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Detalle trámite
Comunicación de los datos de implantación de la identificación individual a los animales de las especies camélidos y cérvidos de la Comunitat Valenciana
Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca
Desde 01-07-2025 00:00:00h
Qué es
Trámite para proceder a comunicar los datos de implantación de la identificación individual a los animales de las especies camélidos y cérvidos de la Comunitat Valenciana según el artículo 9 y artículo 10 del Real Decreto 787/2023.
Sirve para dar de alta la identificación de los animales de las especies camélidos y cérvidos, identificados en una explotación determinada.
El trámite se realiza desde la aplicación Oficina Virtual Veterinaria (OVV) en "Comunicaciones", seleccionando “Nuevas Identificaciones de camélidos y cérvidos”.
Este trámite se realizará mediante dos opciones:
- “Carga desde un fichero” mediante un FICHERO PARA COMUNICACIÓN DE LA IDENTIFICACIÓN DE CAMÉLIDOS/CÉRVIDOS generado por el usuario.
- “Selección manual” rellenando los campos disponibles.
Trámite para realizar telemáticamente a través de la Oficina Virtual Veterinaria.
Los veterinarios de la explotación o personal responsable veterinario de la Agrupación de Defensa Sanitaria Ganadera (ADGS), realizan el trámite para la comunicación de nuevas identificaciones individuales de camélidos o cérvidos pudiendo aportar los datos requeridos a través de la carga masiva mediante de fichero de identificación de camélidos y cérvidos o de la introducción manual de los datos de cada animal en el formulario del trámite.
Las validaciones se realizarán sobre los datos introducidos y se incorporan directamente al Registro General de Identificación Individual de Animales (RIIA) y al Registro General de Movimiento de Ganado (REMO).
- Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad. BOE núm. 263 de 03-11-2023
- Decreto 58/2023, de 14 de abril, del consell, de ordenación del sector ganadero, por el cual se regulan los procedimientos de registro, identificación y movimiento de los animales de las explotaciones ganaderas de la Comunitat Valenciana. DOGV núm. 9577 de 18-04-2023
A quién va dirigido
Veterinario responsable de la explotación o personal responsable veterinario de Agrupación Sanitaria de Defensa Ganadera (ADGS), en nombre de la personal titular de la explotación ganadera de alta en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunitat Valenciana (REGA).
El veterinario de explotación cargará mediante fichero o selección manual, la identificación individual de los animales de las especies de camélidos y cérvidos que se hayan identificado, en nombre del titular de la explotación ganadera dada de alta en REGA.
Los identificadores individuales habrán sido anteriormente adquiridos por los titulares de la explotación a una de las empresas fabricantes autorizadas.
Los datos introducidos deberán de cumplir todas las validaciones para que la carga se realice con éxito y a partir de ese momento los animales se incluirán en el censo de la explotación ganadera.
La comunicación de los nuevos identificadores se realizará cada vez de una sola explotación ganadera. No se podrá realizar la comunicación de los nuevos identificadores de dos o más explotaciones en el mismo trámite.
Para la comunicación de la identificación de los nacimientos para su inclusión en RIIA, tendrá un plazo máximo de 3 meses desde la fecha de implantación de los medios de identificación.
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
En cualquier momento.
A través de la Oficina Virtual Veterinaria, los veterinarios de la explotación o personal responsable veterinario de la Agrupación de Defensa Sanitaria Ganadera (ADGS), realizan el trámite para la comunicación de nuevas identificaciones individuales de camélidos o cérvidos pudiendo aportar los...
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