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Solicitud de transmisión de autorización VTC
Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación
Qué es
El titular de la autorización desea transmitirla a otra persona física o jurídica. Mediante este proceso se comprueba el cumplimiento de las condiciones exigidas según la normativa vigente para efectuar el cambio de titular de una autorización VTC mediante inscripción en el Registro de Empresas y...
* DISTINTIVO PARA IDENTIFICACIÓN DE LOS VEHÍCULOS DE ALQUILER CON CONDUCTOR (VTC)
Los vehículos dedicados a la actividad de arrendamiento con conductor, cuya autorización de la clase VTC se encuentre residenciada en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana, deberán estar permanentemente identificados mediante el distintivo que figura en el anexo de la orden 12/2016.
La numeración y año recogidos en el distintivo hace referencia a los meses y el año en que el titular de las autorizaciones deberá proceder al visado de sus autorizaciones, por lo que, por el órgano encargado de facilitar el mismo, se realizará una marca en el número correspondiente al mes concreto en el que debe realizarse el visado por cada uno de los
titulares.
- Ley 16/1987, de 30 de julio, sobre ordenación de los transportes terrestres (BOE nº 182, de 31/7/87). BOE núm. 182 de 31-07-1987
- Ley Orgánica 5/1987, de 30 de julio, de delegación de facultades del Estado en las comunidades autónomas en materia de transporte por carretera y por cable (BOE nº 182, de 31/7/87). BOE núm. 182 de 01-08-1987
- Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, que aprueba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (BOE nº 241, de 8/10/90). BOE núm. 241 de 08-10-1990
- Orden FOM/36/2008, de 9 de enero, por la que se desarrolla la sección segunda del capítulo IV del título V, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor, del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre (BOE...
- Orden 12/2016, de 23 de noviembre, de la Conselleria de Vivienda, Obras Públicas y Vertebración del Territorio, por la que se crea un distintivo para la identificación de los vehículos de alquiler con conductor (VTC) en la Comunitat Valenciana (DOGV nº 7933, de 09/12/2016) DOGV núm. 7933 de...
- Decreto Ley 4/2019, de 29 de marzo, del Consell, de prestación del servicio de transporte público discrecional de personas viajeras mediante arrendamiento de vehículos con conductor (DOGV nº 8519, de 01.04.2019) DOGV núm. 8519 de 01-04-2019
A quién va dirigido
Quienes desean adquirir por el procedimiento de transmisión, una autorización que habilita para el ejercicio de la actividad de transporte discrecional mediante arrendamiento de vehículos con conductor.
Con carácter general, se exige cumplir las condiciones establecidas en los arts. 42 y 43.1 de la LOTT y arts. 181 y 182 del ROTT.
· De forma específica se requiere, además:
- Si la transmisión va acompañada de la adscripción de un nuevo vehículo, este deberá reunir las características técnicas establecidas en el artículo 181.2 del RD 1211/1990 y del artículo 7 del Decreto Ley 4/2019 del Consell.
- Adicionalmente, deberá tenerse en cuenta la fecha de otorgamiento de la autorización, en cuyo caso podría aplicarse los condicionantes medioambientales del artículo 99.5 de la Ley 16/1987.
- El Servicio Territorial de Transporte podrá, no obstante, exigir también la acreditación del cumplimiento de cualquier otro requisito legal o reglamentariamente exigido para su autorización, en relación con todas o con alguna de las autorizaciones de que la empresa sea titular.
Cómo se tramita
- Presentación de las solicitudes y la documentación.
- Comprobada la idoneidad de la documentación presentada, se procederá a la expedición de la tarjeta de transportes en la que se documenta al nuevo titular y vehículo si procede.
- Si la solicitud de transmisión no reúne los requisitos o no se acompañan los documentos exigidos, el Servicio Territorial de Transporte requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.
- Resolución del Servicio Territorial competente e inscripción en el REAT, en su caso.
03007 - Alacant/Alicante
46009 - València/Valencia
12003 - Castelló/Castellón
Procedimientos relacionados
Entidades colaboradoras de certificación
Formularios
Solicitud
Durante todo el año.
La presentación de la solicitud conllevará la autorización del solicitante, salvo manifestación en contra, a que la Conselleria de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad, obtenga directamente los datos relativos al cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Administración y obligaciones frente a la Seguridad Social, de identificación personal y de residencia, según lo previsto en los artículos 4 y 5 del Decreto 165/2010, de 8 de octubre, del Consell, por el que se establecen medidas de simplificación y de reducción de cargas administrativas en los procedimientos gestionados por la Administración de la Generalitat y su sector público (DOCV núm 6.376, de 14.10.2010). En caso de no autorizarse, se deberá aportar:
** Fotocopia DNI
** Certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social
- En caso de no tener nacionalidad española, documento de identificación que surta efectos equivalentes.
- En caso de ser persona jurídica, documento de identificación fiscal (CIF)
- En relación con cada autorización:
a) Permiso de circulación expedido a nombre del titular de la autorización.
b) Si la transmisión incluye cambio de vehículo, ficha técnica del mismo.
c) Según el art. 182.6 del ROTT, la empresa deberá tener cubierta, mediante uno o varios seguros u otras garantías financieras, su responsabilidad civil por los daños que puedieran sufrir los viajeros como consecuencia del transporte, por lo que deberá aportarse copia de la póliza y justificante de pago de los seguros que sea suficientes para cubrir dicha responsabilidad.
- Contrato de transmisión o, en su defecto, cumplimentar el modelo asociado donde cedente y cesionario plasmen su acuerdo.
¿Qué tasas se deben pagar y cómo hacer su pago?
El código, la descripción y el importe actual de la tasa es:
A02 (por vehículo): 28,24 euros
FORMAS DE PAGO, IMPORTES Y MODELOS:
Tanto las formas de pago como los importes y los modelos de tasa se pueden descargar desde la dirección de Internet que se indica a continuación:
1. Para presentar esta solicitud mediante la tramitación telemática, la persona solicitante deberá disponer de firma electrónica avanzada: bien con el certificado reconocido de entidad (personas jurídicas), o bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), compatible con la...
Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:
- a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
- b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
- c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
- d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.
Resolución
Recurso: alzada.
Plazo: un mes.
Órgano ante el que se interpone y resuelve: Secretaria Autonomical de Obras Públicas, Transporte y Movilidad Sostenible.
Presentación del recurso: cabe presentarlo en el correspondiente servicio territorial de transporte.
03007 - Alacant/Alicante
46009 - València/Valencia
12003 - Castelló/Castellón
Preguntas frecuentes
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- Empresas
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- Administración pública
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- Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones