Convenio de colaboración para la promoción, dinamización y emisión del Carnet Jove de la Comunitat Valenciana

Institut Valencià de la Joventut IVAJ

Código SIA: 281319
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Código GVA: 18926
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Plazo de solicitud cerrado

Desde 31-05-2024

Hasta 01-07-2024

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Qué es

Qué es y para qué sirve

El objeto del convenio es establecer el marco de colaboración para la promoción y dinamización del programa Carnet Jove en la Comunitat Valenciana, mediante la emisión del Carnet Jove en su modalidad de tarjeta financiera, como instrumento dirigido a ofrecer una serie de oportunidades y ventajas a sus titulares.

Este objeto conlleva la cesión por parte del IVAJ a las entidades del uso del logotipo del Carnet Jove y de la Asociación Europea del Carné Joven (EYCA), a fin de que se incorpore a las tarjetas financieras que emitan en el territorio de la Comunitat Valenciana.

 

 

 

 

 

 

 

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 31-05-2024 hasta 01-07-2024
SubsanaciónPlazo abierto
Recurso de reposiciónPlazo abierto

A quién va dirigido

Empresas
Requisitos

1. Estar constituidas como entidades financieras y tener, como mínimo, diez sucursales abiertas, ubicadas en al menos cinco municipios diferentes de la Comunitat Valenciana.

2. Las entidades financieras podrán ser colaboradoras de forma individual o por agrupación.

La agrupación de entidades se considerará, a efectos de este convenio, como si fuera una sola entidad con una única red de oficinas.

3. Disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para emitir el Carné Joven Europeo en la Comunitat Valenciana.

4. Estar reconocidas como entidades financieras colaboradoras de la Tesorería de la Generalitat o, de acuerdo con el artículo 74.1 de la Ley 1/2015, de 6 de febrero, de la Generalitat, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones, autorizadas por la persona titular de la conselleria con competencias en materia de hacienda.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Las entidades financieras que deseen optar a la suscripción del convenio de colaboración deberán presentar, con carácter obligatorio, una instancia de solicitud según el modelo que figura como anexo I de esta convocatoria. Junto a la instancia se adjuntará escritura de poder que acredite la representación de la persona solicitante.

 

La presentación de la solicitud implica la aceptación de las condiciones contenidas en la resolución.

Órganos de tramitación
C/ HOSPITAL, 11

46001 - València (València/Valencia)

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 31-05-2024 hasta 01-07-2024

Las entidades financieras podrán acogerse a la presente convocatoria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de las bases en el DOGV núm. 9860 de fecha 30/05/2024.

 

 

Forma de presentación
Telemática

Las instancias se presentarán a través de medios electrónicos, mediante su presentación vía telemática en el enlace superior Para iniciar el trámite telemático deberá pinchar en el icono "tramitar con certificado". Deberá disponer de un certificado electrónico reconocido por la Agencia de...

Más

Subsanación

Plazo
Plazo abierto

El plazo de subsanación será de diez días hábiles contados a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación.

Descripción

Si la solicitud no reuniese los requisitos precisos, se requerirá a la entidad financiera interesada para que, en un plazo de diez días, subsane la falta, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los...

Más
Observaciones

La presentación de la documentación se realizará de forma telemática

Documentación

Se presentará la documentación requerida en la notificación.

 

 

Recurso de reposición

Plazo
Plazo abierto

Descripción

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), o...

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