CALIFICACIÓN PROVISIONAL o de JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES en la actuación de rehabilitación de un edificio perteneciente a un expediente de ayuda concedido en el marco del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio

Vicepresidencia Primera y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda

Código SIA: 3029251
|
Código GVA: 94305
Descargar información
Plazo de solicitud abierto

Hasta 30-06-2026 23:59:00h

  • Qué necesitas saber
  • Qué es
  • A quién va dirigido
  • Cómo se tramita
  • Formularios
  • Tramitación
  • Solicitud
  • Alegación / Aportación
  • Resolución
  • Ayuda
  • Preguntas frecuentes
  • Temas relacionados
  • Enlaces de interés

Qué es

Qué es y para qué sirve

El procedimiento permite al TITULAR de un expediente de BARRIS (el Ayuntamiento o su representante) solicitar la CALIFICACIÓN PROVISIONAL previa al inicio de las obras de rehabilitación, preferentemente, de un edificio perteneciente a un ERRP del Programa de ayudas a las actuaciones de...

Saber más
Plazos
SolicitudPlazo abierto
Hasta 30-06-2026 23:59:00h
Alegación / AportaciónPlazo abierto
Hasta 30-06-2026 23:59:00h
Observaciones

En la página web del Programa de Barrios:

 

https://habitatge.gva.es/es/web/vivienda-y-calidad-en-la-edificacion/fons-europeus-per-a-la-rehabilitacio-de-barris

 

Puede obtener:

• INFORMACIÓN COMPLEMENTARIA.

• HERRAMIENTAS GUÍA, destacando entre ellas:

o Guía práctica para las Direcciones Territoriales y Ayuntamientos.

o Manual para las Direcciones Territoriales y Ayuntamientos.

o Formatos o documentos normalizados a presentar en el trámite.

• DOCUMENTACIÓN PARA la FASE DE GESTIÓN DE LAS AYUDAS.

 

Dudas sobre el trámite:

• fondoseuropeosbarrios@gva.es

 

A quién va dirigido

Administración
Personas interesadas

El solicitante es el TITULAR del correspondiente expediente de BARRIS del Programa de ayudas a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio, concedido por Resolución de la Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana, bien en la Primera resolución parcial (Resolución de 2 de...

Saber más
Requisitos

Es requisito ser el titular de un expediente de ayudas del programa de barrios, concedido por Resolución de la Dirección General de Vivienda y Regeneración Urbana, de la convocatoria para la concesión de las ayudas del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del...

Saber más

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

FASE DE CALIFICACIÓN PROVISIONAL:

1- Inicio. Solicitud de Calificación Provisional de actuación de rehabilitación de edificio.

2- Subsanación.

3- Resolución de la solicitud de Calificación Provisional.

4- Notificación al interesado.

 

FASE DE JUSTIFICACIÓN DE INVERSIONES (Obligatoria Calificación Provisional positiva previa):

5- Presentación de documentos justificativos de inversión (Aportación documental)

6- Validación o denegación de los justificantes de inversión por el técnico de la Dirección Territorial.

 

 

Órganos de tramitación
La Calificación Provisional es un trámite propio de la gestión de las ayudas concedidas por Resolución de la Dirección General de Vivienda, de la convocatoria para la concesión de las ayudas del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan de Recuperación,...
Saber más

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Hasta 30-06-2026 23:59:00h

La Calificación Provisional es un trámite propio de la gestión de las ayudas concedidas por Resolución de la Dirección General de Vivienda, de la convocatoria para la concesión de las ayudas del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia 2021-2026, convocadas mediante la Resolución de 8 de abril de 2022, de la Vicepresidencia Segunda y Conselleria de Vivienda y Arquitectura Bioclimática (DOGV Núm. 9320 / 19.04.2022)

El plazo para presentar la solicitud es el plazo de gestión de las ayudas desde el momento de la adjudicación de las mismas hasta la fecha fin del programa. En todo caso, las obras deberán estar finalizadas en fecha 30/06/2026 (DOGV Núm. 9320 / 19.04.2022)

Documentación

El trámite de Solicitud de Calificación Provisional de un edificio del Programa de Barrios requiere el estudio de los documentos e instrucciones facilitados y una necesaria preparación previa.

 

La realización de la solicitud incluye:

Paso 1: Cumplimentación electrónica del formulario de datos generales.

Paso 2: Cumplimentación electrónica del formulario específico del trámite: “Solicitud de Calificación Provisional de Actuación de Rehabilitación en Barrios”

Paso 3: Aportación de documentación.

Paso 4: Registro y finalización de la solicitud.

 

El formulario específico del trámite es un formulario muy completo de carácter técnico sobre el edificio que se pretende calificar. Es conveniente analizar este formulario de forma previa y tener todos los datos que se requieren, para poder completar el trámite sin incidencias en el tiempo disponible. Por ello, se facilita el formulario en pdf, en el apartado de impresos asociados.

