Solicitud de autorización para la utilización del detector de metales, a excepción de las playas, en la provincia de Valencia - Sede electronica
Solicitud de autorización para la utilización del detector de metales, a excepción de las playas, en la provincia de Valencia
Vicepresidencia Primera y Conselleria de Cultura y Deporte
Qué es
El uso de detectores de metales u otras herramientas o técnicas análogas que permitan localizar restos de naturaleza
arqueológica, aun sin ser ésta su finalidad, deberá ser autorizado por la conselleria competente en materia de cultura.
Las personas interesadas en el uso de detectores de metales u otras herramientas o técnicas que permitan localizar restos arqueológicos en los supuestos no exceptuados en el artículo en el artículo 37.2 del Reglamento de regulación de las actuaciones arqueológicas en la Comunitat Valenciana deberán presentar una solicitud en la que se hará constar, además de los requeridos por las normas reguladoras del procedimiento administrativo, los siguientes extremos:
a) Actividad que requiere de la utilización del dispositivo, en la que deberá expresarse de forma detallada la finalidad para la cual se solicita la autorización.
b) Descripción e identificación (marca, modelo y número de referencia) del dispositivo.
c) Ámbito territorial en el que se pretende utilizar el dispositivo.
d) Ámbito temporal del uso del dispositivo, que en ningún caso podrá exceder de un mes natural.
- Decreto 107/2017, de 28 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de regulación de las actuaciones arqueológicas en la Comunitat Valenciana.
A quién va dirigido
Cómo se tramita
La presentación de la solicitud, se realizará exclusivamente por medios telemáticos
46009 - València/Valencia
Solicitud
La solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:
a) Solicitud general, a rellenar en el momento de solicitar la subvención a través del formulario electrónico, dónde se hará constar, a través de los diferentes apartados del formulario, los datos relacionados con el solicitante, el representante y las notificaciones
b) Formulario de solicitud específico accesible a través del enlace
http://www.gva.es/downloads/publicados/IN/14434_BI.pdf
c) Plano con la zona acotada donde se va a llevar a cabo la actividad, que deberá ser rubricado por la persona solicitante.
d) Autorización de la persona propietaria, poseedora o autoridad administrativa competente de los terrenos donde se va
a desarrollar la actividad en la que se autorice expresamente esta.
e) Declaración responsable de la persona solicitante por la que se compromete comunicar y, en su caso entregar, los
hallazgos de bienes integrantes del patrimonio cultural valenciano en los términos establecidos en el artículo 35.
Cualquier otra documentación que el solicitante considere necesaria para la valoración de su solicitud.
La solicitud estará firmada por el solicitante o por el representante, en su caso. Para poder tramitar telemáticamente la solicitud, se deberá disponer de certificado digital de persona física o de entidad, todo ello de conformidad con las instrucciones previstas en la página web de la Agencia...
Resolución
46009 - València/Valencia
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