La Administración debe ofrecer servicios públicos democráticos y al alcance de todas las personas. Para reducir la brecha digital, la Generalitat ha puesto en marcha distintos mecanismos como la figura del Personal Funcionario Habilitado (PFH).
El PFH es el encargado de asistir a las personas que no dispongan de acceso a internet (que no posean dispositivos tecnológicos o que no tengan el nivel de habilidades digitales suficientes), haciendo que el uso de estas herramientas digitales no suponga un obstáculo.
La figura del Personal Funcionario Habilitado y el Registro de personal funcionario habilitado, se establecen en los artículos 12 y 27 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el ámbito de la Generalitat este Registro está regulado en el Decreto 65/2024, de 10 de junio, del Consell, de personal funcionario habilitado en la Generalitat.
Las entidades locales de la Comunitat Valenciana, a través de su personal funcionario habilitado, podrán prestar el servicio de asistencia en el uso de medios electrónicos a las personas interesadas para la realización de actuaciones y trámites de la Generalitat.
- Instrucciones para la asistencia en la presentación de trámites o solicitudes de la Generalitat
- Video explicativo del proceso de asistencia como PFH