Solicitud de informe sanitario favorable para el suministro de agua mediante cisternas y depósitos móviles

Conselleria de Sanidad

Código SIA: 3055743
|
Código GVA: 95989
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Plazo de solicitud abierto
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Solicitud de informe sanitario favorable para el suministro de agua de consumo mediante cisternas superior a cuatro meses al año, tal y como establece el artículo 34.1 del Real Decreto 3/2023. Este informe se solicitará anualmente.

 

Para ello, el operador de la zona de abastecimiento que necesite suministrarse de agua mediante cisternas o depósitos móviles durante más de cuatro meses al año solicitará el informe sanitario favorable indicando el motivo por el cual se recurre a este tipo de suministro y si no existe la posibilidad de abastecerse de la red municipal o de captación propia.

 

Asimismo, se indicará el operador/es de la cisterna o depósito móvil que va a suministrar el agua. En caso de que se modifique el operador/es de la cisterna que va a suministrar el agua, se deberá comunicar y solicitar otro informe favorable.

 

Plazos
SolicitudPlazo abierto
SubsanaciónPlazo abierto
Alegación / AportaciónPlazo abierto

A quién va dirigido

Ciudadanía
Administración
Personas interesadas

Operador responsable de la zona de abastecimiento que necesite suministrarse de agua mediante cisternas o depósitos móviles.

Requisitos

- Ser operador responsable de la zona de abastecimiento que necesite suministrarse de agua mediante cisternas o depósitos móviles.

 

- Existencia de un hecho que justifique que tiene que suministrarse de agua mediante cisternas o depósitos móviles durante más de cuatro meses en el año.

 

 

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

Las solicitudes se dirigirán a los Centros de Salud Pública correspondientes, por razón del domicilio social de la entidad, sin perjuicio de su posible presentación conforme a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Se puede consultar el Centro de Salud Pública asignado a cada municipio en el apartado de enlaces de este documento.

 

El Centro de Salud Pública, cuando la solicitud no reúna los requisitos establecidos en esta orden, requerirán a la persona o entidad solicitante mediante escrito para que, en el plazo de 10 días, subsane las deficiencias o acompañe la documentación preceptiva.

 

Si así no lo hiciere, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la misma ley.

 

La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, de cualquier dato o información que se incorpore a una declaración responsable o a una comunicación, o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable, la documentación que sea en su caso requerida para acreditar el cumplimiento de lo declarado, o la comunicación, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

 

Asimismo, la resolución de la Administración Pública que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente, así como la imposibilidad de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un período de tiempo determinado por la ley, todo ello conforme a los términos establecidos en las normas sectoriales de aplicación.

 

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Abierto todo el año.

Tasa o pago

Actualmente no se exige el pago de tasas.

Forma de presentación
Telemática

Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las...

Más
Presencial

a) En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a las que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

b) En cualquier oficina de correos. En este caso la presentación de la solicitud en la oficina de correos correspondiente, deberá hacerse de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 31 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regula la prestación de los servicios postales, en sobre abierto, a fin de que el ejemplar destinado a la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública sea fechado y sellado antes de ser certificado. En caso de que la solicitud no esté fechada y sellada por la oficina de correos correspondiente, se entenderá como fecha válida de presentación aquella que aparezca en la entrada de registro de la Conselleria de Sanidad Universal y Salud Pública.

 

c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

 

d) En las oficinas de asistencia en materia de registros.

 

e) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

 

- Y, preferentemente, en:

 

Dónde dirigirse

Enlaces
  • CENTROS DE SALUD PÚBLICA POR MUNICIPIO.

Subsanación

Plazo
Plazo abierto

Plazo de 10 días para que subsane las deficiencias o acompañe la documentación preceptiva

Descripción

El Centro de Salud Pública, cuando la solicitud no reúna los requisitos establecidos en esta orden, requerirán a la persona o entidad solicitante mediante escrito para que, en el plazo de 10 días, subsane las deficiencias o acompañe la documentación preceptiva. Si así no lo hiciere, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la misma ley.

Forma de presentación
Telemática

Las personas obligadas a relacionarse con la Generalitat a través de medios electrónicos, en los términos del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, así como los solicitantes que, no estando obligados a ello, opten por esta vía, presentarán las...

Más
Presencial

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:

  • a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Dónde dirigirse

Alegación / Aportación

Plazo
Plazo abierto

En cualquier momento

Descripción

Los interesados podrán, en cualquier momento del procedimiento anterior al trámite de audiencia, aducir alegaciones y aportar documentos. 

Forma de presentación
Presencial

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:

  • a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Dónde dirigirse

Resolución

Plazo máximo

El plazo máximo de resolución será de tres meses desde la recepción de la solicitud.

Recurso que procede contra la resolución
Otros
Efecto silencio
Estimatorio
Agota vía administrativa
No

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

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  • Ciudadanía
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  • Sanidad y salud
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