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Convocatoria de los itinerarios formativos en competencias administrativas (IFCA) dirigidos al personal administrativo al servicio de la Generalitat para el ejercicio 2026
Qué es
Los itinerarios formativos para la capacitación competencial profesional del personal de apoyo administrativo IFCA, son un instrumento que orienta el desarrollo profesional del personal de los cuerpos C1-01 y C2-01 al servicio de la Administración de la Generalitat Valenciana, identificando las competencias clave para el desempeño de sus funciones y facilitando su formación continua.
Anexo I - Cualificaciones profesionales del grupo de apoyo administrativo.
Anexo II - Acciones formativas de los itinerarios formativos en competencias administrativas (IFCA)
Anexo III - Titulaciones para la modalidad de acreditación del conocimiento de inglés.
A quién va dirigido
Podrá solicitar su inclusión en estas acciones formativas el personal al servicio de la Generalitat Valenciana gestionado por la Dirección General de Función Pública, que cumpla con los requisitos de ser personal funcionario de carrera o personal laboral fijo de los grupos C1 o C2 en situación de activo, y de prestar servicio en un puesto de trabajo de los cuerpos C1-01 o C2-01.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 154.5 de la LFPV, podrán solicitar la participación en el IFCA las personas en situación de excedencia voluntaria por cuidado de familiares que cumplan con el requisito de ser personal funcionario de carrera o personal laboral fijo de los grupos C1 o C2, y tengan reservado un puesto de trabajo de los cuerpos C1-01 o C2-01
Cómo se tramita
1. La selección de las personas solicitantes deberá ajustarse a los siguientes criterios por orden de prioridad:
a) Efectivo cumplimiento de los requisitos específicos del itinerario.
b) Deberá equilibrarse según la plantilla real la participación de mujeres y hombres en la asistencia a cursos de formación, según el artículo 44 de la Ley de la Generalitat Valenciana 9/2003, de 2 de abril, para la igualdad de mujeres y hombres, y se respetará la reserva del 40% de las plazas prevista en el artículo 60 de la Ley orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, entre empleadas públicas que reúnan los requisitos.
c) En la selección deberá tenerse en cuenta, por una parte, la reserva del 3% de plazas para personas con discapacidad establecida en el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 10 de abril, de la Generalitat Valenciana, sobre el Estatuto de las personas con discapacidad.
2. Si fuera necesario por un exceso de demanda, las secretarías generales administrativas de cada Conselleria y las personas responsables de los organismos autónomos priorizarán la admisión en los itinerarios formativos solicitados por las personas aspirantes, teniendo en consideración la adecuación de las funciones desempeñadas en su puesto de trabajo al itinerario solicitado.
46003 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
El plazo de presentación de solicitudes para su inclusión en los itinerarios formativos incluidos en la presente resolución será de 10 días naturales a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV Núm.10280 / 14/01/2026).
De acuerdo al Art. 30.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Las personas interesadas podrán solicitar la participación únicamente en un itinerario formativo de los tres siguientes:
– Gestión administrativa.
– Atención a la ciudadanía.
– Secretariado de alta dirección.
Las solicitudes de participación en los itinerarios formativos deberán ser presentadas por las personas interesadas, a través de la página web del IVAP, en la dirección electrónica que se indica a continuación:
https://ivap.gva.es/es/itineraris-formatius
https://ivap.gva.es/va/itineraris-formatius
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