Entes habilitados

De acuerdo con lo establecido en el DECRETO 37/2025, de 4 de marzo, del Consell, por el que se regulan las entidades colaboradoras de certificación y los entes habilitados en el ámbito de la simplificación, la Administración podrá habilitar a personas físicas o jurídicas, como Entes habilitados, para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de las personas interesadas, previa autorización por parte de estas. Sin embargo, la persona interesada podrá siempre comparecer por sí misma en el procedimiento.

A continuación, puede consultar los Entes habilitados según su estado. En la información de cada entidad se incluyen los datos de contacto y la naturaleza de los procedimientos en los cuales puede actuar.

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