Acceso a Cl@u
Detalle trámite
Solicitud de evaluación y autorización autonómica de una sustancia u objeto resultante de un proceso productivo como subproducto
Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
Qué es
Evaluar la utilización de una sustancia u objeto resultante de un proceso productivo (residuo) como sustitutivo de una materia prima (subproducto) en una actividad o proceso industrial concreto.
A quién va dirigido
Las personas físicas o jurídicas que ostenten la condición de productor de residuos conforme a la definición dada en el artículo 2.ab) de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
- La instalación productora de la sustancia u objeto a evaluar ha de estar ubicada en el territorio de la Comunitat Valenciana.
- La sustancia u objeto para el que se solicita la declaración de subproducto tiene que cumplir, simultáneamente, las condiciones siguientes:
a) que se tenga la seguridad de que será utilizado ulteriormente,
b) que se pueda utilizar directamente sin tener que someterse a una transformación ulterior distinta de la práctica industrial habitual,
c) que se produzca como parte integrante de un proceso de producción, y
d) que el uso ulterior cumpla todos los requisitos pertinentes relativos a los productos, así como la protección de la salud humana y del medio ambiente, sin que produzca impactos generales adversos para la salud humana o el medio ambiente.
Cómo se tramita
46018 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
Durante todo el año.
1. Formulario de solicitud, según modelo normalizado.
2. Memoria justificativa del cumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 4.1 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. También se incluirá la información relativa al residuo de producción generado, al proceso productivo que lo genera, a la actividad o proceso industrial que lo utilizará y a la materia prima sustituida.
En virtud de la disposición adicional octava de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, la tramitación de los procedimientos administrativos, tanto para las personas físicas como para las personas jurídicas, se deberá llevar a cabo por vía...
Subsanación
Alegación / Aportación
En virtud de la disposición adicional octava de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, la tramitación de los procedimientos administrativos, tanto para las personas físicas como para las personas jurídicas, se deberá llevar a cabo por vía...
Resolución
Tres (3) meses desde la presentación de la solicitud.
La autorización del subproducto que se conceda tendrá validez, únicamente, para el uso en la actividad o proceso industrial de destino.
Justificación
En virtud de la disposición adicional octava de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, la tramitación de los procedimientos administrativos, tanto para las personas físicas como para las personas jurídicas, se deberá llevar a cabo por vía...
Recurso de alzada
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Empresas
- Medio ambiente
- Autorizaciones, registros y licencias
- Medio ambiente
- Medio ambiente
- Residuos y reciclaje
TEMA
- Administración pública
- Territorio y paisaje. Urbanismo
- Medio ambiente
- Residuos
PERFILES
- Ciudadanía
- Gente mayor
- Inmigrantes
- Niños y familias
- Estudiantes
- Mujeres
- Docentes
- Personas con discapacidad
- Personas desempleadas
- Investigadores/oras
- Personas en riesgo de exclusión
- Pensionistas
- Jóvenes
- Empresa
- Profesionales y autónomos
- Pequeña y mediana empresa
- Gran empresa
SECTOR
- Industria
- Industria química y petroquímica
TEMÁTICA
- Sostenibilidad
- Medio ambiente
- Afectación al medio
- Innovación
CICLO VITAL
- Crecer y consolidarse
TIPO
- Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones