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Detalle Departamento
Servicio de Mediadores de Seguros y de Supervisión Prudencial de Entidades Aseguradoras
a) Gestionar el registro administrativo de distribuidores de seguros y reaseguros de la Comunitat Valenciana, así como estudiar y tramitar las solicitudes de inscripción en el mismo.
b) Realizar la supervisión, control e inspección del ejercicio de la actividad de los distribuidores de seguros y reaseguros inscritos en el registro indicado en la letra a).
c) Estudiar y tramitar los proyectos de transmisión de acciones o participaciones que representen una participación significativa de corredurías de seguros y operadores de banca-seguros inscritos en el registro indicado en la letra a).
d) Gestionar y supervisar el deber de información estadístico-contable anual de los distribuidores de seguros inscritos en el registro indicado en la letra a), y elaborar un informe de conclusiones.
e) Tramitar los expedientes sancionadores que correspondan legalmente por la comisión de infracciones de normas sobre distribución de seguros y de reaseguros.
f) Analizar la situación patrimonial, económica y financiera de las mutualidades de previsión social no integradas en el sistema de la Seguridad Social, que en el ámbito de la supervisión prudencial sean competencia de la Generalitat por estar inscritas en el Registro de entidades de previsión social de la Comunitat Valenciana.
g) Ejercer la función inspectora sobre las entidades indicadas en la letra f).
h) Formular propuestas de requerimientos, instrucciones o recomendaciones a las entidades indicadas en la letra f).
i) Facilitar a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, de la Administración General del Estado, la información exigible conforme a lo establecido por las normas sobre distribución de seguros y de reaseguros, así como sobre mutualidades de previsión social, y mantener la debida cooperación con aquélla.
j) Elaborar las propuestas de modificación de la regulación de la Generalitat Valenciana en materia de distribución de seguros y reaseguros.
k) Elaborar estudios, informes y criterios en materia de distribución de seguros.
l) Estudiar las solicitudes de autorización de organización de cursos de formación de los distribuidores de seguros y de reaseguros, así como controlar el cumplimiento de requisitos de aquellos otros sujetos a comunicación previa.
m) Emitir informe preceptivo a las normas con rango de ley de la Generalitat Valenciana por las que se establezca la obligación de suscripción de seguros obligatorios.
n) Suministrar a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones la información sobre los seguros obligatorios existentes en la Comunitat Valenciana.
o) Dar soporte administrativo al Observatorio de Distribuidores de Seguros y Reaseguros de la Comunitat Valenciana.
p) Ejercer aquellas otras funciones derivadas de la normativa estatal en materia de seguros, que afecten a la Comunitat Valenciana.
q) Cualquier otra que le sea encomendada en relación con las materias que le son propias.