Ayudas para paliar los daños producidos por los graves incendios forestales de julio y agosto de 2022

Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias AVSRE

Código SIA: 2896903
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Código GVA: 22856
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Plazo de solicitud cerrado

Desde 02-09-2022

Hasta 18-10-2022

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Qué es

Qué es y para qué sirve

La aportación de las estimaciones de daños ocasionados por los graves incendios forestales de julio y agosto de 2022 a presentar por el Ayuntamiento ante la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias.

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 02-09-2022 hasta 18-10-2022
Normativa
  • ACUERDO de 30 de agosto de 2022, del Consell, de inicio de las actuaciones para paliar los daños producidos por los graves incendios forestales de julio y agosto de 2022 (DOGV núm. 9417 de 1/9/2022)

A quién va dirigido

Administración
Personas interesadas

El ayuntamiento afectado

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

1. La solicitud se presentará telemáticamente por el Ayuntamiento mediante el modelo de solicitud normalizado, dirigido a la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias, a través de la sede electrónica.

2. Junto con la solicitud, se presentará la documentación relacionada en el apartado, "Qué documentación se debe presentar" de este procedimiento.

3. La solicitud presentada serán evaluadas por la Oficina Única Post-emergencia a la que corresponderá efectuar una valoración y estimación económica, que elevará a la Comisión Interdepartamental para el Seguimiento y Coordinación de la Post-emergencia para su posterior aprobación por el Consell.

La Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias coordinará todas las actuaciones de los diferentes departamentos del Consell, en relación con las acciones que deban desarrollarse para conseguir la vuelta a la normalidad, lo más pronto posible, de la zona afectada. La ejecución de las medidas que correspondan podrá llevarse a cabo a través del procedimiento de inversión directa o por el procedimiento de concesión directa.

Las actuaciones que se desarrollen a través de inversión directa podrán ejecutarse mediante el encargo a medios propios a los que se refiere la disposición adicional vigésimo cuarta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

4. Una vez valorada la solicitud se publicará la Resolución de concesión de la ayuda en la que se establecerá un plazo para que el Ayuntamiento beneficiario pueda justificar la totalidad del gasto realizado.

5. El pago y la justificación de los gastos se determinará en el Decreto de concesión.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 02-09-2022 hasta 18-10-2022

Se establece un plazo de 30 días, contados desde el día siguiente de la publicación de este acuerdo en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV nº 9417, de 1/09/2022)

Documentación

El municipio afectado deberá incluir la solicitud de ayuda y la siguiente documentación:

a) Memoria valorada de la estimación de daños, con la relación detallada de las infraestructuras afectadas y su localización, preferentemente cartográfica, firmada por técnico/a del Ayuntamiento.

La Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias dará apoyo a las corporaciones locales de los municipios afectados para llevar a cabo las estimaciones de daños y para la tramitación de las ayudas. Este apoyo técnico y administrativo se ofrecerá mediante la puesta en funcionamiento de dos oficinas de respuesta integral a la emergencia, ubicada una en el municipio de la Vall d'Ebo y otra en la de Bejís. Estas oficinas servirán también de punto de información y asesoramiento para las corporaciones locales y la ciudadanía afectada por los incendios.

b) Declaración de la Alcaldía en la que se haga constar que todos los daños se han producido como consecuencia del incendio forestal descrito en este acuerdo.

c) Declaración de la Alcaldía, en la que se haga constar cualquier otra ayuda o subvención recibida o solicitada para la misma finalidad ante otros organismos públicos o privados o, en su caso, declaración indicando que no se ha solicitado ni recibido ninguna otra ayuda. (Apartado E de la solicitud)

d) Domiciliación bancaria según modelo normalizado EXCEPTO si ya se ha presentado anteriormente y NO ha experimentado variación el código IBAN. Impreso asociado "Modelo de domiciliación bancaria".

En el formulario de solicitud se incorporará:

- Certificado de no estar incurso en alguna de las circunstancias recogidas en el apartado 2º del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. (Apartado H de la solicitud)

- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 28 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, la presentación de la solicitud conlleva la autorización al órgano gestor para obtener directamente los datos de identidad del solicitante y de estar al corriente con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En caso de que el solicitante se oponga a que el órgano gestor obtenga directamente esta información, deberá indicarlo expresamente en el formulario, quedando obligado a aportar los documentos acreditativos correspondientes.

ÚNICAMENTE SE ADMITIRÁ UNA SOLICITUD POR AYUNTAMIENTO Y UNA MEMORIA VALORADA DE ESTIMACIÓN DE DAÑOS.

Forma de presentación
Presencial

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:

  • a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Resolución

Agota vía administrativa
Si

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Administraciones
    • Ayudas y subvenciones
      • Administraciones locales

TEMA

  • Emergencias. Seguridad ciudadana
    • Bomberos
    • Seguridad pública
    • Prevención y extinción de incendios
  • Administración pública
    • Entes locales
  • Medio ambiente

PERFILES

  • Administración y otras entidades
    • Entes locales
    • Generalitat Valenciana

TIPO

  • Ayudas, becas y subvenciones