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Detalle trámite
Línea Financiación PRÉSTAMO IVF LABORA FORMACIÓN
Desde 26-02-2026
Hasta 30-11-2026
Qué es
Conceder préstamos a centros, entidades de formación y autónomos acreditados por LABORA, que realicen acciones formativas dirigidas a proporcionar una mejor cualificación profesional y estimular la inserción laboral.
A quién va dirigido
Centros, entidades de formación y autónomos acreditados por LABORA, que realicen acciones formativas dirigidas a proporcionar una mejor cualificación profesional y estimular la inserción laboral.
Los beneficiarios deben cumplir los siguientes requisitos, entre otros*:
• Haber resultado beneficiario de las subvenciones de LABORA de las siguientes convocatorias para las que se solicita el anticipo:
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- RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2025, de la Dirección General de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones formativas conducentes a certificados profesionales y dirigidas prioritariamente a personas desempleadas para el ejercicio 2025, en aplicación de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre.
- RESOLUCIÓN de 24 de marzo de 2025, de la Dirección General de Labora Servicio Valenciano de Empleo y Formación, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones formativas no conducentes a certificados profesionales dirigidas prioritariamente a personas desempleadas para el ejercicio 2025, en aplicación de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.
- RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2025, de la Dirección General, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para la realización de acciones formativas con compromisos de contratación dirigidas a personas desempleadas del programa «Formación a medida de las empresas», con cargo al ejercicio 2025, en aplicación de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.
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- RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2025, de la Dirección General, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones formativas conducentes a certificados profesionales y dirigidas prioritariamente a personas ocupadas para el ejercicio 2025, en aplicación de la Orden EFP/942/2022, de 23 de septiembre.
- RESOLUCIÓN de 29 de abril de 2025, de la Dirección General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones formativas dirigidas prioritariamente a personas ocupadas para el ejercicio 2025, en aplicación de la Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.
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• Haber iniciado la actuación formativa en el momento de la solicitud.
• Estar en disposición de contar con todas las licencias, autorizaciones y permisos necesarios para la ejecución del proyecto y cumplir la normativa nacional y comunitaria que resulte aplicable.
• Estar al corriente de cumplimiento de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalitat, así como de las obligaciones ante la Seguridad Social.
• No haber solicitado la declaración de concurso voluntario, no haber sido declarado insolvente en cualquier procedimiento, no hallarse declarado en concurso, salvo que en éste haya adquirido la eficacia un convenio, ni estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado
Cómo se tramita
La solicitud de financiación se realizará mediante los formularios de cumplimentación electrónica previstos en la convocatoria siendo obligatoria su presentación online a través de los medios disponibles en la página web del IVF
46002 - València/Valencia
Entidades colaboradoras de certificación
Solicitud
Las solicitudes podrán presentarse desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana y hasta el 30 de noviembre de 2026.
El cierre de la línea podría producirse con anterioridad a esta fecha, si se agota el presupuesto.
La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:
a. Identificación del solicitante:
- En el caso de que el solicitante sea un trabajador autónomo, se aportará fotocopia del DNI, pasaporte, o tarjeta de residencia del solicitante (de todos los socios/comuneros en caso de que el solicitante sea SC o CB).
- Si el solicitante es una sociedad mercantil, se aportará fotocopia DNI, pasaporte o tarjeta de residencia del representante legal de la empresa solicitante, junto con la fotocopia de la escritura de apoderamiento. Además, se incorporará a la solicitud la fotocopia de la escritura de titularidad real (o declaración responsable) y la escritura de constitución de la sociedad.
b. Declaración Responsable del cumplimiento de los requisitos para ser beneficiario de la financiación y del compromiso expreso del cumplimiento de las obligaciones que en caso de resultar beneficiario corresponderían al solicitante.
c. Acreditación de que la entidad es beneficiaria de las subvenciones que pretenden anticipar mediante la copia de las resoluciones correspondientes.
d. Detalle de las subvenciones cuyo anticipo se solicita.
La solicitud de financiación se realizará mediante los formularios de cumplimentación electrónica previstos en la convocatoria siendo obligatoria su presentación online a través de los medios disponibles en la página web del IVF Para realizar la tramitación electrónica, el solicitante podrá...
Resolución
46002 - València/Valencia
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