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Detalle trámite
Inscripción en el Registro Integrado Industrial (RII) de EMPRESAS instaladoras y conservadoras de aparatos elevadores: GRÚAS-TORRE. Alta, modificación y cese. Industria
Conselleria de Industria, Turismo, Innovación y Comercio
Qué es
- Se inscribirán a través de este trámite aquellas empresas instaladoras que tengan la sede social en la Comunidad Valenciana, teniendo a partir de la inscripción validez en todo el territorio nacional.
- Inscripción en el Registro Integrado Industrial de empresas instaladoras o conservadoras de grúas-torre.
- Alta
- Modificación.
- Cese.
RENOVACIÓN:
- La renovación del certificado empresarial de las empresas instaladoras y/o conservadoras se realizará cada cinco años.
- La renovación deberá realizarse antes de que caduque la inscripción, si se pasa el plazo la empresa no podrá pasar los boletines por Industria.
- Real Decreto 2291/1985, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención (BOE nº 296, de 11/12/85). BOE núm. 296 de 11-12-1985
- Real Decreto 836/2003, de 27 de junio, por el que se se aprueba una nueva instrucción técnica complementaria 'MIE-AEM-2' del Reglamento de Aparatos de Elevación y Manutención, referente a grúas-torre para obras u otras aplicaciones (BOE nº 170, de 17/07/03). BOE núm. 170 de 17-07-2003
- Real Decreto 559/2010, de 7 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Integrado Industrial.(BOE nº 125,de 22/05/2010). BOE núm. 125 de 22-05-2010
- Real Decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial para adecuarlas a la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y a la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de...
- Decreto 141/2012, de 28 de septiembre, del Consell, por el que se simplifica el procedimiento para la puesta en funcionamiento de industrias e instalaciones industriales (DOCV núm. 6873, de 01/10/12). DOGV núm. 6873 de 01-10-2012
- Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria (BOE núm. 176, 23/07/1992). BOE núm. 176 de 23-07-1992
A quién va dirigido
La persona titular de la empresa o su representante legal.
Pueden realizarse trámites POR VÍA TELEMÁTICA ante la Administración de la Generalitat Valenciana:
a) Directamente por la persona solicitante.
b) O actuando en representación de otra persona:
- Bien utilizando un certificado electrónico de representante.
- O bien sin utilizar un certificado electrónico de representante, en cuyo caso la persona representada debe inscribir previamente esa representación en el REGISTRO DE REPRESENTANTES de la ACCV (ver información disponible en los apartados "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" y "Ayuda > Enlaces de interés" del presente trámite).
Sin esa inscripción previa, o sin un certificado electrónico de representante, NO puede realizarse el trámite telemático en representación de otra persona y no se recibirá nada en la Carpeta Ciudadana de la persona presentadora.
No obstante, en esos casos puede utilizarse la BANDEJA DE FIRMAS, que es una funcionalidad integrada en la Carpeta Ciudadana para posibilitar que la persona en nombre de la cual se quiere realizar el trámite telemático firme el/los formulario/s web, el/los documento/s a anexar (en su caso) y su presentación final en registro. En la Sede Electrónica de la Generalitat Valenciana dispone de ayuda con preguntas frecuentes sobre la Carpeta Ciudadana, que incluye un tutorial de funcionamiento de la Bandeja de Firmas (ver enlace en el apartado "Qué necesitas saber > Qué es > Enlaces" de este trámite) y, además, en el propio trámite telemático se le irán indicando los pasos a seguir.
Cómo se tramita
1. Presentación DE FORMA TELEMÁTICA de la declaración responsable ante el Servicio Territorial competente en materia de Industria de la provincia de la Comunitat Valenciana donde se establezca la empresa (en caso de alta) o donde esté establecida (en caso de modificación o cese).
2. Si lo solicitado es correcto, el referido Servicio Territorial competente:
- En caso de alta asignará, de oficio, un número de identificación a la empresa y la inscribirá en el Registro Integrado Industrial (RII).
El número de RII podrá consultarse en la página web de dicho Registro estatal (ver enlace directo al RII en el apartado "Qué necesitas saber > Qué es > Enlaces" del presente trámite).
- En el resto de casos realizará la inscripción que corresponda en el Registro Integrado Industrial (RII).
3. Si lo solicitado NO es correcto o es incompleto, se emitirá un requerimiento de subsanación a la empresa declarante.
* La subsanación también deberá realizarse por vía telemática:
- Puede realizarse directamente en el botón "SUBSANACIÓN > PRESENTACIÓN AUTENTICADA" (destacado en color rojo) en el apartado "Tramitación > Subsanación" de este trámite.
- También podrá hacerse MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO de la Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados)", cuyo enlace directo está disponible en el apartado "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" de este trámite.
* Tras ello:
- Si la empresa subsana, se procede según se ha descrito en el punto 2.
- Si NO subsana, transcurrido el plazo correspondiente se resuelve declarándole desistida y se archiva el expediente
03003 - Alacant/Alicante
12001 - Castelló/Castellón
46009 - València/Valencia
Procedimientos relacionados
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Durante todo el año
Tanto para el ALTA, la MODIFICACIÓN o el CESE deberán presentar, telemáticamente y marcando la opción correspondiente, la declaración responsable que corresponda a su caso concreto según modelo normalizado específico disponible como FORMULARIO WEB en el trámite telemático.
Esos modelos de declaraciones responsables son, respectivamente (en función de lo que se establezca en el primer formulario relativo a la PROCEDENCIA DE LA EMPRESA):
a) El correspondiente a las empresas de servicios en materia de seguridad industrial, legalmente establecidas para el ejercicio de esta actividad en España.
b) El correspondiente a las empresas de servicios en materia de seguridad industrial, legalmente establecidas para el ejercicio de esta actividad en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea que deseen realizar la actividad en régimen de libre prestación en territorio español.
NOTA IMPORTANTE:
1. De acuerdo con la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria, esta declaración responsable habilita a la empresa de servicios en materia de seguridad industrial, por tiempo indefinido y desde el momento de su presentación ante la Administración competente, para el ejercicio de la actividad en todo el territorio español, sin que puedan imponerse requisitos o condiciones adicionales.
2. Aunque junto con la declaración responsable estas empresas no han de presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos que les son exigibles, esta documentación deberá estar disponible para su presentación inmediata ante la Administración competente, cuando ésta así lo requiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control.
1. La declaración responsable ha de presentarse por medios electrónicos MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO correspondiente. 2. Para esa presentación telemática, la persona declarante (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada basado en...
Subsanación
La subsanación o aportación de documentación debe realizarse directamente en el botón "SUBSANACIÓN > PRESENTACIÓN AUTENTICADA" (destacado más abajo en color rojo) de este apartado "Tramitación > Subsanación".
También podrá hacerse MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO de la Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados)", cuyo enlace directo está disponible en el apartado "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" de este trámite.
Preguntas frecuentes
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