Solicitud de adhesión al convenio Marco de colaboración entre la Generalitat, las diputaciones provinciales y la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, en materia de administración electrónica en el ámbito de la Comunitat Valenciana

Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública

Código SIA: 211714
|
Código GVA: 16402
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Plazo de solicitud cerrado

Hasta 31-07-2025 23:59:00h

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Qué es

Qué es y para qué sirve

Impulsar la administración electrónica en la Comunitat Valenciana, especialmente entre las administraciones municipales, y la Generalitat, pudiendo a tal fin ofrecer conjuntamente servicios de asistencia en tecnologías de la información y la comunicación (TIC), tanto en el nivel de asesoramiento...

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Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Hasta 31-07-2025 23:59:00h

A quién va dirigido

Administración
Personas interesadas

Entidades locales y del ámbito territorial de la Comunidad Valenciana.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

-Las Entidades locales del ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, así como las Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de la Administración de la Generalitat deberán remitir a la Conselleria de Hacienda y Modelo Económico la solicitud de adhesión y el acuerdo aprobatorio del órgano competente, a través del trámite telemático habilitado al efecto.

- Las solicitudes serán aceptadas de conformidad con la Dirección General de Tecnologías de la Información.

- Publicación de las adhesiones en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana para su entrada en vigor.

Órganos de tramitación

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Hasta 31-07-2025 23:59:00h
Documentación

- Protocolo de adhesión.

 

- Certificación del acuerdo del órgano correspondiente de la Entidad Local por el que se adopta la decisión de solicitar la adhesión al Convenio Marco

Forma de presentación
Presencial

- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las Comunidades Autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración Local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

 

- También en cualquier oficina de Correos. En este caso se deberá presentar en sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.

 

- Y, preferentemente, en:

Dónde dirigirse

Resolución

Plazo máximo

- Las solicitudes serán aceptadas o denegadas por la Comisión de Seguimiento en el plazo de quince días.

Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015).

Agota vía administrativa
Si

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Administraciones
    • Trámites y servicios

TEMA

  • Administración pública
    • Administración electrónica
    • Entes locales

TIPO

  • Atención y orientación