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Detalle trámite
Solicitud de ayudas de urgencia al alquiler de vivienda a las personas afectadas por el incendio declarado el 22 de febrero de 2024 en la ciudad de València
Qué es
Obtención de ayudas para facilitar el acceso a una vivienda en alquiler a las personas que residían en una vivienda de su propiedad o en régimen de alquiler afectada en el incendio iniciado el 22 de febrero de 2024 en la calle Poeta Rafael Alberti número 2 de la ciudad de València.
La ayuda no se aplicará en caso de que la persona solicitante o alguno de los miembros de la unidad familiar sea titular de otra vivienda que tenga a su disposición a menos de 30 kilómetros de la ciudad de València.
- Decreto 23/2024, de 26 de febrero, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes destinadas a las personas afectadas por el incendio declarado en València el 22 de febrero de 2024. (DOGV Num. 9796, de 26.02.2024) DOGV núm....
- Corrección de errores del Acuerdo de 26 de febrero de 2024, del Consell, por el que se inician las actuaciones para paliar los daños producidos por la destrucción de viviendas, como consecuencia del incendio iniciado el 22 de febrero de 2024, en el barrio de Campanar de la ciudad de València....
- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. (BOE núm. 276, de 18.11.2003) BOE núm. 276 de 18-11-2003
- Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones. (BOE núm. 49, de 26.02.2015) DOGV núm. 49 de 26-02-2015
- DECRETO 94/2024, de 2 de agosto, del Consell, de modificación del Decreto 23/2024, de 26 de febrero, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras y el procedimiento de concesión directa de ayudas urgentes destinadas a las personas afectadas por el incendio declarado en València el 22...
A quién va dirigido
Personas físicas y residentes por cualquier título jurídico válidamente admitido en derecho, ya sea en propiedad o en régimen de alquiler, que en el momento del incendio tenían su residencia habitual y permanente en alguna de las viviendas destruidas en el incendio iniciado el 22 de febrero de...
Deben ser personas físicas propietarias o en régimen de alquiler que tienen su residencia habitual y permanente en la vivienda siniestrada y que a consecuencia del incendio se vean obligadas a alquilar una vivienda para destinarla a su residencia habitual y que suscriban el contrato de...
Cómo se tramita
46003 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Las solicitudes se deberán presentar en el plazo máximo de un mes desde la suscripción del contrato de arrendamiento. (DOGV núm. 9796, de 26.02.2024)
Se presentará la solicitud a través del trámite específico que estará disponible en la sede electrónica de la Generalitat, portal gva.es de los procedimientos de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda. Se presentará la solicitud junto con los siguientes documentos:
- Copia del contrato de arrendamiento respecto del cual se solicita la ayuda.
- Declaración responsable del número de miembros de la unidad familiar o de convivencia que vayan a residir en la vivienda arrendada, la condición de residentes habituales en la vivienda en el momento de producirse el incendio, así como también sobre la existencia o no de seguro que incluya entre sus coberturas prestaciones análogas. Disponible en el apartado "Formularios" del presente procedimiento.
- Modelo de domiciliación bancaria cumplimentado y firmado por la persona solicitante. Disponible en el apartado "Formularios" del presente procedimiento.
La solicitud de la ayuda se presentará a través de medios telemáticos en la sede electrónica de la Generalitat.
Resolución
El importe de la ayuda será igual al precio del arrendamiento de la vivienda, con el límite máximo de 1.000 euros mensuales.
Este límite se podrá incrementar, a razón de 100 euros adiciónales por cada una de las personas que vayan a residir en la vivienda arrendada, siempre que tuvieran su residencia habitual en la vivienda siniestrada, con el límite de 1.500 euros mensuales.
La duración de la ayuda no será superior a la duración del contrato de arrendamiento y estará sujeta a límite máximo desde la fecha de suscripción del contrato de:
- 12 meses para las personas residentes en una vivienda siniestrada de su propiedad
- 6 meses para personas residentes en una vivienda en régimen de alquiler.
46003 - València/Valencia
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