 

Documentación necesaria para realizar el trámite.

• Documentos obligatorios:

o CPROVR01 Certificado Solicitud Calificación Provisional firmado por el Secretario

o CPROVR02 Acuerdo de la Comunidad de Propietarios por el que se aprueban las obras de RHB

o CPROVR03 DR requisito de que la/s vivienda/s constituyen domicilio habitual

o CPROVR04 Reportaje fotográfico del edificio en su estado actual

o CPROVR05 CEE del estado actual, debidamente registrado, del edificio a rehabilitar

o CPROVR06 CEE proyectado, sin registrar, firmado por el técnico redactor del proyecto

o CPROVR07 IEE.CV, debidamente registrado, del edificio a rehabilitar

o CPROVR08 DR sobre las actuaciones urgentes según el IEE.CV, firmada por el Redactor

o CPROVR09 Estudio Potencial de Mejoras y el Plan de Actuación del edificio

o CPROVR10 PROYECTO de Rehabilitación o MEMORIA suscrita por técnico competente

o CPROVR11 MEMORIA EXPLICATIVA DE LA ACTUACIÓN PREVISTA, firmada por el técnico redactor del proyecto

o CPROVR12 Ficha autoevaluación DNSH con datos de proyecto firmada por el técnico redactor

o CPROVR13 Circularidad: Re10 firmado por técnico redactor, resultado bueno

o CPROVR14 Estudio de Gestión de Residuos firmado

o CPROVR20 Licencia de obras y cualquier autorización administrativa legalmente exigible

o CPROVR23 Acreditación del cumplimiento de LCSP o LGS en la contratación de la REDACCIÓN DEL PROYECTO de RHB.

• Documentos opcionales:

o CPROVR17 Si hay amianto, Memoria justificativa de la retirada de amianto

o CPROVR18 Declaración del Ayuntamiento sobre la protección del edificio, si procede

o CPROVR19 Intervenciones previas mejora de eficiencia energética (edificios zona C, D y E)

o CPROVR24 Acreditación del cumplimiento LCSP o LGS en la CONTRATACIÓN DE LAS OBRAS DE RHB

o Otros documentos

Impresos asociados:

• 12769_BI_Formulario de Solicitud de Calificación Provisional RHB (modelo de ejemplo)

• 12802_BI_Certificado Secretario CP RHB

• 12803_BI_DR actuaciones urgentes IEE BARRHB

• 12783_BI_Documento Autobaremación DNSH

 

Forma de presentación

Alegación / Aportación

Plazo
Hasta 30-06-2026 23:59:00h

Ley 39/2015. Artículo 73. Cumplimiento de trámites.

1. Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de diez días a partir del siguiente al de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto.

 

2. En cualquier momento del procedimiento, cuando la Administración considere que alguno de los actos de los interesados no reúne los requisitos necesarios, lo pondrá en conocimiento de su autor, concediéndole un plazo de diez días para cumplimentarlo.

 

3. A los interesados que no cumplan lo dispuesto en los apartados anteriores, se les podrá declarar decaídos en su derecho al trámite correspondiente. No obstante, se admitirá la actuación del interesado y producirá sus efectos legales, si se produjera antes o dentro del día que se notifique la resolución en la que se tenga por transcurrido el plazo.

 

En todo caso, las obras de rehabilitación deberán estar finalizadas en fecha 30/06/2026 (DOGV Núm. 9320 / 19.04.2022)

 

Descripción

Aportación de documentación al expediente electrónico BARRHB de rehabilitación de un edificio del programa de Barrios.

 

 

Observaciones

El expediente electrónico BARRHB, de rehabilitación de un edificio, se abre con la Calificación Provisional y se cerrará cuando se resuelva la Calificación Definitiva.

En todo caso, las obras de rehabilitación deberán estar finalizadas en fecha 30/06/2026 (DOGV Núm. 9320 / 19.04.2022)

 

Forma de presentación

Resolución

Plazo máximo

30 de junio de 2026

Efecto silencio / Agota vía administrativa
Desestimatorio
/ No
Recurso que procede contra la resolución
Alzada
Órganos resolución
La Calificación Provisional es un trámite propio de la gestión de las ayudas concedidas por Resolución de la Dirección General de Vivienda, de la convocatoria para la concesión de las ayudas del Programa de ayuda a las actuaciones de rehabilitación a nivel de barrio del Plan de Recuperación,...
Saber más

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Administraciones
    • Trámites y servicios
      • Administraciones locales
        • Urbanismo y vivienda
    • Ayudas y subvenciones
      • Administraciones locales
        • Obras públicas, urbanismo y vivienda