Comunicación del compromiso del veterinario de explotación y el titular de la explotación ganadera /cese del compromiso del veterinario de explotación y el titular de la explotación ganadera

Conselleria de Agricultura, Agua, Ganadería y Pesca

Código SIA: 3034029
|
Código GVA: 94428
Descargar información
Plazo de solicitud abierto

Desde 01-12-2023 00:00:00h

  • Qué necesitas saber
  • Qué es
  • A quién va dirigido
  • Cómo se tramita
  • Procedimientos relacionados
  • Formularios
  • Tramitación
  • Solicitud
  • Ayuda
  • Preguntas frecuentes
  • Temas relacionados
  • Enlaces de interés

Qué es

Qué es y para qué sirve

El presente trámite permite presentar la comunicación y/o el cese del veterinario de explotación conforme lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley 6/2003, de 4 de marzo, de Ganadería de la Comunitat Valenciana. Todo ello sin perjuicio de lo dispuesto en el Real Decreto 346/2025, de 22 de abril, por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Desde 01-12-2023 00:00:00h
Observaciones

En caso de alta de nueva explotación en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA) de la Comunitat Valenciana, la comunicación del veterinario se realizará mediante el trámite https://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=14914

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Personas interesadas

Los titulares de las explotaciones ganaderas de alta en el Registro de Explotaciones Ganaderas de la Comunitat Valenciana (REGA).

Requisitos

En el caso de las explotaciones ganaderas pertenecientes a una Asociación de Defensa Sanitaria Ganadera (ADSG) se entenderá que el veterinario de explotación será el veterinario de la ADSG salvo que se comunique a la autoridad competente otro veterinario de explotación conforme el modelo de comunicación establecido en el presente trámite.

En las explotaciones en las que coexistan diferentes veterinarios, todas aquellas funciones que recoja el programa sanitario de la ADSG serán realizadas por el veterinario de esta, siendo el veterinario de explotación el responsable de coordinar y de realizar la visita zoosanitaria establecida para las explotaciones dentro del ámbito de aplicación del Real Decreto 346/2025, de 22 de abril, por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación.

Cómo se tramita

Órganos de tramitación
La instrucción del procedimiento corresponde a las oficinas comarcales agrarias de la Conselleria competente en materia agraria (https://agricultura.gva.es/es/web/oca/la-teua-oficina-comarcal-agraria).

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 01-12-2023 00:00:00h
Forma de presentación
Telemática

Dado que las personas solicitantes están obligadas a relacionarse con las administraciones públicas a través de medios electrónicos, en virtud del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de...

Más

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Empresas
    • Agricultura, ganadería y pesca
      • Autorizaciones, registros y licencias
      • Explotaciones ganaderas

TEMA

  • Agricultura, ganadería y pesca
    • Sanidad animal
    • Ganadería
  • Medio ambiente
    • Protección de los animales

PERFILES

  • Ciudadanía
  • Empresa

SECTOR

  • Agricultura, alimentación, ganadería, pesca y actividades forestales
    • Ganadería

TIPO

  • Declaraciones y comunicaciones