamentos y organismos, tanto autonómicos como estatales y comunitarios, en lo que se refiere a las distintas fases y procedimientos de la liquidación de cuentas, así como cuantos afecten a la financiación de la política agrícola común.
10º. Realizar las operaciones de recuperación de deudas al FEOGA - Garantía, fondo que lo sustituya, en los supuestos establecidos en normativa vigente.
11º. Expedir certificaciones de descubierto, para proceder a compensar de oficio las deudas al FEOGA, o fondo que lo sustituya, con los créditos a favor de deudor comprobados, cuyo pago sea competencia del Organismo Pagador.
12º. Recibir y devolver las fianzas exigidas por los distintos Reglamentos comunitarios en relación con las operaciones financiadas por la política agraria común, en las condiciones previstas por la reglamentación comunitaria, siendo responsable de su depósito y contabilidad.
13º. Implantación de un sistema mensual de alerta y seguimiento de los gastos agrarios que permita comparar los gastos reales y las estimaciones previstas, con el fin de adoptar las medidas necesarias de corrección en caso de rebasamiento del límite máximo fijado en los planes financieros, así como analizar la evolución de la ejecución para el ejercicio presupuestario.
14º. El seguimiento y cumplimiento de los plazos de las ayudas a los beneficiarios que establece la normativa comunitaria.
15º. Todas aquellas que, en relación con las materias relativas a la gestión económica y financiera de la Agencia, le sean asignadas.