Becas Manuela Solís para la realización de estudios universitarios en las universidades que integran el Sistema Universitario Valenciano y de estudios de Enseñanzas Artísticas Superiores

Conselleria de Educación, Cultura y Universidades

Código SIA: 3057558
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Código GVA: 95885
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Plazo de solicitud cerrado

Desde 14-11-2025

Hasta 15-12-2025

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  • Alegación / Aportación
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Qué es

Qué es y para qué sirve

Las becas Manuela Solís están destinadas a estudiantes que estén cursando estudios universitarios en las universidades que integran el Sistema Universitario Valenciano (universidades públicas y privadas), así como estudios de Enseñanzas Artísticas Superiores, durante el curso académico 2025-2026.

Estas ayudas están orientadas a apoyar a familias con recursos económicos limitados, facilitando el acceso a la educación superior y promoviendo la igualdad de oportunidades.

Plazos
SolicitudPlazo cerrado
Desde 14-11-2025 hasta 15-12-2025
SubsanaciónPlazo abierto
Desde 14-11-2025 00:00:00h
Alegación / AportaciónPlazo abierto
Desde 14-11-2025 00:00:00h
Observaciones

Información adicional: página web becas Manuela Solís

A quién va dirigido

Ciudadanía
Personas interesadas

Estudiantado que curse los siguientes estudios en modalidad presencial:

  • Grado
  • Másteres Habilitantes (que habilitan para el ejercicio de profesiones reguladas)
  • Grado en Enseñanzas Artísticas Superiores

No se incluyen:

  • Másteres Universitarios no Habilitantes
  • Máster en Enseñanzas Artísticas
  • Tercer ciclo o doctorado
  • Estudios de especialización
  • Estudios propios de las universidades o centros de Enseñanzas Artísticas Superiores
Requisitos

Nacionalidad:

  • Ser español o ciudadano de la Unión Europea.
  • Si eres ciudadano de la Unión Europea o familiar de uno, debes tener residencia permanente o trabajar en España.

Los requisitos de nacionalidad deben cumplirse a fecha 31 de diciembre de 2024. Excepcionalmente, para solicitantes de estatuto de refugiado o protección subsidiaria, el permiso de residencia legal podrá obtenerse hasta el 31 de agosto de 2025.

Residencia:

Debes estar empadronado en un municipio de la Comunitat Valenciana dentro del plazo de presentación de solicitudes.

Estudios:

  • Debes estar cursando estudios presenciales en el curso académico 2025-2026.
  • No puedes tener ya un título del mismo nivel o superior al que solicitas la beca.
  • No te puede quedar solo un examen de idiomas para obtener el título.

Requisitos económicos y académicos:

Debes cumplir con los requisitos económicos y académicos establecidos en la convocatoria.

 

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

La tramitación y presentación de la solicitud se realizará únicamente por medios electrónicos en la plataforma de tramitación de la GVA.

En caso de duda sobre la convocatoria, puedes consultar la información publicada en este enlace.

Puedes comprobar que tu solicitud ha sido correctamente presentada revisando el resguardo accesible en su carpeta ciudadana.

Información de contacto completa:

  • Servicio de Gestión de Becas y Ayudas Universitarias - Dirección General de Universidades - Avda. Campanar, 32 46015 València.
  • Teléfono 012.
  • Si llama fuera de la Comunitat Valenciana: +34 963 866 000

E-mail: becasmanuela@gva.es

Criterios de valoración

El procedimiento para la concesión de estas becas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.  Se concederán becas a los estudiantes que cumplan los requisitos hasta agotar el presupuesto. Si se supera el presupuesto disponible:

Se ordenarán las solicitudes de mayor a menor según la nota media (por lo tanto, los estudiantes con una nota media inferior a la del último estudiante que recibe beca quedarán excluidos).

En caso de empate, tiene preferencia la persona solicitante con menores ingresos y de persistir el empate se adjudicará al sexo infrarrepresentado en la titulación en la que estén matriculados.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Desde 14-11-2025 hasta 15-12-2025

El plazo de presentación de solicitudes telemáticas será de un mes a contar desde el día siguiente de publicación de esta resolución en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. (DOGV núm. 10237 del 13-11-2025)

En el supuesto de presentar más de una solicitud se considerará únicamente válida la última presentada.

