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Detalle trámite
Trámite para la subsanación o aportación de documentación en el procedimiento del Contrato programa con entidades locales para la colaboración y coordinación interadministrativa y financiera en materia de servicios sociales en los ejercicios 2025-2028
Conselleria de Servicios Sociales, Familia e Infancia
Desde 01-07-2022 00:00:00h
Qué es
Posibilitar la aportación de documentación a las entidades locales que tengan un expediente dentro del procedimiento del Contrato programa con entidades locales para la colaboración y coordinación interadministrativa y financiera en materia de itinerarios de FSE en los ejercicios 2025-2028.
La aportación se puede realizar:
- Como consecuencia de un requerimiento de subsanación
- Por iniciativa de la entidad local
PERSONAS DE CONTACTO:
Mª Pilar García de la Cuadra Rubio. Teléfono:247.880
Lorena López López. Teléfono:622.504
Mª Mercedes Suárez García-Abad. Teléfono:622.516
Correo electrónico: localesitinerarisfse@gva.es
A quién va dirigido
Aquellas entidades locales que hayan presentado solicitud en el procedimiento de Contrato programa con entidades locales para la colaboración y coordinación interadministrativa y financiera en materia de servicios sociales-itinerarios en los ejercicios 2021-2024 y que hayan sido requeridas para...
Podrán aportar documentación las entidades locales que se encuentren en alguna de estas situaciones:
Figurar en el requerimiento de subsanación efectuado por la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas.
Tener un expediente abierto en el marco de la ayuda referenciada donde la entidad interesada por iniciativa propia quiera aportar más documentación.
Cómo se tramita
En cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, se accederá a la sede electrónica de la Generalitat, a través de la URL...
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Si se ha recibido un requerimiento, la documentación deberá aportarse en el plazo establecido en el mismo.
Si no se ha recibido, la documentación se podrá presentar en cualquier momento.
La entidad local deberá aportar la documentación indicada en el requerimiento de subsanación notificado, o cualquier otra que estime oportuna, si es por propia iniciativa.
En cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, se accederá a la sede electrónica de la Generalitat, a través de la URL...
En cumplimiento de la obligación prevista en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, las solicitudes se presentarán exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, se accederá a la sede electrónica de la Generalitat, a través de la URL...
Resolución
Preguntas frecuentes
Temas relacionados
MATERIAS
- Administraciones
- Ayudas y subvenciones
- Administraciones locales
- Servicios sociales
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TEMA
- Servicios sociales
PERFILES
- Administración y otras entidades
- Entes locales
TIPO
- Ayudas, becas y subvenciones