Comunicación de traslado de bienes muebles de interés cultural en la provincia de Alicante

Conselleria de Educación, Cultura, Universidades y Empleo

Código SIA: 2839409
|
Código GVA: 22244
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Plazo de solicitud abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

La comunicación de traslados de bienes muebles declarados BIC conforme a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano.

Plazos
SolicitudPlazo abierto
Observaciones

La comunicación indicará el origen y el destino del bien y si el traslado es de carácter temporal o definitivo. Una vez realizado éste, se dará cuenta a la Conselleria para su anotación en el Inventario.

Normativa
  • Decreto 23/1989, de 27 de febrero, por el que se regula el ejercicio de competencias en materia de Patrimonio Histórico (DOGV nº 1022, de 9/3/89).
  • Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano (DOGV nº 3267, de 18/6/98).
  • Ley 7/2004, de 19 de octubre, de Modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano (DOGV nº 4867, de 21/10/04).
  • Ley 5/2007, de 9 de febrero, de modificación de la Ley 4/1998, de 11 de junio, del Patrimonio Cultural Valenciano (DOCV nº 5449, de 13/02/07).

A quién va dirigido

Ciudadanía
Empresas
Administración
Personas interesadas

Cualquier persona física o jurídica.

Requisitos

Los traslados de bienes muebles de interés cultural deberán hacerse con las garantías suficientes para evitar que pueda causárseles daño y se comunicarán, con una antelación mínima de quince días, a la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia, que señalará las condiciones técnicas a que deba ajustarse el traslado. La comunicación indicará el origen y el destino del bien y si el traslado es de carácter temporal o definitivo. Una vez realizado éste, se dará cuenta a la Conselleria para su anotación en el Inventario.

 

Quedarán excluidos aquellos bienes muebles de interés cultural que por su propia naturaleza son tradicionalmente trasladados provisionalmente en fechas determinadas o en festividades, según la tradición. Todo ello sin perjuicio del necesario control por parte de la Conselleria de Cultura, Educación y Ciencia..

Cómo se tramita

Órganos de tramitación

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto
Documentación

La comunicación deberá ir acompañada, al menos, de la siguiente documentación:

a) Memoria del estado de conservación del bien y estudio relativo de los valores históricos y culturales redactados por técnico competente.

b) Proyecto de intervención en el que se indiquen las técnicas, materiales y procesos a utilizar y el lugar donde se efectuará aquélla.

c) Acreditación de la capacidad técnica y profesional de las personas que hayan de dirigir y llevar a cabo la intervención.

Forma de presentación
Telemática

Las comunicaciones de traslado de bienes muebles de interés cultural únicamente se podrán presentar de forma telemática y se formalizarán según los modelos que figuran en el enlace de internet, http://www.gva.es/es/inicio/procedimientos?id_proc=22244 La solicitud estará firmada por la persona...

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Presencial

Las comunicacions unicamente se podrán presentar de forma telemática excepto en el caso de las personas físicas y se formalizarán según los modelos que figuran en el enlace de internet,

 

http://www.gva.es/va/inicio/procedimientos?id_proc=22244

 

La comunicación estará firmada por el interesado o por su representante.

Dónde dirigirse

Resolución

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

    Temas relacionados

    MATERIAS

    • Empresas
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      • Trámites y servicios
        • Administraciones locales
          • Patrimonio histórico, artístico y cultural

    TEMA

    • Cultura
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      • Bienes y patrimonio cultural
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    • Administración pública

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