Permiso de exploración. Minería

Vicepresidencia Tercera y Conselleria de Medio Ambiente, Infraestructuras, Territorio y de la Recuperación

Código SIA: 210657
|
Código GVA: 459
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Plazo de solicitud abierto
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A quién va dirigido

Empresas
Personas interesadas

Las personas interesadas titulares de la exploración o sus representantes.

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Presentación de la documentación de forma telemática.

- Estudio de la documentación.

- Resolución de otorgamiento por la Dirección General competente en materia de minería.

- Publicación del otorgamiento.

 

Corresponde a la Dirección General competente en materia minera :

- Dictar resolución en los procedimientos de otorgamiento y prórroga de permisos de exploración y permisos de investigación, permisos de exploración, caducidad y transmisión de las concesiones de explotación, cuando afecten a más de una provincia, previa tramitación por el servicio territorial en el que se encuentre la mayor extensión del terreno solicitado.

 

Corresponde a los servicios territoriales competentes en materia de minería:

- Instruir y dictar resolución en los procedimientos de otorgamiento de permisos de exploración y permisos de investigación para el caso de que afecten a más de una provincia, así como también instruir el expediente y dictar resolución sobre la prórroga de los referidos permisos, y los expedientes relacionados con la caducidad y transmisión de las concesiones de explotación y permisos de exploración e investigación.

Entidades colaboradoras de certificación

Formularios

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año.

Documentación

Se deberán presentar los siguientes documentos:

 

- Impreso de SOLICITUD GENERAL existente en el trámite, en el que se hará constar la designación del terreno en la forma establecida en el artículo 76.3 de la Ley de Minas, número total de cuadrículas , expresando las provincias y los términos municipales afectados por la designación, y nombre con que haya de conocerse el permiso.

 

- Documentación acreditativa de que la persona solicitante reúne las condiciones para SER TITULAR DE DERECHOS MINEROS.

 

- Un PROGRAMA DE EXPLORACIÓN, con indicación de las técnicas a emplear, medios disponibles para su desarrollo y detalle de las operaciones a realizar sobre la superficie de terreno, con el plano, presupuesto de inversiones, programa de financiación y garantías que se ofrecen sobre su viabilidad.

Tasa o pago

Tasas 2025:

- Permisos de exploración:

7.11 - Una cantidad mínima de 1419,98 euros para una superficie equivalente a una cuadrícula minera solicitada.

7.12 - Esta cantidad mínima se incrementará en 23,84 euros por cada cuadrícula minera adicional, hasta una cantidad máxima de 1994,08euros (tasa 7.13).

Forma de presentación
Telemática

1. La PRESENTACIÓN de la Declaración responsable SÓLO puede realizarse MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO DE SOLICITUD de este trámite. 2. Para esa presentación telemática, la persona solicitante (física o jurídica) deberá disponer de un sistema de firma electrónica reconocida o cualificada y...

Más

Subsanación

Plazo
Plazo abierto
Descripción

La subsanación o aportación de documentación debe realizarse directamente en el botón "SUBSANACIÓN > PRESENTACIÓN AUTENTICADA" (destacado más abajo en color rojo) de este apartado "Tramitación > Subsanación".



También podrá hacerse MEDIANTE EL TRÁMITE TELEMÁTICO de la Guía Prop denominado "Aportación de documentación a un expediente abierto en la Dirección General competente en materia de INDUSTRIA y/o ENERGÍA y/o MINAS de la Generalitat Valenciana (se excluyen ayudas y expedientes archivados)", cuyo enlace directo está disponible en el apartado "Qué necesitas saber > Procedimientos relacionados" de este trámite.

Forma de presentación

Resolución

Plazo máximo

El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de nueve meses a contar desde la fecha de presentación de la documentación.

Transcurridos nueve meses sin que se dicte resolución, los expedientes se entenderán desestimados.

Observaciones

La resolución no pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la Conselleria competente en materia de minería, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación, si el acto fuera expreso, o en cualquier...

Más
Agota vía administrativa
No
Sanciones

Las que establece la Ley 22/1973, de Minas, y los reglamentos correspondientes.

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Empresas
    • Medio ambiente
    • Industria
      • Minería
        • Actividades mineras

TEMA

  • Territorio y paisaje. Urbanismo
    • Montaña
  • Medio ambiente
  • Energía
    • Minas

PERFILES

  • Empresa
    • Fundaciones
    • Establecimientos
    • Cooperativas
    • Centros empresariales
    • Gran empresa
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    • Centros
    • Academias
    • Profesionales y autónomos
    • Pequeña y mediana empresa

SECTOR

  • Industria
    • Industrias extractivas. Minas

TEMÁTICA

  • Instalaciones y seguridad
    • Instaladores e instalaciones

CICLO VITAL

  • Cambios y cierre
  • Crecer y consolidarse
  • Comenzar un negocio
  • Planificar un negocio

TIPO

  • Autorizaciones, permisos, licencias y homologaciones