Convocatoria del concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo genéricos en los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses de la Comunitat Valenciana

Conselleria de Justicia, Transparencia y Participación

Etapa actual: Bases y apertura de plazo
Código SIA: 3266897
|
Código GVA: 111673
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Plazo abierto

Desde 07-05-2026

hasta 20-05-2026

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Información básica

Convocatoria
Concurso de traslados
Grupo
Sin especificar
Titulación
Sin especificar

Etapa actual: Bases y apertura de plazo

Fase

Convocatoria

Plazo
Desde 07-05-2026 a 20-05-2026

Diez días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado

Documentos

Las solicitudes para tomar parte en este concurso deberán ajustarse al modelo publicado como anexo II de esta resolución, cumplimentando todos los apartados que se le exijan, dirigidas a la Dirección General de Justicia y
Autogobierno, en las que harán constar sus datos personales, puesto de trabajo actual y puesto/s solicitado/s, en el plazo de diez días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

Forma de presentación
Información complementaria

Requisitos y condiciones de participación

Podrán tomar parte en este concurso los funcionarios de carrera pertenecientes al cuerpo y escala de ayudantes de laboratorio del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en que estén destinados, que reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantengan hasta la resolución definitiva del concurso.

Solo podrán tomar parte en este concurso si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes hubieran transcurrido dos años desde que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que se le adjudicó destino definitivo, o la resolución en la que se le adjudicó destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso.

El personal funcionario en adscripción provisional está obligado a participar en los concursos de acuerdo con la
normativa vigente, estando excluido de dicha limitación temporal.

No podrán tomar parte en este concurso:
a) Los declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión.
b) Los que se encuentren en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación.
c) Los sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres años, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.
d) Los que, habiendo obtenido destino en anteriores concursos, no hayan tomado posesión del destino que les fue adjudicado.

Presentación de solicitudes y documentación

Las solicitudes para tomar parte en este concurso deberán ajustarse al modelo publicado como anexo II de esta resolución.

Si durante el plazo de presentación de solicitudes se presentara más de una instancia, solo se atenderá a la
presentada en último lugar, quedando anuladas las anteriores.

Ningún participante podrá anular o modificar su instancia una vez terminado el plazo de presentación de estas.
La solicitud formulada será vinculante para el peticionario una vez transcurrido el período de presentación de instancias.

Con la solicitud se adjuntarán los certificados o diplomas acreditativos del conocimiento de lenguas oficiales propias de las comunidades autónomas.

En el caso de que para un determinado puesto se exija como requisito la posesión de una determinada titulación académica, se aportará copia de esta.

Peticiones condicionadas
Caso de estar interesados en las vacantes o resultas que se anuncian para un mismo municipio, partido judicial o provincia dos funcionarios, podrán condicionar su petición al hecho de que ambos obtengan destino en el mismo municipio, partido judicial o provincia, entendiéndose en caso contrario desistidas las peticiones condicionadas efectuadas por ambos. Los funcionarios que se acojan a esta petición condicionada deberán concretarlo en su instancia en el apartado
C, especificando el nombre y apellidos y NIF de la persona con quien condiciona y acompañando fotocopia de la solicitud del otro funcionario. Si alguno de los concursantes no lo indicase en el apartado C, quedarán anuladas ambas instancias.

Por el hecho de rellenar el apartado C de la instancia, se entiende que se acogen a la petición condicionada prevista en el artículo 48.2 del Reglamento de ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de justicia, aprobado por Real decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

 

Recursos

Recurso de alzada

Recurso potestativo de reposición

Listado de etapas

Etapa actual: Bases y apertura de plazo

Fecha publicación: 06-05-2026

Plazo abierto

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Bases y apertura de plazo