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Detalle trámite
Censo para la concreción de necesidades de reconocimiento de la competencia profesional en la cualificación profesional Mantenimiento de piscinas y otras instalaciones acuáticas (SEA757_2)
Qué es
Creación de un censo para la concreción de necesidades de reconocimiento de la competencia profesional en la familia profesional de Seguridad y Medio Ambiente que permita obtener la capacitación para realizar actividades laborales relacionadas con el tratamiento de aguas en piscinas, cualificación profesional Mantenimiento de piscinas y otras instalaciones acuáticas (SEA757_2)
- Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional BOE núm. 174 de 22-07-2023
- DECRETO 3/2018, de 12 de enero, del Consell, por el que se establece la estructura organizativa y el procedimiento de evaluación y acreditación de la competencia profesional adquirida por experiencia laboral o formación no formal DOGV núm. 8246 de 02-03-2018
- DECRETO 85/2018, de 22 de junio, del Consell, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios aplicables a las piscinas de uso público DOGV núm. 8331 de 04-07-2018
- Real Decreto 3/2023, de 10 de enero, por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de la calidad del agua de consumo, su control y suministro BOE núm. 9 de 11-01-2023
A quién va dirigido
Profesionales del sector del mantenimiento de piscinas y otras instalaciones acuáticas de la Comunitat Valenciana desean participar en un procedimiento de reconocimiento de la competencia profesional adquirida por experiencia laboral y/o formación no formal, para obtener la cualificación profesional de Mantenimiento de piscinas y otras instalaciones acuáticas (SEA757_2).
Las personas que desean acceder al procedimiento de reconocimiento de la competencia profesional adquirida por experiencia laboral u otras vías no formales e informales deberán inscribirse en este censo de la forma que establece su resuelvo Quinto si cumplen los siguientes requisitos:
a. Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de ciudadano o ciudadana de la Unión, o ser titular de una autorización de residencia o de residencia y trabajo en España en vigor, en los términos establecidos en la normativa española de extranjería e inmigración. Excepcionalmente,
podrán iniciarse procedimientos específicos para colectivos que no cumplan este requisito, siempre que esté vinculado a acuerdos internacionales o a planes estratégicos para la cobertura de las necesidades profesionales de determinados sectores productivos.
b. Tener dieciocho años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de estándares de competencia de nivel 1 y veinte años para los niveles 2 y 3.
c. Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quiera acreditar:
1. En el caso de experiencia laboral: justificar, al menos tres años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos quince años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para los estándares de competencia de nivel 1, se requerirán dos años de experiencia laboral con un mínimo de 1.000 horas trabajadas en total.
2. En el caso de formación: justificar, al menos 300 horas, en los últimos diez años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. Para los estándares de competencia de nivel 1, se requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos profesionales asociados al estándar o estándares de competencia que se pretende acreditar contemplen una duración inferior, se deberán acreditar las horas establecidas en dichos módulos.
d. Ejerzan o hayan ejercido actividades laborales u operaciones relacionadas con el tratamiento y/o mantenimiento de aguas en piscinas en empresas o como autónomos, y/o.
e. Estén en posesión de título o certificación de los cursos de formación definidos en el Decreto 85/2018, de 22 de junio, del Consell, por el que se establecen los criterios higiénico sanitarios aplicables a las piscinas de uso público
Cómo se tramita
46004 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Sesenta días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el DOGV
Resolución
46004 - València/Valencia
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