JUEGO. Máquinas. Boletín de situación de máquinas recreativas de tipo A

Conselleria de Economía, Hacienda y Administración Pública

Código SIA: 210496
|
Código GVA: 59
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Qué es

Qué es y para qué sirve

La finalidad de este procedimiento es la de solicitar el boletín de situación, que es el documento administrativo, con una vigencia mínima de dos años y máxima de cinco, por el que se pone en constancia ante la Administración la instalación de una máquina concreta de tipo A en un establecimiento...

Más
Plazos
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Recurso de alzadaPlazo abierto
Observaciones

* VIGENCIA DEL BOLETÍN:

El boletín de situación permanecerá en vigor en tanto no se den alguno de los siguientes supuestos:

- Que se solicite su anulación por acuerdo mutuo entre la empresa operadora y la persona titular del establecimiento.

- Que se cancele la inscripción del establecimiento en el Registro de Establecimientos Autorizados al que hace referencia el art. 33 del Decreto 115/2006.

- Que se cancele la inscripción de la empresa operadora en el registro correspondiente.

- Que sea declarado nulo mediante una resolución motivada adoptada por los servicios territoriales de la conselleria competente en materia de juego, previa apertura del correspondiente expediente, que se ajustará, en todo caso, a lo dispuesto en la vigente Ley del Procedimiento Administrativo Común, al comprobarse la no veracidad de los datos que dieron lugar a su expedición, o por la constancia fehaciente de la no instalación de la máquina tipo A.

 

NOTA:

Queda excluidas de la obligación de poseer boletín de situación aquellas máquinas que estén instaladas en salones recreativos o de juego.

 

 

 

Normativa

A quién va dirigido

Empresas

Cómo se tramita

Proceso de tramitación

- Sellado del boletín.

 

- El plazo máximo para resolver y notificar las autorizaciones establecidas en el reglamento que se aprueba que sean consecuencia de solicitudes formuladas por las personas interesadas, será de seis meses a contar desde la presentación de aquellas.

Transcurrido dicho plazo, los efectos del silencio administrativo se entenderán desestimatorio, de acuerdo con lo previsto en la Ley del Juego de la Comunitat Valenciana.

Entidades colaboradoras de certificación

Solicitud

Plazo
Plazo abierto

Durante todo el año.

Documentación

- El boletín de situación se extenderá en un modelo normalizado.

- Original o copia autenticada del contrato mercantil que vincula a la empresa operadora con la persona titular del establecimiento, como mínimo durante todo el periodo de vigencia por el que se solicite el boletín de situación, como actividad complementaria de éste, donde se pretende instalar la máquina.

- Declaración jurada suscrita por la persona titular del establecimiento, en la que se haga constar que en el establecimiento no existen concedidas y en vigor más autorizaciones de instalación de máquinas recreativas de las que permiten para este tipo de establecimiento los preceptos del reglamento.

Tasa o pago

No se exige el pago de ninguna tasa.

Forma de presentación
Telemática

A través del Sistema JOC-ER, si quiere efectuar toda la tramitación electrónicamente Si efectúa la tramitación en papel, podrá realizar el pago de la tasa asociada a este procedimiento a través del pago telemático genérico

Presencial

- En los registros de los órganos administrativos a que se dirijan o ante cualquier órgano administrativo que pertenezca a la Administración General del Estado, a la de cualquier administración de las comunidades autónomas, o a la de alguna de las entidades que forman la Administración local si, en este último caso, se hubiera suscrito el oportuno convenio, así como en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

- También en cualquier oficina de correos. En este caso se deberá presentar en un sobre abierto para que se pueda estampar el sello y la fecha en el impreso de solicitud y en la copia.

- Y, preferentemente, en:

Dónde dirigirse

Resolución

Plazo máximo

El plazo máximo para tramitar y resolver los expedientes será de seis meses a contar desde la fecha de presentación de las solicitudes.

Transcurridos seis meses sin que se dicte resolución, las solicitudes se entenderán desestimadas.

Observaciones

Los previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 02/10/2015), en relación con la Ley 1/2020, de 11 de junio, de la Generalitat, de regulación del juego y de prevención de la ludopatía en la Comunitat Valenciana, y con el Decreto 115/2006, de 28 de julio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Máquinas Recreativas y de Azar.

Órganos resolución
Efecto silencio
Desestimatorio
Agota vía administrativa
No
Sanciones

Las establecidas en el título V del Decreto 115/2006.

Recurso de alzada

Plazo
Plazo abierto

Forma de presentación
Presencial

Las personas interesadas que no estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, podrán presentar la documentación:

  • a) En las oficinas de asistencia en materia de registros
  • b) En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
  • c) En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
  • d) En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

Dónde dirigirse

Temas relacionados

MATERIAS

  • Empresas
    • Financiación y tributos
      • Juego (Autorizaciones y control)
        • Máquinas recreativas

TEMA

  • Comercio y consumo
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