Tasa o pago

La presentación de la solicitud es gratuita

Forma de presentación
Telemática

Tienes información sobre la tramitación electrónica en el siguiente enlace: https://ceice.gva.es/es/web/universidad/informacio-sobre-la-tramitacio-electronica

Subsanación

Plazo
Desde 14-11-2025 00:00:00h

Se te concede un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la recepción de la notificación, para que acompañes los documentos requeridos.

Si no lo hicieras se te tendrá por desistido de tu petición, previa resolución dictada en los términos establecidos.

Para el cálculo de los días hábiles no se tienen en cuenta los sábados, domingos y festivos.

Más información: artículo 21 y 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Descripción

Si tu solicitud no está completa o no cumple con los requisitos, la Administración te lo notificará y te dará un plazo de diez días para que lo corrijas o completes.

Si no la completas o corriges en ese plazo, se entenderá que has renunciado a ella.

 

Documentación

En este apartado se podrán descargar los formularios si han de incluir a otro miembro de la unidad familiar o han de autorizar a la consulta de datos establecidos en la convocatoria.

Forma de presentación

Alegación / Aportación

Plazo
Desde 14-11-2025 00:00:00h

En cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia.

Descripción

Tienes derecho a formular alegaciones y a aportar documentos en cualquier fase del procedimiento anterior al trámite de audiencia, que tendrán que ser tenidos en cuenta por el órgano competente al redactar la propuesta de resolución.

Todo ello de conformidad con el artículo 53 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

 

Contacto: becasmanuela@gva.es

Forma de presentación

Resolución

Plazo máximo

La resolución se publica y notifica en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana en un plazo máximo de seis meses a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

Asimismo, se publica en la página web de la Conselleria Educación, Cultura, Universidades y Empleo

Información de contacto completa:

  • Servicio de Gestión de Becas y Ayudas Universitarias - Dirección General de Universidades - Avda. Campanar, 32 46015 València.
  • Teléfono 012.
  • Si llama fuera de la Comunitat Valenciana: +34 963 866 000

E-mail: becasmanuela@gva.es

 

Cuantía y cobro

La beca tiene dos partes:

 

• Cuantía fija: 3.500 € para todos las personas solicitantes que cumplan los requisitos.

• Cuantía ligada a la excelencia académica: depende de la nota media:

- Nota media entre 9,00 y 9,49: 1.000 €

- Nota media de 9,50 o más: 2.500 €

 

Ejemplo:

Una persona estudiante con una nota media de 9,75 recibiría una beca de 6.000 € (3.500 € de cuantía fija + 2.500 € por excelencia académica).

 

Recurso que procede contra la resolución
Potestativo de reposición / Contencioso-administrativo
Obligaciones

Los beneficiarios/as de estas ayudas tienen las siguientes obligaciones:

1. Matricularse y mantener la matrícula durante el curso académico.

2. Cumplir con los requisitos y condiciones para recibir la beca.

3. Colaborar con la administración en las comprobaciones necesarias.

4. Comunicar a la entidad que concede la beca si recibe otras becas o subvenciones para la misma finalidad.

5. Informar a la entidad que concede la beca si anula la matrícula o si hay algún cambio en las condiciones que se tuvieron en cuenta para concederle la beca.

6. Utilizar la beca para la finalidad para la que se concede.

 

Órganos resolución
Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
Si

Desistimiento

Descripción

El desistimiento es la posibilidad de abandonar una solicitud o renunciar a tus derechos en un procedimiento administrativo.

Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Forma de presentación

Renuncia

Descripción

En la renuncia se abandona definitivamente la acción y por tanto el derecho que se pretende hacer valer a través de aquella, por lo cual la pretensión no podrá volver a ser ejercitada.

 

La Administración aceptará la renuncia, declarando concluso el procedimiento, salvo que se hayan personado terceros que instan su continuación o se tengan que limitar sus efectos por interés general.

 

Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Forma de presentación

Preguntas frecuentes

Dudas sobre el trámite
Dónde consultar dudas sobre el trámite:

Temas relacionados

MATERIAS

  • Ciudadanía
    • Ayudas, becas y subvenciones
      • Educación y formación

TEMA

  • Cultura
  • Educación y formación
    • Enseñanzas artísticas, de idiomas y deportivas

PERFILES

  • Ciudadanía
    • Estudiantes

TIPO

  • Ayudas, becas y subvenciones